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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA

Núm. 12852
Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears, del Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de la empresa Calinet Balear, SLU por la que se aprueban las tablas salariales para el año 2014 (código de convenio 07100182012014)

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Texto

Antecedentes

El día 11 de agosto de 2014, la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de la empresa Calinet Balear, SLU se reunió y acordó y suscribió el Acta de aprobación de las tablas salariales para el año 2014.

El día 30 de junio de 2016, el señor Jaime Salvador Sitjar Ramis, en representación de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo, solicitó el registro, depósito y publicación de la citada Acta.

Fundamentos de derecho

El artículo 90.3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

El artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Inscribir y depositar el Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de la empresa Calinet Balear, SLU, de aprobación de las tablas salariales para el año 2014, en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.

Notificar esta Resolución a la Comisión Paritaria.

Ordenar la traducción del texto a la lengua catalana y hacer constar que la versión castellana es la original firmada por los miembros de la Comisión Paritaria y que la versión catalana es una traducción.

Publicar el Acta en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

   

Palma, a 19 de julio de 2016

La directora general de Trabajo, Economía Social y Salud Laboral

Por delegación del consejero de Trabajo, Comercio e Industria (BOIB 105/2015)

Isabel Castro Fernández

                  

 

ACTA nº 1 DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA CALINET BALEAR, S.L.U

En Palma de Mallorca a 11 de Agosto de 2014, siendo las 13:00 h., se reúnen en la sede empresarial por una parte, la Empresa CALINET BALEAR, S.L.U., representada por Dª. Francisca Calvin Trujillo, como administradora única, y por otra el Comité de Empresa compuesto por M.C. Mariscal Calvín, R. Calvin Trujillo.

Ambas partes se reconocen, de nuevo y expresamente, plena capacidad legal para negociar y se constituyen en Comisión Paritaria prevista en el art. 21 del Convenio, para fijar los salarios de 2014 y resolver una duda sobre plus de nocturnidad.

Primero.- Respecto de los salarios de 2014, la Disposición Transitoria 2ª del Convenio Colectivo fija la revisión salarial en el 0,95 %, por lo que los nuevos salarios base son los siguientes:

Grupo profesional

Salario base

Personal operario

656,17 euros/mes

Mandos intermedios

807,60 euros/mes

757,13 euros/mes

 Los atrasos por la no aplicación de esta revisión salarial hasta la fecha se harán efectivos en la nómina del mes próximo.

Segundo.- También se revisa el importe del plus de nocturnidad para 2014 y habiendo surgido dudas en algún caso sobre la aplicación y pago de dicho plus previsto en el artículo 13 del Convenio Colectivo, tras un análisis de la situación, ambas partes concuerdan y convienen que los importes indicados se refieren no a un recargo (que sería del 110 % sobre el salario base, totalmente fuera de lógica) sino a un importe sustitutivo del importe de la hora nocturna  trabajada, lo que en realidad supone un incremento sobre el salario hora ordinaria del 10 %, es un precio hora “en vez de”, no “además de”, quedando por tanto de este modo su importe especial para 2014 en los siguientes:

Grupo profesional

Precio de hora nocturna, sustitutivo de hora normal

Personal operario

5,52 euros

Mandos intermedios

6,80 euros

6,38 euros

Y para que conste se firma la presente acta por duplicado, siendo las 13:45 h. del día del encabezamiento, 

Por la Empresa,                                                                                 El Comité de Empresa:

Nombre y apellidos

DNI

Firma

M.C. Mariscal Calvín

43169977-N

 

R. Calvin Trujillo

43146487-M