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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 12632
Aprobación inicial del Plan de Emergencia en previsión de Sequía de Calvià

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Texto

Por la Corporación Plenaria en sesión de día 26 de octubre actual, se adoptó el acuerdo que se transcribe en su parte resolutiva con el objeto de aprobar inicialmente “el Plan de Emergencia en previsión de Sequía de Calvià”.

“PROPUESTA PARA APROBAR INICIALMENTE EL PLAN DE EMERGENCIA EN PREVISIÓN DE SEQUÍA DE CALVIÀ.

En fecha 30 de junio de 2016, se dio cuenta al Pleno del Ayuntamiento de Calvià del Avance del Plan de Emergencia en Previsión de Sequía. Este documento tenía el fin de determinar el estado actual de las masas de agua y de los sistemas de suministro de agua urbana, así como definir las bases de los planes de actuación necesarios para hacer frente a los efectos de la sequía, sirviendo como base para la redacción del Plan de emergencia en previsión de sequía del municipio. El documento de Avance del Plan de Emergencia fue remitido a la Administración hidráulica del la CAIB con fecha 06 de julio de 2016 para su revisión.

El desarrollo del Plan de Emergencia en previsión de sequía de Calvià tiene como finalidad  garantizar una correcta gestión de los recursos hídricos del municipio, siendo esta una medida indispensable para la conservación de las masas de agua subterránea, garantizar la gestión sostenible del suministro de agua potable en el municipio de Calvià y asegurar la actuación coordinada de todas las entidades y operadores implicados ante el riesgo de que se repitan episodios de sequía que puedan poner en peligro la garantía de suministro de agua potable a la población.

 La redacción del Plan de Emergencia da cumplimiento a lo establecido en el Plan Hidrológico Nacional para la gestión de episodios de sequía en municipios de más de 20.000 habitantes y el desarrollo ha siguido lo establecido en la "Guía para la elaboración de planes de emergencia por sequía en sistemas de Abastecimiento "del Ministerio de Medio Ambiente - Aeas", así como la documentación de referencia a nivel Comunitario, especialmente el Plan Especial de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía en las Islas Baleares (PESIB) de la dirección General de Recursos Hídricos.

Según establece el propio Plan Hidrológico Nacional, este Plan de Emergencia deberá ser informado por el Organismo de Cuenca o Administración hidráulica correspondiente, deberán tener en cuenta las reglas y medidas previstas en los Planes Especiales y deberán encontrarse operativos en el plazo máximo de cuatro años.  

Con carácter previo a la elevación de esta propuesta al Pleno, se ha realizado una consulta pública a través del portal web del Ayuntamiento en los términos previstos por el artículo 133 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habiéndose incorporado al texto definitivo las distintas aportaciones de los grupos de interés y departamentos municipales y administraciones implicadas.  

A la vista de lo dicho y en el ejercicio de las competencias que legalmente le vienen atribuidas a este Ayuntamiento, se ha elaborado este Plan de emergencia en previsión de sequía de Calvià que se justifica por los referidos motivos.  

Así pues este Teniente de Alcalde Delegado en materia de Servicios Generales y Seguridad, haciendo uso de las atribuciones que le fueron otorgadas mediante resolución de fecha 9 de febrero de 2017, propone al pleno municipal que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 100 a 103 de la ley 20/2006 de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares y artículos concordantes de la ley 7/1985 de 2 de abril reguladora de las bases de régimen local y demás normativa adecuada, adopte los siguientes acuerdos:   

Primero.- Aprobar inicialmente el "Plan de emergencia en previsión de sequía de Calvià", el texto se adjunta a esta propuesta.

Segundo.- Someter, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102. b) de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, el mencionado acuerdo de aprobación inicial a información pública por un plazo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, durante los cuales los ciudadanos y personas legítimamente interesadas podrán examinar el expediente y formular las reclamaciones, reparos u observaciones que estimen pertinentes.

Tercero.- Dar audiencia a las asociaciones vecinales establecidas en el ámbito territorial de este ayuntamiento y que estén inscritas en el registro municipal, la finalidad guarde relación directa con el objeto del Plan de emergencia que inicialmente se aprueba.

 Cuarto.- Las reclamaciones, reparos u observaciones que se presenten serán resueltas por el pleno municipal. En el caso de que éstas no se presenten durante el plazo adecuado, el acuerdo inicial se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de un nuevo acuerdo.

 Quinto.- El Plan de Emergencia en previsión de sequía se remitirá a la Dirección General de Recursos Hídricos del Gobierno Balear siendo esta la Administración Hidráulica de las Islas Baleares."

 Lo que se publica en el BOIB en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.b) de la Ley de bases de régimen local.

Calvià, (Fecha de la firma: 09/11/2017)

El Alcalde,

Alfonso Rodríguez Badal.