Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 12606
Acuerdo de aprobación de la concesión de las subvenciones económicas para apoyar los servicios municipales de información turística para el año 2017
BDNS (Identif): 349295 (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)
El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, reunido en sesión de 8 de noviembre de 2017, entre otros, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
“Antecedentes
1. La presente convocatoria está prevista dentro del marco del Plan estratégico de subvenciones del Consejo de Mallorca para el ejercicio 2017 (aprobado por Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 16.11.2016, texto consolidado de 15.02.2017 BOIB, núm.24, de 25.02.2017) y dentro las competencias que tiene atribuidas el Departamento de Economía y Hacienda, en materia de información turística y apoyo a las oficinas locales de información turística, de acuerdo con lo que dispone el artículo 5, letra f) del Decreto de organización del Consejo de Mallorca, de día 9 de junio de 2017 (BOIB nº. 73 de día 15 de junio de 2017), modificado por los Decretos de Presidencia de 20 de junio (BOIB nº. 77, de 24 de junio de 2017) y 24 de julio de 2017 (BOIB nº. 92, de 29 de julio de 2017), en el marco de la Ley 9/1993, de 1 de diciembre, de atribución de competencias en los Consejos Insulares en materia de información turística (BOCAIB nº. 155 de día 23 de diciembre de 1993).
2. El Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 102, de día 25 de agosto de 2001) en el artículo 28. f), junto con la base 23.4 de ejecución del presupuesto de gastos vigente del Consejo de Mallorca, disponen que entre las atribuciones del Consejo Ejecutivo está la de aprobar y resolver las convocatorias de ayudas o subvenciones a particulares o entidades públicas y privadas, de cuantía superior a doscientos cincuenta mil euros (250.000,00€).
3. Esta convocatoria de subvenciones fue aprobada por Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 24 de mayo de 2017 y su extracto publicado en el BOIB nº. 69, de 6 de junio de 2017, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
4. El día 4 de octubre de 2017 el secretario técnico de Economía y Hacienda, como órgano instructor de la convocatoria, informó de que los beneficiarios propuestos cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria para poder acceder a las subvenciones que nos ocupan.
5. El día 6 de octubre de 2017 se reunió el Servicio de Turismo para analizar si los proyectos de las solicitudes se ajustaban al objeto y requisitos establecidos en la convocatoria de la subvención. Del resultado de la evaluación efectuada en esta reunión por el Servicio de Turismo, se fundamenta la propuesta de acuerdo de concesión de las subvenciones.
6. En fecha 10 de octubre de 2017, la TAG de Turismo emitió informe jurídico favorable sobre la propuesta de aprobación de la concesión de las subvenciones.
7. La Intervención General, el día 27 de octubre de 2017, fiscalizó de conformidad la propuesta de aprobación de la concesión de las presentes subvenciones.
Fundamentos de derecho
1. El Departamento de Economía y Hacienda tiene atribuidas las competencias relativas a información turística y apoyo a oficinas locales de información turística, de acuerdo con lo que dispone el artículo 5 f) del Decreto de la Presidencia del Consejo de 9 de junio de 2017 por el cual se determina la organización del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 73, de 15 de junio).
2. El Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 102, de día 25 de agosto de 2001) en el artículo 28.f), junto con la base 23.4 de ejecución del presupuesto de gastos vigente del Consejo de Mallorca, disponen que entre las atribuciones del Consejo Ejecutivo está la de aprobar y resolver las convocatorias de ayudas o subvenciones a particulares o entidades públicas y privadas, de cuantía superior a doscientos cincuenta mil euros (250.000,00€). De los preceptos mencionados se determina que el Consejo Ejecutivo, es el competente para aprobar la concesión de estas subvenciones y para disponer el correspondiente gasto que se deriva.
3. Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017) que establece las bases reguladoras.
4. La convocatoria se adecua a las bases 33, 34 y 35 de las de ejecución del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca para el 2017, relativos a la regulación de la percepción y la justificación de las subvenciones.
5. El punto 13 de la convocatoria fija como obligación de los beneficiarios acreditar, antes de dictar la propuesta de acuerdo de concesión de la subvención, estar al corriente de obligaciones tributarias con el Estado y con el Consejo Insular de Mallorca y sus organismos autónomos dependientes, y de las obligaciones con la Seguridad Social.
