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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 12172
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 19 de octubre de 2017 por la que se dispone la inscripción del cambio de denominación de la dirección del IES Algarb en el Registro de centros docentes de la Consejería de Educación y Universidad

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Texto

Hechos

1.  Mediante el Real decreto 1040/1994, de 13 de mayo (BOE n.º 147, de 21 de junio), se creó el Instituto de Educación Secundaria Algarb, en Ibiza, con el código 07007929.

2.  Mediante una orden de 22 de junio de 1994 (BOE n.º 160, de 6 de julio), se dispuso la puesta en funcionamiento de los nuevos institutos de educación secundaria (entre los cuales el IES Algarb) y se autorizó la implantación y la modificación de enseñanzas para el curso 1994-1995.

3.  El 21 de septiembre de 2017, el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia presentó un escrito mediante el cual confirmaba que el nombre actual de la calle donde está ubicado el IES Algarb, que antes era carretera del Aeropuerto, n.º 3, ahora es calle de Guillem de Montgrí, s/n.

4.  El 17 de octubre de 2017, el jefe del Departamento de Planificación y Centros informó favorablemente la inscripción del cambio de denominación de la dirección del IES Algarb en el Registro de centros docentes de la Consejería de Educación y Universidad.

Fundamentos de derecho

1.  La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE n.º 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán n.º 7 de 1985).

2.  La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE n.º 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán n.º 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE n.º 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).

3.  El Decreto 120/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria (BOIB n.º 120, de 5 de octubre), que regula, en el artículo 2, la creación, la modificación y la supresión de los institutos de educación secundaria obligatoria.

4.  La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 44, de 3 de abril).

5.  El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE n.º 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán n.º 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

6.  El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 120, de 8 de agosto), modificado por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero (BOIB n.º 23, de 18 de febrero), y por el Decreto 11/2016, de 11 de mayo (BOIB n.º 60, de 12 de mayo).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha de 18 de octubre de 2017, dicto la siguiente

Resolución

1.  Disponer la inscripción del cambio de denominación de la dirección del IES Algarb, que antes era carretera del Aeropuerto, n.º 3, y ahora pasa a ser calle de Guillem de Montgrí, s/n, en el Registro de centros docentes de la Consejería de Educación y Universidad.

2.  Notificar esta Resolución a la dirección del IES Algarb, a la Dirección General de Personal Docente y al Departamento de Gestión Económica de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Universidad para su conocimiento.

3.  Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

  

Palma, 19 de octubre de 2017

  

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà