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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 12371
Delegación de firma del conforme de los certificatos en los tenientes de alcalde

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Texto

La alcaldía presidencia, a fecha 30 de octubre de 2017, ha dictado el siguiente:

“DECRETO

Visto el decreto de 18 de noviembre de 2015, inscripción núm. 2992/2015, de delegación en los Tenientes de Alcalde del visto bueno de los certificados.

Dado que por decreto de fecha 30 de octubre de 2017, se ha procedido a la renovación del nombramiento de los Tenientes de Alcalde y de las delegaciones de competencia de esta alcaldía

Fundamentos de derecho

- Artículos 204 y 205 del RD 2568/1986, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, que disponen que el secretario debe entregar los certificados por orden del presidente o presidenta de la corporación y con su visto bueno.

- Artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, que establece que los órganos de las diferentes administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la propia Administración.

- Artículo 64.2 del RD 2568/1986 citado, que establece que la delegación de atribuciones de la Presidencia tendrá efectos desde el día siguiente de la fecha del decreto, salvo que se disponga otra cosa, sin perjuicio de la preceptiva publicación en el boletín oficial de la provincia.

Considerando los principios generales de eficacia y celeridad que deben presidir la actuación de las administraciones públicas, se considera oportuno y conveniente delegar la firma del visado de los certificados.

RESUELVO

Primero.Mantener la delegación efectuada para que los certificados sean entregados por orden y con el visto bueno del teniente o de la teniente de alcalde delegado / a del área correspondiente, que debe actuar por delegación de esta alcaldía; haciendo constar esta circunstancia en los correspondientes certificados.

Segundo. Entender esta delegación sin perjuicio de la avocación para determinados certificados, que debe ser revocable en cualquier momento.

Tercero. Publicar este en el Boletín Oficial de las Illes Balears, sin perjuicio de su efectividad a partir de mañana.

Manacor, 30 de octubre de 2017

La alcaldesa

Catalina Riera Mascaró