6. El punto 4 de la convocatoria determina que el procedimiento para conceder las subvenciones se tiene que hacer mediante concurrencia no competitiva de todas las solicitudes que cumplan los requisitos exigidos, en virtud del cual la prelación de la concesión de las subvenciones vendrá dada por el orden de número de entrada en el registro que se adquiere en el momento de la presentación de la solicitud, siempre y cuando el expediente se haya cumplimentado correctamente y vaya acompañado de los documentos preceptivos, hasta agotar el total del crédito asignado.
7. El punto 9 de la convocatoria determina que se adjuntará un informe del secretario técnico haciendo constar que de la información obrando en el expediente se desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para ser beneficiarios de la subvención.
8. La propuesta de acuerdo de concesión del órgano instructor se ajusta a lo previsto en el punto 9 de la convocatoria, dado que incluye las solicitudes admitidas, con el detalle del presupuesto subvencionable y la subvención concedida (Anexo I).
Por todo ello, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 28.f) del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca se adopta el siguiente,
ACUERDO
1. CONCEDER las subvenciones económicas para apoyar a los servicios municipales de información turística para el año 2017, dirigida a los ayuntamientos de Mallorca con población inferior a los 50.000 habitantes y a las mancomunidades de Mallorca, a los beneficiarios que se relacionan en el ANEXO I que se adjunta por las cantidades que constan.
2. DISPONER un gasto total de 270.819,83€ (doscientos setenta mil ochocientos diecinueve euros con ochenta y tres céntimos) a favor de los beneficiarios de la línea 1 y línea 2, que se relacionan en el Anexo I que se adjunta, por las cuantías que figuran, con cargo a las aplicaciones presupuestarías siguientes:
a. Línea 1: la cuantía de 187.548,39€ a la aplicación presupuestaría 70.43210.46200 denominada “Ayuntamientos ayudas información turística”.
b. Línea 2: la cuantía de 83.271,44€ a la aplicación presupuestaría 70.43210.76200 denominada “Transferencias ayuntamientos información turística”.
3. LIBERAR las cuantías siguientes:
a) La cuantía de: 37.451,61€ de la aplicación presupuestaría 70.43210.46200 denominada “Ayuntamientos ayudas información turística”, y que revierta a la aplicación.
b) La cuantía de: 25.000,00€ de la aplicación presupuestaría 70.43210.46300 denominada “Transferencias mancomunidades información turística”, y que revierta a la aplicación.
c) La cuantía de: 66.728,56€ de la aplicación presupuestaría 70.43210.76200 denominada “Transferencias ayuntamientos información turística” y que revierta a la aplicación.
Lo que implica:
a) Anulación parcial de la A nº. 220170024593 de la aplicación presupuestaría 70.43210.46200, por importe de 37.451,61€
b) Anulación de la A nº. 220170024592 de la aplicación presupuestaría 70.43210.46300, por importe de 25.000,00€
c) Anulación parcial de la A nº. 220170024591 de la aplicación presupuestaría 70.43210.76200, por importe de 66.728,56€
4. ORDENAR la publicación de este Acuerdo en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y que se comunique a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
5. INFORMAR a los interesados de lo siguiente:
Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente al de su publicación. El recurso se puede interponer formalmente ante este Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante (el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda o la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares), en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del mencionado recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante (el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda o la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares), en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideréis oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”
Palma, 9 de noviembre de 2017
Por delegación del presidente,
El secretario general por substitución
(Decreto de 17 de julio de 2015, BOIB nº. 114, de 28 de julio)
Antoni Benlloch Ramada
ANEXO I
LÍNEA 1
Nº EXP |
ENTIDAD |
DNI/CIF |
LÍNEA |
PRESUPUESTO PROYECTO |
DESCRIPCIÓN ACT SUBVENCIONADA |
PRESUPUESTO SOLICITADO |
PRESUPUESTO CONCEDIDO |
---|---|---|---|---|---|---|---|
TUR-01/2017 |
VILAFRANCA DE BONANY |
P0706500F |
Línea 1 |
2.014,65 € |
Información turística de Vilafranca de Bonany |
2.014,65 € |
2.014,65 € |
TUR-02/2017 |
ALCÚDIA |
P0700300G |
Línea 1 |
13.681,22 € |
Material turístico informativo Alcúdia |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
TUR-03/2017 |
BANYALBUFAR |
P0700700H |
Línea 1 |
5.965,30 € |
Aplicación guía turística multilingüe de Banyalbufar por SMA |
5.965,30 € |
5.965,30 € |
TUR-05/2017 |
POLLENÇA |
P0704200E |
Línea 1 |
4.901,71 € |
Folletón de playas y náutica |
4.901,71 € |
4.901,71 € |
TUR-06/2017 |
ALARÓ |
P0700100A |
Línea 1 |
10.921,46 € |
Guía turística de Alaró |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
TUR-07/2017 |
MONTUÏRI |
P0703800C |
Línea 1 |
1.464,10 € |
Información turística Montuïri |
1.464,10 € |
1.464,10 € |
TUR-09/2017 |
ALGAIDA |
P0700400E |
Línea 1 |
653,40 € |
visitalgaida2017 |
653,40 € |
653,40 € |
TUR-10/2017 |
SANTA EUGÈNIA |
P0705300B |
Línea 1 |
7.579,00 € |
Proyecto turístico para la elaboración de material turístico 2016 |
7.579,00 € |
7.579,00 € |
TUR-11/2017 |
VALLDEMOSSA |
P0706300A |
Línea 1 |
1.606,88 € |
Impresión mapas información turística |
1.606,88 € |
1.606,88 € |
TUR-12/2017 |
CAMPANET |
P0701220H |
Línea 1 |
5.281,65 € |
Impresión de guías Iglesia de Sant Miquel de Campanet |
5.281,65 € |
5.281,65 € |
TUR-13/2017 |
SA POBLA |
P0704400A |
Línea 1 |
7.986,00 € |
Difusión de los valores turísticos Sa Pobla 2017 |
7.986,00 € |
7.986,00 € |
TUR-14/2017 |
ARTÀ |
P0700600J |
Línea 1 |
2.328,04 € |
Reedición de la guía "Rincones de Artà con encanto de información local de interés turístico" |
2.328,04 € |
2.328,04 € |
TUR-15/2017 |
BUNYOLA |
P0701000B |
Línea 1 |
2.967,88 € |
Promoción turística de Bunyola |
2.967,88 € |
2.744,04 € |
TUR-18/2017 |
LLUCMAJOR |
P0703100H |
Línea 1 |
14.189,75 € |
Promoción turística Llucmajor |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
TUR-20/2017 |
SON SERVERA |
P0706200C |
Línea 1 |
10.000,00 € |
Reimpresión de guías temáticas destinación Cala Millor |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
TUR-21/2017 |
BINISSALEM |
P0700800F |
Línea 1 |
980,44 € |
Folletones enoturismo |
980,44 € |
980,44 € |
TUR-22/2017 |
SANT LLORENÇ DES CARDASSAR |
P0705100F |
Línea 1 |
9.994,46 € |
Promoción de senderismo y el cicloturismo |
9.994,46 € |
9.994,46 € |
TUR-23/2017 |
MANACOR |
P0703300D |
Línea 1 |
10.683,45 € |
Material de información turística * Manacor |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
TUR-24/2017 |
LOSETA |
P0702900B |
Línea 1 |
9.940,15 € |
