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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 12170
Extracto de la aprobación por parte del Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa de día 16 de octubre de 2017 de la convocatoria de ayudas para el fomento del sector artesano, para el año 2017

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Texto

Nº Identificación BDNS: 368844

De conformidad con aquello establecido en los artículos 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas para el fomento del sector artesano, para el año 2017.

Primero.

Justificación.

La artesanía es competencia propia de este Consell Insular d'Eivissa, por la Ley 8/1999 de 12 de abril, de atribución de competencias a los Consells Insulars de Menorca y d'Eivissa i Formentera (BOCAIB núm. 51 de 24/04/1999) en materia de agricultura, pesca y artesanía.

El Decreto de Presidencia número 285, de 6 de julio de 2015, publicado en el BOIB número 100 de 7 de julio de 2015, corregido en el BOIB número 103 de 10 de julio de 2015, atribuye al Departamento de Interior, Comercio, Industria y Relaciones Institucionales la gestión de las competencias propias de los Consells Insulars en relación con las materias de industria (...).

La mejora de los talleres y la modernización de los procesos de producción artesanales son acciones prioritarias en la estrategia de dinamización y promoción de la artesanía de Ibiza respecto al fortalecimiento de su competitividad.

Segundo.-

Objeto y beneficiarios.

El objeto de esta convocatoria es fijar el procedimiento de concesión de las ayudas económicas dirigidas al fomento del sector artesano, personas artesanas y empresas artesanales, para la mejora de los talleres en la adquisición del inmovilizado (equipamientos, maquinarias, utillaje y mobiliario) y la creación de páginas web para el fomento y la comercialización de productos artesanos, para el año 2017, de acuerdo con las características y los requisitos que se establezcan.

Podrán concurrir a esta convocatoria las personas artesanas y empresas artesanales que estén en posesión de la carta de artesano/a, de la carta de maestro/a artesano/a, del Documento de Calificación Artesanal (DQA), o bien que puedan acreditar haber realizado la solicitud para su obtención y entregado toda la documentación requerida para su tramitación antes de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), y que hayan realizado, entre el día 16 de octubre de 2016 y el 30 de octubre de 2017 (ambos incluidos), acciones relacionadas con la mejora de los talleres en la adquisición del inmovilizado (equipamientos, maquinaria, utillage y mobiliario) y la creación de páginas web para el fomento y la comercialización de productos artesanos.

Tercero.-

Dotación económica.

La cantidad económica destinada a esta convocatoria es de VEINTE MIL EUROS (20.000,00 €) que se distribuirán de la siguiente manera:

VEINTE MIL EUROS (20.000,00 €), a cargo de la aplicación presupuestaria 433.77000, para la mejora de talleres artesanos en adquisición de inmovilizado (equipamientos, maquinaria, utillaje, mobiliario,...) y creación de páginas web para el fomento y comercialización de productos artesanos.

El importe máximo de la ayuda por beneficiario será de TRES MIL EUROS (3.000,00 €)

 

Cuarto.-

Plazo de la presentación de la solicitud.

El plazo para la presentación de las solicitudes finalizará el 10 de noviembre de 2017.

 

Ibiza, 31 de octubre de 2017

El secretario técnico de Economía, Hacienda, Industria y Comercio,

Sergio Sora Pascual