Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 12452
Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 6 de noviembre de 2017 por la cual se regulan y se convocan las pruebas de acceso de carácter específico a las enseñanzas deportivas de nivel II de montaña y escalada, en la especialidad de Barrancos, en las Illes Balears
El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el cual se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de Régimen Especial regula en el artículo 30 los requisitos de acceso de carácter específico.
La Orden de 28 de julio de 2008 de regulación de las enseñanzas deportivas de régimen especial establecidos al amparo del Real decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, y de la extinción de determinadas formaciones deportivas (BOIB núm 113 de 14 de agosto de 2008)
Decreto 104/2006, de 7 de diciembre de 2006, por el cual se establecen los currículos, las pruebas y los requisitos de acceso correspondientes a los títulos de Técnico Deportivo y de Técnico Deportivo Superior de las especialidades de los deportes de montaña y escalada.
El Decreto 18/2017, de 2 de noviembre, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, de conformidad con la normativa indicada, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Aprobar las instrucciones mediante las cuales se concretan aspectos sobre la organización de las pruebas de acceso de carácter específico i los requisitos para solicitar plaza en las enseñanzas deportivas de régimen especial de nivel II de Grado Medio de montaña y escalada en la especialidad de barrancos.
Estas instrucciones se concretan en los siguientes anexos:
Segundo
Convocar, en las Illes Balears, las pruebas de acceso de carácter específico para poder acceder a las siguientes enseñanzas deportivas de régimen especial:
- Nivel II de Grado Medio de montaña y escalada en la especialidad de barrancos.
El título de técnico especifica las características de la prueba, el contenido, los criterios de evaluación, los efectos y vigencia, las exenciones, las adaptaciones para los discapacitados, los componentes y las funciones del tribunal.
Tercero
Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Cuarto
Disponer que esta Resolución entre en vigor al día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo que se establece en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, 6 de noviembre de 2017
El director general de Planificación, Ordenación y Centros
Antonio Morante Milla
ANEXO 1
Instrucciones
Artículo 1
Personas que se tienen que inscribir para hacer la prueba específica de acceso y personas exentas de hacerla.
1. Para poder realizar las pruebas específicas para acceder a las enseñanzas de nivel II de Grado Medio es necesario haber finalizado los estudios del nivel I del Grado Medio de la misma modalidad deportiva. De forma excepcional, también se pueden inscribir para hacer las pruebas de acceso las personas que sólo tengan pendiente de finalizar el bloque de formación práctica del nivel I del grado medio de la misma modalidad deportiva.
2. No tienen que hacer la inscripción, por estar exentos de superar la prueba (véase la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre), las siguientes personas:
En estos casos, se tendrá que presentar la acreditación en el plazo i lugar de inscripción en las pruebas de acceso (consultar artículos 2 i 3).
Artículo 2
Plazo de inscripción a las pruebas
La inscripción a la prueba de acceso de carácter específico a las enseñanzas de régimen especial de grado medio especificadas al artículo 12 se tiene que hacer del día 13 al 14 de noviembre de 2017, ambos incluidos.
Artículo 3
Lugar para inscribirse a la prueba de acceso de carácter específico
La inscripción a la prueba de acceso de carácter específico se realizará en el IES Centre de Tecnificació Esportiva de les Illes Balears (CTEIB) (C/ del Gremi dels Forners 4, polideportivo Prínceps d’Espanya, 07009 Palma. Teléfono 971 43 37 14, www.iescteib.org).
Artículo 4
Documentación necesaria para inscribirse para hacer la prueba de acceso de carácter específico
1. Para formalizar la inscripción, las personas interesadas en hacer la prueba de acceso de carácter específico tienen que presentar, en todos los casos:
2. Se tiene que acreditar el pago en la cuenta de la federación del importe que la federación ha establecido para esta prueba aportando en el centro, en el momento de formalizar la inscripción, copia del ingreso bancario, la cual tiene que indicar el nombre, los apellidos y el concepto “Inscripción prueba específica” el nivel y la modalidad deportiva:
Prueba específica Barrancos |
150€ |
ES87-2056-0007-8120-2179-1021 |
Artículo 5
Validación de la documentación y de los requisitos necesarios para inscribirse a la prueba
1. La secretaría comprobará que la solicitud de inscripción está cumplimentada correctamente, deberá sellar uno de los ejemplares y lo devolverá a la persona interesada. La secretaría del centro se quedará fotocopia del documento oficial de identificación y del resto de documentación que se presenta, una vez confrontada con el original.
