Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 12377
Organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Manacor
La alcaldía presidencia, a fechas 30 de octubre y 2 de noviembre de 2017, ha resuelto aprobar la estructura de la administración municipal de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Manacor, con publicación de su texto refundido:
"PRIMERO. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
Aprobar la siguiente ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DEL AYUNTAMIENTO DE MANACOR.
Los servicios administrativos del Ayuntamiento de Manacor, bajo la dirección de la Alcaldesa, se estructuran en las áreas de gestión:
La titularidad de las áreas antes descritas corresponde a la alcaldesa y los Tenientes de Alcalde que ejerzan las competencias que se les atribuyan mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de delegación genérica.
Asimismo, podrán ser objeto de delegaciones específicas en los concejales que no formen parte de la Junta de Gobierno Local la atribución de la responsabilidad en la dirección y gestión de los servicios que se determinen mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de delegación especial.
SEGUNDO. ATRIBUCIONES Y RÉGIMEN DE ADSCRIPCIÓN DE DEPARTAMENTOS, ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y EMPRESAS.
1. Área de Alcaldía, Educación y Desarrollo Local
1.1. Atribuciones:
Las atribuciones del Área de Alcaldía, Educación y Desarrollo Local son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
- Comunicación y protocolo.
- Relaciones institucionales.
- Archivo
- Educación en general.
- Mantenimiento de escuelas y guarderías infantiles.
- Política lingüística.
- Patrimonio histórico.
- Fomento del empleo.
- Escuela de música.
- Resto de atribuciones no conferidas a otras áreas de gestión municipal.
La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
1.2 Departamentos, organización, y empresas adscritas.
1.2.1 Departamentos:
- Alcaldía.
- Secretaría General.
- Asesoría Jurídica.
- Educación.
1.2.2 Organismos autónomos:
- Escuela Municipal de Mallorquín.
A pesar de la adscripción directa de los departamentos de Secretaría y Asesoría Jurídica en el Área de Alcaldía, Educación y Desarrollo Local, las funciones de los mencionados departamentos extienden también a todo el resto de áreas de gestión municipal dada la naturaleza transversal de las funciones que llevan a cabo ambos departamentos municipales.
Sin perjuicio del régimen de adscripción descrita, corresponde al Área de Alcaldía, Educación y Desarrollo Local la coordinación de las diferentes áreas de gobierno municipal
2. Área de Medio Ambiente
2.1 Atribuciones:
Las atribuciones del Área de Medio Ambiente son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
-Control y seguimiento de la gestión de residuos.
- Limpieza de edificios y espacios públicos.
- Promoción y seguimiento de la gestión del medio ambiente.
- Control del mantenimiento de las zonas ajardinadas.
- Energías renovables y optimización de energía.
- Depuradoras.
- Edificios y plan de usos de las escuelas rurales.
- Animales de compañía y perros peligrosos.
- Licencias de actividad
- Licencias de publicidad dinámica y estática
La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
2.2 Departamentos, organización, y empresas adscritas.
2.2.1 Departamentos:
- Medio Ambiente.
- Actividades
3.- Área de Ciudadanía, Cultura y Turismo.
3.1 Atribuciones:
Las atribuciones del Área de Ciudadanía, Cultura y Turismo son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
- Gestión y promoción turística.
- Atención y promoción de los intereses turísticos de todos los núcleos del municipio.
-Promoción del turismo interior.
- Oficinas turísticas.
- Cultura en general.
- Bibliotecas.
- Museos.
- Teatro y Auditorio.
- Promociones culturales
- Banda de música
- Fiestas.
- Cementerio
-Transportes
- Atención al ciudadano.
- Juventud
- Seguimiento de la explotación de las playas y su seguridad.
La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
3.2 Departamentos, organización, y empresas adscritas.
3.2.1 Departamentos:
- Cultura
- Turismo
3.2.2 Organismos autónomos:
- Institución Pública Antoni M. Alcover
- Instituto Público del Teatro Municipal de Manacor.
4. Área de Urbanismo, Servicios Generales y Contratación.
4.1 Atribuciones:
Las atribuciones del Área de Urbanismo y Servicios Generales son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
-Planificación urbanística.
- Gestión urbanística.
- Disciplina urbanística.
- Licencias urbanísticas.
- Ocupación de vía pública.
-Mantenimiento de vías públicas, plazas, caminos y edificios municipales.
- Brigada municipal.
La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
4.2 Departamentos, organización, y empresas adscritas.
4.2.1 Departamentos:
- Urbanismo
- Servicios Generales
- Contratación
5. Área de Economía y Recursos Humanos.
5.1 Atribuciones:
Las atribuciones de Área de Economía y Recursos Humanos son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
- Gestión de la actividad económica y financiera municipal.
-Nuevas tecnologías.
- Informática
-Población
- Catastro
- Gestión e impulso de toda la actividad relacionada con el personal municipal.
-Gestión de los aparcamientos
-Suministro de agua potable y aguas residuales.
La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
5.2 Departamentos, organización, y empresas adscritos.
5.2.1 Departamentos:
- Intervención
- Tesorería
- Informática
- Recursos humanos
5.2.2 Empresas:
- Empresa de Servicios del Municipio de Manacor, SA (SAM).
A pesar de la adscripción directa de los departamentos de Intervención, Tesorería e Informática en el Área de Economía y Recursos Humanos, las funciones de los mencionados departamentos extienden también a todo el resto de áreas de gestión municipal dada la naturaleza transversal de las funciones que llevan a cabo ambos departamentos municipales.
6. Área de Interior y Deportes.
6.1 Atribuciones:
Las atribuciones de Área de Interior y Deportes son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
- Policía Local, Seguridad Ciudadana y Protección Civil
- Fomento y promoción del deporte
- Instalaciones deportivas
- Relación y cooperación con organismos y entidades en orden a la práctica y fomento de la actividad deportiva
6.2 Departamentos, organización, y empresas adscritos.
6.2.1 Departamentos:
- Policía Local
- Deportes
6.2.2 organismos autónomos:
- Patronato Municipal de Deportes de Manacor.
7. Área de Políticas Sociales, Comercio, Industria, Sanidad y Consumo
7.1 Atribuciones:
Las atribuciones de Área de Políticas Sociales, Comercio, Industria, Sanidad y Consumo son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
- Servicios Sociales
- Políticas de Igualdad
- Mayores.
- Plaza de abastecimiento.
- Matadero.
- Agricultura
- Ferias y mercados
- Fomento, diseño y promoción del comercio y de la industria.
- Sanidad.
- Consumo.
- Gestión del convenio "Consumo en tu casa"
Departamentos, organización, y empresas adscritos.
7.2.1 Departamentos:
- Servicios Sociales
- Comercio
TERCERO. Los decretos de delegación correspondientes establecerán las competencias generales que deben desarrollar los titulares responsables de las áreas y servicios delegados en el ejercicio de las atribuciones que tienen conferidas.
CUARTO. En carácter general los departamentos adscritos a las áreas que componen la estructura administrativa del Ayuntamiento de Manacor desarrollarán su actividad bajo el principio de cooperación interdepartamental con el objetivo de procurar la eficiencia de los servicios municipales que corresponde prestar dentro la estructura organizativa general de la corporación y de sus organismos dependientes.
QUINTO El presente decreto entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOIB de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales".
Manacor, 3 de noviembre de 2017
La alcaldesa,
Catalina Riera Mascaró