Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 12168
Departamento de Personal. Servicio de Selección, Provisión y Gestión. Estimación recurso de reposición aprobación bases y convocatoria bolsín extraordinario TAG
La Concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior, por resolución número 19.033 de 17 de octubre de 2017, acordó lo siguiente:
PRIMERO.- Estimar el recurso de reposición presentado por la Sra. M.A.S.M, rectificando el decreto 17633, de 26 de septiembre de la Regidora del área de Función Pública y gobierno interior, publicado en el BOIB núm. 123, de 7 de octubre por el cual se aprueban las bases y la convocatoria para la constitución de un bolsín extraordinario y urgente por el sistema de concurso por el turno libre para posteriores nombramientos como funcionarios interinos de técnicos de Administración General del Ayuntamiento de Palma encuadrados en la escala de Administración General, subescala técnica, especialista TAG , grupo A, subgrupo A1, en el sentido de incluir como requisito de acceso el título de Grado en Ciencias jurídicas de las administraciones públicas.
SEGUNDO.- La publicación del presente decreto, abrirá un nuevo plazo de OCHO DÍAS HABILES para presentar solicitudes, contados a partir del día siguiente de su publicación al Boletín Oficial de las Islas Baleares. Las persones aspirantes que han presentado instancia a la convocatoria publicada al Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 123, de día 7 de octubre de 2017, no tienen que presentar nuevamente instancia
TERCERO.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, conforme lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir la presente notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el registro general de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no haya resuelto y notificada la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición. En este caso queda expedita la vía contencioso administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículo citado anteriormente, y los 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.
Palma, 18 de octubre de 2017
La jefe del Servicio de Selección, Provisión y Gestión
p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014
(BOIB núm. 30, de 04/03/2014)
Esperanza Vega Terrón