2. El centro educativo deberá comunicar cualquier circunstancia que tengan que valorar previamente los miembros del tribunal evaluador a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros.
Artículo 6
Personas que solicitan la adaptación de la prueba de acceso de carácter específico para discapacidades acreditadas
Esta situación se regula en la normativa vigente de cada modalidad deportiva. El centro tiene que hacer llegar al tribunal evaluador la documentación aportada por las personas que soliciten hacer una prueba adaptada a fin de que éste pueda realizar las adaptaciones pertinentes.
Artículo 7
Lista provisional de personas admitidas y excluidas
La lista provisional de personas admitidas y de personas excluidas para hacer la prueba de acceso se tiene que publicar el 15 de noviembre de 2017 en el tablón de anuncios y a la página web del centro educativo donde se ha presentado la solicitud.
Artículo 8
Reclamaciones a la lista provisional de personas admitidas y excluidas
1. Las reclamaciones contra la lista provisional de personas admitidas y excluidas para hacer la prueba de acceso de carácter específico se pueden presentar los días 15 y 16 de noviembre de 2017. Éstas se tienen que dirigir al presidente del tribunal evaluador y se tienen que entregar en la secretaría del centro.
2. Estas reclamaciones tienen que estar resueltas el día 16 de noviembre de 2017.
Artículo 9
Listas definitivas de personas admitidas para hacer la prueba de acceso de carácter específico y lista de pruebas de acceso que no se realizarán por falta de aspirantes.
1. El 17 de noviembre de 2017, el centro educativo en la se ha hecho la inscripción tiene que publicar la lista definitiva de personas admitidas para hacer la prueba de acceso de carácter específico.
2. Contra la lista definitiva se puede presentar un recurso de alzada ante el Director General de Planificación, Ordenación y Centros en el plazo de un mes natural, a contar desde la fecha de la publicación de la lista definitiva.
3. Día 17 de noviembre de 2017 se informará, en la web ensenyamentsesportius.caib.es, si la prueba se suspende por falta de aspirantes.
Artículo 10
Publicación de la relación de utensilios
La relación de materiales, en el caso de que sean necesarios para el desarrollo de la prueba, se publicará en la web ensenyamentsesportius.caib.es el día 17 de noviembre de 2017.
La Federación Balear de Montaña y Escalada informará, en una reunión previa a las pruebas, del material que debe aportar el aspirante. Esta reunión se celebrará dia 17 de noviembre de 2017 en el IES CTEIB de Palma, a las 18h.
Artículo 11
Comunicación de los datos de inscripción para hacer la prueba de acceso de carácter específico
1. El 17 de noviembre de 2017 los centros tienen que comunicar a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros el listado con las personas inscritas para hacer la prueba.
2. Asimismo, el centro educativo tiene que comunicar y adjuntar la documentación presentada por las personas que piden hacer una prueba adaptada o cualquier otra circunstancia que tenga que valorar previamente el tribunal.
Artículo 12
Fecha y lugar de realización de la prueba de acceso de carácter específico
MALLORCA
Nivel II Montaña y Escalada |
Días de la prueba |
Hora de la prueba |
Lugar de la prueba |
---|---|---|---|
Barrancos |
18 y 19 de noviembre |
7:30h |
Más información en la reunión previa. |
Día 17 de noviembre de 2017 se publicará, en la web ensenyamentsesportius.caib.es, el lugar y hora de la prueba.
Para poder tomar parte en las pruebas de acceso, los inscritos deben estar presentes a la hora y el lugar establecidos.
Finalizado el plazo de inscripción a las pruebas, se llevará a cabo una reunión previa donde se informará de la hora, lugar de la prueba, materiales… Esta reunión se celebrará dia 17 de noviembre de 2017 en el IES CTEIB de Palma, a las 18h.
