Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES
Núm. 12968
Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes, relativa a la concesión de subvenciones para llevar a cabo proyectos de intervención, investigación y publicaciones de carácter innovador en materia de juventud en el ámbito de las Illes Balears, correspondientes al ejercicio 2017
1. Las personas y entidades que figuran en el documento anexo de esta Resolución, presentaron una solicitud en el marco del procedimiento de convocatoria de subvenciones de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes, para llevar a cabo proyectos de intervención, investigación y publicaciones de carácter innovador en materia de juventud en el ámbito de las Illes Balears, correspondientes al ejercicio 2017 (Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 89, de 22 de julio).
2. Aprobada día 31 de octubre de 2017 la propuesta definitiva de concesión de subvenciones por el director general de Deportes y Juventud, esta fue publicada en la web http://joventut.caib.es y expuesta en los tablones de anuncios de la Dirección General de Deportes y Juventud (calle Uruguay, s/n, edificio Palma Arena, Palma).
El plazo para que las personas y entidades beneficiarias comunicaran a la Dirección General de Deportes y Juventud la aceptación de la propuesta de resolución de concesión de subvenciones, ha finalizado sin que se haya comunicado ninguna renuncia.
3. Los importes de las subvenciones se distribuyen en las cuantías especificadas en el anexo para las personas y entidades beneficiarias, existiendo crédito adecuado y suficiente en la partida 26501 323A01 48000 00 (familias e instituciones sin ánimo de lucro) del presupuesto de la Comunidad autónoma de las Illes Balears para el ejercicio 2017.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones el establecimiento o la gestión de las cuales corresponden a la Administración de la Comunidad Autónoma o a las entidades públicas dependientes.
2. La Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de 2003 (BOIB núm. 137, de 2 de octubre), modificada por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 19 de febrero de 2004 (BOIB núm. 29, de 28 de febrero) y por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 8 de marzo de 2005 (BOIB núm. 48, de 26 de marzo), establece las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia y Deportes, entonces competente en materia de juventud y ocio. El artículo 1.2 a) dispone que uno de los objetos de las subvenciones es la creación, reforma, dotación y mantenimiento de infraestructuras y programas que den apoyo a las actividades o a los beneficiarios de la acción de la Consejería y los entes instrumentales dependientes; el artículo 1.2 b) prevé, como otro objeto de subvención, el apoyo a los individuos y colectivos beneficiarios de la intervención de los servicios sociales, las entidades y las asociaciones que trabajen en este campo, y el artículo 1. 2 c) recoge el apoyo en materia de juventud, voluntariado, tiempo libre y participación social.
3. El artículo 30.13 del Estatuto de Autonomía, en la versión aprobada por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, dispone que la Comunidad Autónoma tiene la competencia exclusiva en materia de juventud, diseño y aplicación de políticas, planes y programas destinados a la juventud.
4. El artículo 11 de la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud (BOIB núm. 109, de 3 de agosto) -modificada por la Ley 12/2010, de 12 de noviembre, de modificación de diversas leyes para la transposición en las Illes Balears de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior, y por el Decreto ley 10/2012, de 31 de agosto, por el que se modifica el Decreto ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de otras instituciones autonómicas, y se establecen medidas adicionales para garantizar la estabilidad presupuestaria y fomentar la competitividad-, dispone que corresponde a la consejería competente en materia de juventud coordinar y ejecutar acciones de este sector de actividad administrativa. Concretamente, el apartado 10 de este artículo establece que corresponde a esta consejería potenciar la promoción sociocultural de la juventud.
5. El artículo 8 de la Ley 10/2006 dispone, en el apartado g), que corresponde a la Administración autonómica llevar a cabo los estudios, las investigaciones, las publicaciones, los congresos, los planes de formación de los profesionales y los programas experimentales de juventud y ocio de ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears y, en general, todo aquello que sea de interés que contribuya a la formación integral de los jóvenes y de las jóvenes o que sirva para conocer la realidad juvenil, en colaboración, en su caso, con las entidades y las administraciones competentes.
6. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres establece, en el artículo 11, las medidas de fomento de la igualdad que han de introducir las bases reguladoras de las subvenciones y también las convocatorias correspondientes.
7. La Consejería de Cultura, Participación y Deportes, mediante la Dirección General de Deportes y Juventud, ejerce las funciones relativas a la promoción de las actividades juveniles, el turismo juvenil y de tiempo libre, y la participación y el asociacionismo juveniles, de conformidad con el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 120, de 8 de agosto), modificado por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero (BOIB núm. 23, de 18 de febrero) y por el Decreto 11/2016, de 11 de mayo (BOIB núm. 60, de 12 de mayo), en relación con el Decreto 5/2016, de 6 de abril, de la presidenta de las Illes Balears, de modificación del Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 7 de abril).
