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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS

Núm. 12954
Delegaciones de competencia

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Texto

Se hace público para general conocimiento que en fecha 16.11.17 la Alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Lluís ha dictado la siguiente Resolución de Alcaldía:

 “ALCALDIA – PRESIDENCIA

Fecha: 16/11/2017

Número: 2017/1020

Materia: Organización

Asunto: Delegación de competencias

 RESOLUCIÓN DE ALCALDIA

Mediante Resolución de Alcaldía núm. 804, de fecha 22 de junio de 2015, se decretó  las delegaciones de las diferentes áreas municipales en los concejales del equipo de gobierno municipal.

Desde aquel día, se han modificado las delegaciones en dos ocasiones, mediante las Resoluciones 2016/291, de 4 de abril i 2017/742, de 3 de agosto.

La renuncia de la Sra. Lluvia Juncadella Blasco ha propiciado la entrada de una nueva concejala, la Sra. Maria Teresa Martínez Martínez; este cambio implica la modificación de las delegaciones efectuadas, aprovechando para crear una nueva área municipal con la denominación de Archivo y Biblioteca.

A la vista de las consideraciones anteriores, y haciendo uso de las atribuciones que me otorgan el art. 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de régimen local, y el articulo 43 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, RESUELVO:

Primero.- Dejar sin efecto las delegaciones efectuadas a la Primera Tenienta de Alcalde, Sra. Teresa Borrás Atienza y a la Sra. Lluvia Juncadella Blasco mediante  Resolución de Alcaldía núm. 2016/291, de 4 de abril.

Segundo.- Delegar en la primera Tenienta de Alcaldía, Teresa Borrás Atienza, las siguientes  áreas municipales:

- Área de Servicios Sociales, que comprende personas mayores, sanidad y cementerio

- Área de Cooperación

- Área de Fiestas

 Tercero.- Delegar a la concejala Maria Teresa Martínez Martínez las siguientes áreas municipals:

- Área de Transparencia y Participación Ciutadana.

- Área de Archivo y Biblioteca

Cuarto.- Esta delegación genérica abarca la facultad de dirigir los servicios correspondientes y  gestionarlos en general, pero no la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Quinto.- La presente delegación surtirá efecto des del día siguiente al de la fecha de la presente resolución, sin perjuicio de su preceptiva publicación al BOIB.

Sexto.- Dar cuenta  de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que celebre.”

Sant Lluís, (17 de novembre de 2017)

Alcaldesa del  Ayuntamiento  de Sant Lluís,

M. Montserrat Morlà Subirats