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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SES SALINES

Núm. 12642
Elevación automática a definitivos del acuerdo provisional de modificación de la ordenanza fiscal. 15 reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de recogida de residuos sólidos urbanos, transporte, transferencia, tratamiento y eliminación de los mismos

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Texto

El BOIB núm. 115, de 19 de septiembre de 2017 publicó el correspondiente edicto de exposición al público del acuerdo de aprobación inicial del Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria de día 11 de septiembre de 2017, de la modificación de ordenanza fiscal núm. 15 reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de recogida de residuos sólidos urbanos, transporte, transferencia, tratamiento y eliminación de los mismos.

Habiendo finalizado el plazo para la presentación de reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, sin que se haya formulado reclamación, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, queda definitivamente aprobado. Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 17.4 del citado Real Decreto Legislativo, con la publicación del texto íntegro de los acuerdos de aprobación y de los artículos modificados:

AGRUPACIONES TASA RECOLLIDA TASA TRATAMIENTO TOTAL

ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS

(por plaza)

(por plaza)

(por plaza)

  • SIN COMEDOR (POR PLAZA)

15,90

37,80

53,70

  • CON COMEDOR (POR PLAZA)

18,28

43,47

61,75

RESTAURACIÓN

(por establecimiento)

(por establecimiento)

(por establecimiento)

  • RESTAURANTES HASTA 200 m2

392,53

596,66

989,19

  • RESTAURANTES DE MÁS DE 200 m2

Tarifa anterior más 3€/m2, con un incremento máximo de 150€

Tarifa anterior más 3€/m2, con un incremento máximo de 150€

  • CAFETERÍAS HASTA 200 m2

262,69

632,74

895,43

  • CAFETERÍAS DE MÁS DE 200 m2

Tarifa anterior + 2€/m2, con un incremento máximo de 150€

Tarifa anterior + 2€/m2 con un incremento máximo de 150€

  • BARES, CAFES, PUBS Y ESTABLECIMIENTOS QUE NO SIRVAN COMIDA HASTA 200 m2

262,69

342,77

605,46

  • BARES, CAFS, PUBS Y ESTABLECIMIENTOS QUE NO SIRVAN COMIDA DE MÁS DE  200 m2

Tarifa anterior + 2€/m2, con un incremento máximo de 150€

Tarifa anterior + 2€/m2 con un incremento máximo de 150€

ESTABLECIMIENTOS ALIMENTACIÓN

  • TIENDAS ULTRAMARINOS

95,88

203,45

293,33

  • CARRNICERÍAS PESCADERÍAS FRUITERÍAS

160,06

412,33

572,39

  • SUPERMERCADOS HASTA 200 m2

205,46

406,84

612,30

  • SUPERMERCADOS MÁS DE 200 m2

Tarifa anterior + 3€/m2, con un incremento máximo de 150€

Tarifa anterior + 3€/m2, con un incremento máximo de 150€

LOCALES COMERCIALES Y INDUSTRIALES

  • TALLERES Y GARAGES

95,88

213,08

308,96

  • PELUQUERÍAS

43,30

104,28

147,58

  • FERRETERÍAS, ELECTRODOMÉSTICOS

43,40

104,28

147,58

  • OFICINAS BANCARIAS Y EN GENERAL

43,30

98,28

141,58

HABITAGES

  • HABITAGES EN GENERAL

36,56

86,94

123,50

  • HABITAGES TERCERA EDAD (habitados exclusivamente por personas mayores de 65 años)

36,56

75,60

112,16

  • VIVIENDAS VACACIONALES URBANA

42,04

99,98

142,02

  • VIVIENDAS VACACIONALES RÚSTICA

104,32

104,32

OTROS

  • PUESTOS MERCADO

54,08

  • PUERTOS DE MENOS DE 400 AMARRES

5.575,40

6.093,97

11.669,37

Ses Salines, 8 de noviembre de 2017

El Alcalde

Bernat Roig Galmés