Apoyo a la promoción turística de Lloseta |
9.940,15 € |
8.367,15 € |
TUR-28/2017 |
MARRATXI |
P0703600G |
Línea 1 |
8.445,80 € |
Campaña promocional para la dinamización turística de Marratxi |
8.445,80 € |
8.445,80 € |
TUR-29/2017 |
MURO |
P0703900A |
Línea 1 |
1.381,94 € |
Fomento turístico local |
1.381,94 € |
1.381,94 € |
TUR-31/2017 |
CAPDEPERA |
P0701400D |
Línea 1 |
9.619,50 € |
Promoción rutas cicloturísticas en Capdepera |
9.619,50 € |
9.619,50 € |
TUR-32/2017 |
ESTELLENCS |
P0702100I |
Línea 1 |
9.946,20 € |
Información y promoción turística 2017 |
9.946,20 € |
9.946,20 € |
TUR-33/2017 |
PETRA |
P0704100G |
Línea 1 |
2.165,00 € |
Paneles informativos turismo 2017 |
2.165,00 € |
2.165,00 € |
TUR-34/2017 |
SANTANY |
P0705700C |
Línea 1 |
20.234,95 € |
Promoción e información turística del término de Santanyí |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
TUR-35/2017 |
SANTA MARGALIDA |
P0705500G |
Línea 1 |
5.965,30 € |
www.canpicafort.es |
5.965,30 € |
5.965,30 € |
TUR-37/2017 |
FORNALUTX |
P0702500J |
Línea 1 |
4.235,00 € |
Video promocional del municipio |
4.235,00 € |
4.235,00 € |
TUR-38/2017 |
SELVA |
P0705800A |
Línea 1 |
253,49 € |
Mantenimiento página web turística de Selva y promoción I Jornadas de turismo sostenible |
253,49 € |
253,49 € |
TUR-40/2017 |
LLORET DE VISTALEGRE |
P0702800D |
Línea 1 |
5.680,92 € |
Promoción turística municipal |
5.680,92 € |
5.680,92 € |
TUR-41/2017 |
INCA |
P0702700F |
Línea 1 |
14.976,00 € |
50,000 unidades de mapas turísticos y culturales del municipio de Inca |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
TUR-42/2017 |
SINEU |
P0706000G |
Línea 1 |
8.200,17 € |
Folletones informativos Sineu |
8.200,17 € |
7.988,42 € |
|
|
TOTAL |
214.243,81 € |
|
189.556,98 € |
187.548,39€ |
LÍNEA 2
Nº EXP |
ENTIDAD |
DNI/CIF |
LÍNEA |
PRESUPUESTO PROYECTO |
DESCRIPCIÓN ACT SUBVENCIONADA |
PRESUPUESTO SOLICITADO |
PRESUPUESTO CONCEDIDO |
---|---|---|---|---|---|---|---|
TUR-04/2017 |
POLLENÇA |
P0704200E |
Línea 2 |
15.102,80 € |
Mejora OIT Puerto de Pollença |
15.000,00 € |
15.000,00 € |
TUR-08/2017 |
VALLDEMOSSA |
P0706300A |
Línea 2 |
885,20 € |
Embellecimiento Oficina de Turismo |
885,20 € |
638,90 € |
TUR-16/2017 |
BUNYOLA |
P0701000B |
Línea 2 |
4.227,73 € |
Oficina de información turística en Bunyola |
4.227,73 € |
4.227,73 € |
TUR-17/2017 |
ALCÚDIA |
P0700300G |
Línea 2 |
11.107,55 € |
Mobiliario y señalización OIT de Alcúdia |
11.107,55 € |
10.707,04 € |
TUR-19/2017 |
ALARÓ |
P0700100A |
Línea 2 |
3.987,99 € |
Creación punto de información turística |
3.987,99 € |
3.987,99 € |
TUR-25/2017 |
SANTA MARIA DEL CAMÍ |
P0705600E |
Línea 2 |
12.301,67 € |
Adecuación y mejora imagen O.I.T. Ca S’Apotecari 2017 |
12.301,67 € |
11.919,70 € |
TUR-26/2017 |
FELANITX |
P0702200G |
Línea 2 |
25.153,48 € |
Remodelación O.I.T. del municipio de Felanitx |
15.000,00 € |
15.000,00 € |
TUR-27/2017 |
MANACOR |
P0703300D |
Línea 2 |
7.000,00 € |
Mejora de la señalización e imagen exterior OMIT * Manacor |
7.000,00 € |
7.000,00 € |
TUR-30/2017 |
CAPDEPERA |
P0701400D |
Línea 2 |
7.881,94 € |
Proyecto mejora oficinas de turismo de Capdepera año 2017 |
7.881,94 € |
7.881,94 € |
TUR-36/2017 |
SANTA MARGALIDA |
P0705500G |
Línea 2 |
1.706,10 € |
Mobiliario oficina turística |
1.706,10 € |
1.706,10 € |
TUR-39/2017 |
SELVA |
P0705800A |
Línea 2 |
5.987,94 € |
Inicio de equipamiento de una O.I.T. en Selva |
5.987,94 € |
5.202.04 € |
|
|
TOTAL |
95.342,40 € |
|
85.086,12 € |
83.271,44 € |