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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 12446
Juicio verbal 314 /2016 F

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Texto

D. VICENTE MANUEL BOLUFER FRANCIA, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. DE LO MERCANTIL Nº 2 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

A N U N C I O:

En el presente procedimiento  seguido a instancia del GRUPO DISTRIBUIDOR GARAU, SL frente a D. JAIME GABRIEL JUSTO CHIAPPETTA se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Palma, a diez de febrero de dos mil diecisiete.

Vistos por mí, D. Tomás Méndez López, Juez de Refuerzo del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma, los presentes autos de juicio verbal registrados con el nº 314/2016, seguidos a instancia de la entidad mercantil “GRUPO DISTRIBUIDOR GARAU S.L”, representada por la Procuradora Dña. Magdalena Cuart Janer y asistida del Letrado D. Rafael Serra Burguera, contra D. JAIME GABRIEL JUSTO CHIAPPETTA, sin representación ni defensa y en situación procesal de rebeldía, sobre acción de responsabilidad solidaria de los administradores por deudas sociales;

FALLO

Que estimo la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Magdalena Cuart Janer, en nombre y representación de la entidad mercantil “GRUPO DISTRIBUIDOR GARAU, S.L”, contra D. JAIME GABRIEL JUSTO CHIAPPETTA; y en consecuencia:

1-Declaro que D. Jaime Gabriel Justo Chiappetta, en su condición de administrador único de la entidad “CARNICERÍA CHIAPPETTA S.L”, es responsable solidario de la deuda que dicha entidad mantiene con “GRUPO DISTRIBUIDOR GARAU, S.L”, y que asciende a la suma total de 776,32 euros.

2-Condeno a D. Jaime Gabriel Justo Chiappetta al pago de 776,32 euros a la parte actora, más los intereses legales desde la interposición de la demanda.

Con expresa imposición de costas a la parte demandada.

MODO DE IMPUGNACIÓN:

Contra la presente resolución no cabe recurso ordinario alguno, ex artículo 455 de la LEC

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el Magistrado-Juez de Refuerzo que la dictó. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, D. JAIME GABRIEL JUSTO CHIAPPETTA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA a catorce de febrero de dos mil diecisiete.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA