Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 12482
Resolución de la presidenta de la EBAP de delegación de competencias en la persona titular de la dirección gerencia del EBAP
Hechos
De acuerdo con el artículo 9.1 del Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública, la Presidencia recae en la persona titular de la consejería competente en materia de función pública.
El artículo 12.1 de los Estatutos de la EBAP dispone que la Dirección Gerencia es el órgano unipersonal directivo de la EBAP y asume la dirección, la administración y la gestión ordinaria del ente.
El Decreto 62/2011, de 20 de mayo, regula las modalidades de colaboración en las actividades formativas y en los procesos selectivos y de provisión organizados por la Escuela Balear de Administración Pública, y aprueba el baremo de las indemnizaciones que se derivan. En el artículo 5.2 del citado Decreto 62/2011, se determina que corresponde a la presidenta de la EBAP designar el personal coordinador de un área de formación y el personal colaborador en el diseño y la dirección de nuevas acciones formativas.
Las decisiones relativas a la designación del personal coordinador y colaborador, por cuestión de eficacia, economía y racionalidad de la gestión administrativa resulta más adecuado que se centralicen en la gerencia del EBAP, se considera necesario y conveniente delegar las competencias que el artículo 5 del Decreto 62 / 2011, en materia de designación, atribuye a la presidenta de la EBAP en la persona titular de la dirección gerencia de la EBAP.
Fundamentos de Derecho
1. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB nº 97/2015, de 2 de julio).
2. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB nº 120/2015, de 8 de agosto).
3. El artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, regula la figura de la delegación de competencias.
4. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Delegar la competencia relativa a la designación del personal coordinador de un área de formación y el personal colaborador en el diseño y dirección de nuevas acciones formativas en la persona titular de la dirección gerencia de la EBAP.
2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 17 de octubre de 2017
La presidenta de la EBAP
Catalina Cladera y Crespí