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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 12561
Extracto de la Resolución de Presidencia de 31 de octubre de 2017, por la que se aprueba la convocatoria pública de ayudas económicas del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales a entidades que desarrollan actividades de apoyo a la función tutelar de personas con discapacidad intelectual para el año 2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 369348

http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/369348

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.bi 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

Primero. Beneficiarios

Pueden solicitar las ayudas que se establecen en esta convocatoria con carácter general para todas las entidades que cumplan los requisitos siguientes:

a) Estar constituida como entidad privada sin ánimo de lucro y que tengan entre sus fines la función de tutela de las personas incapacitadas jurídicamente.

b) Estar legalmente constituidas e inscritas como entidad prestadora de servicios sociales en el Registro Unificado de Servicios Sociales de la Consejería de Familia y Bienestar Social regulado en el Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por el que se fijan los principios generales del Registro unificado de las Islas Baleares, o en el Registro Insular de Servicios Sociales. En la inscripción registral se hará constar como mínimo uno de los sectores de población atendidos siguientes: las personas con discapacidad. Este requisito debe comprobar de oficio el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

c) El servicio por el que se solicita la subvención debe estar debidamente autorizado e inscrito en el Registro Unificado de Servicios Sociales. La entidad solicitante debe presentar una copia compulsada de la autorización administrativa correspondiente al servicio para el que solicita la subvención, o bien de la solicitud de autorización registrada.

d) Tener por objeto principal en sus estatutos la realización de actividades, servicios y programas de apoyo a la función tutelar dirigidos a personas con discapacidad.

e) Disponer de la aceptación de la tutela de la persona usuaria.

f) Disponer de sede o delegación permanente y activa en las Islas Baleares.

g) No incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en la Ley general de subvenciones para ser beneficiarios de subvenciones.

h) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales como autonómicas, y con la Seguridad Social.

Segundo. Objeto

El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones a entidades destinadas a financiar los gastos derivados de la actividad de apoyo para llevar a cabo la función tutelar de las personas con discapacidad intelectual y / o trastornos de desarrollo.

Tercero. bases reguladoras

En todo lo no previsto en la presente convocatoria se tendrán en cuenta la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre y la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017) .

Cuarto. Cuantía

El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de 290.000,00 €, con cargo a la partida 40 23128 48003 22017001935 del presupuesto de gastos del IMAS para el año 2017.

 

Quinto. Plazo para presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles a partir de la publicación de esta convocatoria

Sexto. Otros datos

Son subvencionables los gastos derivados de la realización de la actividad de apoyo a la función tutelar dirigidas a las personas usuarias de las entidades subvencionadas.

La actividad de apoyo a la función tutelar. Se trata de un servicio dirigido a personas con discapacidad intelectual y / o trastornos del desarrollo, legalmente incapacitadas, y tiene por objeto velar por la persona tutelada con el fin de hacer todo lo que sea necesario para su bienestar y desarrollo integral ; la entidad que lleva a cabo la actividad de apoyo a la función tutelar representa a la persona tutelada y administra sus bienes, de acuerdo con el encargo hecho por la autoridad judicial competente.

Las actividades concretas que se llevan a cabo en este servicio son las siguientes: representación y apoyo ante instituciones; vigilancia de la evolución de la persona usuaria en los servicios sociales o de otro tipo a que asista; acompañamiento de la persona durante su desarrollo vital; detección de situaciones carenciales y necesidades personales en cualquier ámbito de la vida; y ejercicio de administrador de sus bienes y representación de la persona en todas las acciones, actividades, etc., en que sea necesario.

La realización de esta actividad en la función tutelar supone obligatoriamente la disponibilidad de atención durante las 24 horas al día.

Serán consideradas personas usuarias para el ejercicio 2,017:

a.- Aquellas personas que estén legalmente incapacitadas, y que presenten una discapacidad intelectual y / o trastorno de desarrollo igual o superior al 33% reconocida por la entidad competente. En este caso, la entidad beneficiaria deberá presentar la sentencia de incapacitación y la aceptación de la tutela del cargo de tutor.

b.- Aquellas personas de las que se está tramitando la remoción de su tutela, o la incapacitación y posterior tutela hacia la entidad susceptible de pedir la ayuda económica, y que presenten una discapacidad intelectual y / o trastorno de desarrollo igual o superior al 33% reconocida por la entidad competente. En este caso, se deberá presentar copia del escrito (con registro de entrada) presentado a Fiscalía en el que se solicita que se designe como tutor a la entidad beneficiaria.

Las personas usuarias atendidas por las entidades deben estar empadronadas en la isla de Mallorca.

El modelo normalizado de solicitud y la documentación que se debe acompañar se encuentra disponible, igualmente, en la web del IMAS (www.imasmallorca.net)

El resto de información referente a la convocatoria pública de ayudas económicas del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales a entidades que desarrollan actividades de apoyo a la función tutelar de personas con discapacidad intelectual para el año 2017, se puede consultar los siguientes enlaces:

https://seu.conselldemallorca.net/ca/fitxa?key=19268

http://www.imasmallorca.net/ca/unprograma/749

http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/369348

   

Palma, 7 de Noviembre de 2017

La secretaria delegada
(BOIB núm. 109, de 5-9-2017)
Mª Ángeles Vanrell Julià