Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA
Núm. 12809
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears sobre la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada de CT de Alcudia consistente en la construcción de un aparcamiento para empresas contratistas (IPPC M05/2017)
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 26 de octubre de 2017,
CONSIDERANDO
1. Que GAS Y ELECTRICIDAD GENERACIÓN SAU ha solicitado una modificación de la AAI consistente en la construcción de un aparcamiento para empresas contratistas.
2. Que la documentación aportada justifica que se trata de una modificación no sustancial, en cumplimiento del art. 10.4 y 10.5 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre y del art. 14 del RD 815/2013.
3. Que los informes emitidos por los diferentes departamentos del Ayuntamiento de Alcudia son favorables y proponen una serie de condicionantes.
ACUERDA
Informar favorablemente la siguiente propuesta:
Otorgar la modificación no sustancial de la Autorización Ambiental Integrada de CT de Alcudia, consistente en la construcción de un aparcamiento para empresas contratistas, con las condiciones de explotación, capacidad y procesos indicados en el proyecto técnico que acompaña la solicitud y con sujeción a las siguientes condiciones:
1. Las casetas o módulos que se proponen instalar deben tener las características de casetas provisionales de obra, instaladas justo por el plazo de ejecución de las obras, con su retirada obligatoria una vez terminadas estas.
2.En la zona interior del aparcamiento, se tiene que colocar arbolado entre las plazas a razón de un árbol cada dos plazas, de acuerdo con el punto 9 b de la norma 2.4.09 para aparcamientos privados para vehículos tipo turismo de las NNSS del municipio de Alcudia.
2.Visto el pavimento a implantar en el aparcamiento, se deben realizar las pendientes para la evacuación de aguas pluviales y la filtración para que no se produzcan encharcamientos ni charcos, de acuerdo con el punto 9 c de la norma 2.4.09 de las NNSS del municipio de Alcudia.
En cumplimiento del artículo 82 de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears, para el inicio y desarrollo de la actividad , el titular deberá presentar una declaración responsable de inicio y ejercicio de la actividad ante la consejería competente en materia de medio ambiente, acreditativa de las obras realmente ejecutadas y, si es necesario, las variaciones entre el proyecto presentado en la solicitud y lo realmente ejecutado.
La declaración responsable deberá acompañar del certificado final de obra del técnico director.
Palma, a 2 de noviembre de 2017
El presidente de la CMAIB
Antoni Alorda Vilarrubias