8. El ámbito territorial y personal de estas ayudas son las Illes Balears, dado el alcance suprainsular de la convocatoria y de acuerdo con lo previsto en el artículo 16, apartado 7, de la Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y ocio (BOIB núm. 184, de 23 de diciembre).
9. La Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes, por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para llevar a cabo proyectos de intervención, investigación y publicaciones de carácter innovador en materia de juventud en el ámbito de las Illes Balears, correspondientes al ejercicio 2017 (BOIB núm. 89, de 22 de julio).
Por todo lo anterior dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la concesión de subvenciones a las personas y entidades que figuran en el anexo de esta Resolución (expedientes SJ 2/2017 4A, SJ 2/2017 5A, SJ 2/2017 7A, SJ 2/2017 10A, SJ 2/2017 11A, SJ 2/2017 13A, SJ 2/2017 15A, SJ 2/2017 1B, SJ 2/2017 2C, SJ 2/2017 3C, SJ 2/2017 1D i SJ 2/2017 2D) por el importe indicado individualmente, y autorizar y disponer el gasto, reconocer la obligación y ordenar el pago a favor de cada una de ellas, con cargo a la partida presupuestaria 26501 323A01 48000 00 (familias e instituciones sin ánimo de lucro) del presupuesto de la Comunidad autónoma de las Illes Balears para el ejercicio 2017.
2. Informar a las personas y entidades beneficiarias que el pago de la subvención y la justificación de la aplicación de los fondos percibidos, se ha de llevar a cabo de acuerdo con lo previsto en los puntos 12 y 13 de la convocatoria.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la web http://joventut.caib.es y en los tablones de anuncios de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
De acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, también se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación.
Palma, 14 de noviembre de 2017
La consejera de Cultura, Participación y Deportes
Francesca Tur Riera
Anexo
LLISTA DE PERSONAS Y ENTIDADES BENEFICIARIAS
Entidad / persona solicitante |
DNI / CIF |
Actividad |
Modalidad |
Expediente |
Presupuesto aceptado como base de la subvención |
Cuantía de la subvención solicitada |
Puntuación obtenida |
Cuantía de la subvención concedida |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
MARÍA MARTÍNEZ GARCÍA |
72981665C |
InnovArt_desafío creativo |
A |
SJ 2/2017 4A |
6.330,00 |
5.000,00 |
42 |
5.000,00 |
EL GRUPO |
G16534687 |
eL gRUPO |
A |
SJ 2/2017 5A |
5.010,00 |
5.000,00 |
68,5 |
5.000,00 |
FUNDACIÓ PER A LA FORMACIÓ I LA RECERCA |
G57433922 |
Espai Innojove FFR 2017/2018 |
A |
SJ 2/2017 7A |
6.500,00 |
5.000,00 |
69 |
5.000,00 |
LLEURE ACTIU |
G57620858 |
Segona oportunitat |
A |
SJ 2/2017 10A |
5.000,00 |
5.000,00 |
88 |
5.000,00 |
ES LABORATORI DE TALENT HUMÀ |
G16526212 |
IMPULSAT LAB! |
A |
SJ 2/2017 11A |
4.840,00 |
4.640,00 |
71 |
4.640,00 |
COMUNITART |
G57984130 |
Inca Street Art Festival |
A |
SJ 2/2017 13A |
5.300,00 |
5.000,00 |
63 |
5.000,00 |
ASSOCIACIÓ VERD PERSIANA |
G57821084 |
Relacions afectivo-sexuals i prevenció de conductes sexistes en adolescents |
A |
SJ 2/2017 15A |
4.000,00 |
3.000,00 |
63 |
3.000,00 |
CRISTINA FERNÁNDEZ COLL I ALTRES |
34067977D |
Diferències de gènere en el consum d’alcohol i altres drogues i conductes addictives entre els 12 i 18 anys a Menorca, i la seva evolució |
B |
SJ 2/2017 1B |
6.240,00 |
5.000,00 |
86 |
5.000,00 |
SANT SALVADOR 3,0 GESTIÓ I INNOVACIÓ DEL CONEIXEMENT |
G57952103 |
Bon dia tot lo dia. Innovació i coneixement |
C |
SJ 2/2017 2C |
4.339,00 |
4.050,00 |
33 |
4.050,00 |
FUNDACIÓ MARIA FERRET |
G07631799 |
GATAMOIX. Les pedres parlen |
C |
SJ 2/2017 3C |
4.996,94 |
4.996,94 |
38 |
4.996,94 |
FUNDACIÓ DE SOLIDARITAT AMARANTA |
G84913946 |
Programa d’emancipació_Modalitat territorial |
D |
SJ 2/2017 1D |
5.000,00 |
5.000,00 |
51 |
5.000,00 |
ASSOCIACIÓ ACCIÓ TURMEDA |
G57521460 |
Ets jove, fes-te valer! |
D |
SJ 2/2017 2D |
6.050,00 |
5.000,00 |
53 |
5.000,00 |