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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 12541
Concesión de subvención directa al Fons Pitiús de Cooperació para el año 2017

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Texto

La Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, es sesión de carácter ordinario celebrada el 27 de octubre de 2017, y en ejercicio de sus competencias sobre la base de aquello propuesto (conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas), y el artículo 10.30 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares, i en virtud del Decreto de Presidencia de 22 de junio de 2015, publicado en el BOIB número 109, de 18 de julio de 2015, mediante el cual se delegan atribuciones a la Comisión de Gobierno y el resto de atribuciones que le otorga la legislación vigente adoptó, por unanimidad, el siguiente acuerdo:

(…)

1. Aceptar la justificación de la subvención 2016 mediante la presentación de los estados contables debidamente auditados presentados al Consell insular de Formentera en fecha 11/04/2017.

 2. Conceder una subvención directa al Fons Pitiús de Cooperació, con CIF G57008559, por un importe de 20.000,00 € (veinte mil euros) para el año 2017.

 3. La gestión de la subvención se llevará a cabo de acuerdo con las siguientes condiciones:

  •  NORMATIVA APLICABLE: Ley 38/2003 y bases de ejecución del Presupuesto.
  •  FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN: Cooperación al desarrollo.
  •  PLAZO DE REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA: Desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017.
  • PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN: Antes de 15 de agosto de 2018.
  • FORMA DE JUSTIFICACIÓN SUBVENCIÓN: Mediante presentación de estados contables.
  • IMPORTE DE GASTOS A JUSTIFICAR: La cuantía a justificar tendrá que ser como mínimo el importe de la cantidad concedida.
  • MOTIVOS DE LA PÉRDIDA DE LA SUBVENCIÓN: La falta de justificación de la actividad o el objeto de la subvención supondrá la pérdida de la subvención.
  • OBLIGACIÓN DE COMUNICAR la concesión de otras ayudas o subvenciones públicas.
  •  PAGO: anticipado.
  • RÉGIMEN DE GARANTÍAS: Se exime de la presentación de garantías [are. 43 L9/2008 de cooperación al desarrollo].

4. Autorizar y disponer el gasto con cargo a la partida presupuestaria 2017/01/924/48.000.02 a favor del beneficiario “Fons Pitiús de Cooperació” con CIF G57008559 por el importe concedido.

5. Reconocer la obligación, ordenar el pago y pagar el importe íntegramente de la subvención y registrar la operación como pendiente de justificar hasta que el beneficiario no proceda a la justificación de la misma de acuerdo con las normas de la concesión.

Lo que se hace público para general conocimiento

Formentera, (Fecha firma electrónica 31/10/17)

El Presidente

Jaume Ferrer Ribas