Artículo 13
Verificación de la identidad de los aspirantes
Los miembros del tribunal evaluador tienen que verificar la identidad de los aspirantes al inicio de la prueba, y lo pueden volver a hacer en cualquier momento de su desarrollo.
Artículo 14
Tribunales evaluadores
1. La Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros tiene que designar un tribunal para evaluar la prueba de acceso de cada una de las especialidades.
2. El tribunal evaluador tiene la función de organizar la prueba y desarrollarla, y tiene que estar formado por:
3. La dirección del centro y la federación tienen que hacer la propuesta de los miembros del tribunal evaluador de su competencia a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros antes del 14 de noviembre de 2017.
Día 14 de noviembre de 2017, la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros publicará el nombramiento de los miembros de los diferentes tribunales en la web ensenyamentsesportius.caib.es.
Artículo 15
Expedientes de las personas inscritas
El centro educativo tiene que poner a disposición de cada tribunal evaluador la documentación presentada por las personas inscritas para la realización de la prueba de acceso, los listados, las actas de las pruebas y otros documentos que sean necesarios.
Artículo 16
Contenido y calificación de la prueba
1. Los contenidos y los criterios de evaluación de la prueba específica de acceso se detallan en la normativa vigente para cada deporte. Se pueden consultar en la web ensenyamentsesportius.caib.es (pruebas específicas de acceso: requisitos, precios y características de las pruebas)
2. En la calificación final de la prueba se tienen que utilizar los términos “Apto” y “No apto”. Para obtener la calificación de apto las personas aspirantes tienen que superar todas las partes de la prueba.
Artículo 17
Lista provisional de personas aptas y no aptas en las pruebas de acceso
El 20 de noviembre de 2017, el centro educativo donde se ha hecho la inscripción de la prueba de acceso publicará en el tablón de anuncios del centro y en la página web la lista provisional de personas que han resultado aptas y no aptas en esta prueba.
Artículo 18
Reclamaciones contra las listas provisionales de personas aptas y no aptas
1. Se puede presentar una reclamación contra la lista provisional los días 20 y 21 de noviembre de 2017. Ésta se tiene que dirigir al presidente del tribunal evaluador y se tiene que entregar en la secretaría del centro.
2. El director convocará a los miembros de los tribunales evaluadores, que deberán estudiar el contenido de la reclamación y, si es el caso, indicarán a la persona interesada que asista a una sesión de revisión de pruebas en la cual se le indicarán los criterios de corrección y de calificación que se han utilizado.
3. La revisión de la prueba, si es necesaria, se tiene que hacer el 21 de noviembre de 2017.
4. Los tribunales evaluadores tienen que extender acta de la sesión de resolución de las reclamaciones presentadas.
5. En caso de disconformidad con el resultado de la revisión del tribunal evaluador se podrá interponer un recurso de alzada ante el Director General de Planificación, Ordenación y Centros en el plazo de un mes natural a contar desde la publicación de las listas definitivas.
Artículo 19
Lista definitiva de personas aptas
La lista definitiva de personas aptas de la prueba de acceso se tiene que publicar el 22 de noviembre de 2017 en el tablón de anuncios y a la página web del centro educativo donde se ha hecho la inscripción.
Artículo 20
Remisión de la copia de las actas a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros
El 22 de noviembre de 2017, una vez acabado el procedimiento de evaluación, los centros tienen que enviar una copia compulsada de las actas a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros.
Artículo 21
Entrega de los certificados de aptitud a la prueba
Las personas que han superado la prueba de acceso específica pueden recoger el certificado que lo acredita en el mismo centro en que se ha hecho la prueba a partir del 22 de noviembre de 2017. El centro adjuntará de oficio este certificado al expediente del alumno que solicite plaza en el proceso de admisión y matrícula de estas formaciones para el curso 2017-2018.
Artículo 22
Solicitud de plaza en las enseñanzas deportivas de régimen especial i formalización de la matrícula
Las personas que hayan superado la prueba de acceso y las que estén exentas de la prueba de acceso pueden solicitar la admisión a las enseñanzas deportivas que quieran cursar, de acuerdo con la normativa vigente, a partir de día 22 de noviembre de 2017. Una vez admitidos, podrán formalizar la matrícula.
Todo este proceso de admisión y matrícula será publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares mediante una Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros, por la que se dictarán instrucciones para concretar el procedimiento de admisión y de matrícula a las enseñanzas deportivas de régimen especial para el curso 2017-2018, así como la matrícula del módulo / bloque de formación práctica o la matrícula extraordinaria de módulos pendientes de años anteriores.
ANEXO 2
Inscripción para hacer la prueba de acceso de carácter específico a las enseñanzas deportivas
Apellidos: Nombre:
DNI/pasaporte: Fecha nacimiento:
Dirección: CP:
Localidad: Teléfono:
Dirección electrónica:
EXPONGO:
Que reúno los requisitos generales de acceso ( ).
Por eso, adjunto la documentación siguiente:
SOLICITO:
La inscripción a la prueba de acceso de carácter específico a las enseñanzas deportivas de:
Nivel II Montaña y Escalada |
Especialidad: barrancos |
(Subraya la modalidad / es de la / s que harás la prueba de acceso)
Ruego, si es el caso:
La adaptación de la prueba porque tengo necesidades educativas especiales y aporto:
( ) Certificado oficial que acredita el tipo y el grado de discapacidad.
( ) Dictamen de escolarización con el visto bueno del Departamento de Inspección Educativa.
CENTRO EDUCATIVO I FORMATO (mañana/tarde) donde piensas cursar los estudios para al curso 2017-2018 (marca con una cruz):
MALLORCA |
Format |
|
IES CTEIB |
Tarde semi presencial |
|
___________________, ____ d _________ de 2017
[Firma del solicitante]
DIRECTOR/A DEL CENTRO
ANEXO 3
Declaración responsable
Pruebas de acceso de carácter específico a las enseñanzas deportivas de régimen especial
____________________________________________, con Documento Nacional de Identidad nº./Pasaporte _____________________, inscrito/a en las pruebas de acceso de carácter específico a las enseñanzas deportivas de:
Nivel II Montaña y Escalada |
Especialidad: barrancos |
(marca la modalidad elegida)
DECLARO
Que no reúno ninguno de los requisitos deportivos que permiten el acceso directo a estas enseñanzas deportivas de régimen especial y que en el caso de reunirlos en el momento de hacer la prueba, no participaré.
______________, ______ d ____________________ de 2017
[firma]
ANEXO 4
Calendario de la prueba de acceso de carácter específico a las enseñanzas deportivas de las Illes Balears
Fechas |
Actuación |
Artículo |
---|---|---|
13 y 14 de noviembre |
Inscripción para hacer la prueba. |
2 |
14 de noviembre |
Publicación del nombramiento de los miembros de los diferentes tribunales evaluadores. |
14 |
15 de noviembre |
Publicación de la lista provisional de personas admitidas y de personas excluidas. |
7 |
15 y 16 de noviembre |
Plazo de reclamaciones contra las listas provisionales. |
8 |
16 de noviembre |
Resolución de las reclamaciones. |
8 |
17 de noviembre |
Publicación de la lista definitiva de personas admitidas. Información sobre la anulación de la prueba en caso de falta de aspirantes. Reunión informativa en el IES CTEIB, a las 18h.
Publicación del lugar, hora y relación de materiales. |
9 9
10 y 12 10 y 12 11 |
Días 18 y 19 de noviembre |
Días de las pruebas. |
12 |
20 de noviembre |
Publicación de la lista provisional de personas aptas y no aptas |
17 |
20 y 21 de noviembre |
Reclamaciones contra la lista provisional ante el director del centro. |
18 |
21 de noviembre |
Revisión de las reclamaciones. |
18 |
22 de noviembre |
Publicación de la lista definitiva de personas aptas y no aptas. Envío de la copia de las actas de las pruebas en la DGPOC. Inicio del proceso de admisión i matrícula para el curso 2017-2018. |
19 20 22 |
A partir de 22 de novembre |
Entrega de los certificados de aptitud.
|
21 |