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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 12124
Modificación de los precios públicos de Actividades lúdico-culturales y formativas Otoño Cultural

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Alcúdia, en sesión extraordinaria de 30 de octubre de 2017, y en relación al expediente de "Modificación de los precios públicos de Actividades lúdico-culturales y formativas Otoño Cultural", llegó al siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Aprobar la modificación del anexo de la ordenanza reguladora del precio público para la prestación de servicios o realización de actividades municipales, resultando el siguiente cuadro de tarifas para el Otoño Cultural:

CUADRO DE TARIFAS ÁREA DE CULTURA Y EDUCACIÓN

OTOÑO CULTURAL

PRECIO CURSO

HORAS CURSO

TARIFA GENERAL

MAYORES DE 65 AÑOS

ARTES PLÁSTICAS PARA NIÑOS DE 6 A 14 AÑOS

50

80,00 €

BORDADOS

130

60,00 €

30,00 €

CERÁMICA ADULTOS

100

240,00 €

120,00 €

COSTURA CREATIVA

80

135,00 €

67,50 €

CURSOS DE COCINA

3

25,00 €

12,50 €

EXPRESIÓN CORPORAL. TERAPIA GESTALT

24

50,00 €

25,00 €

FOTOGRAFÍA DIGITAL

40

75,00 €

37,50 €

INICIACIÓN A LA ASTRONOMÍA

12

30,00 €

15,00 €

INICIACIÓN AL TANGO

15

40,00 €

20,00 €

MONOGRÁFICOS DE ARTES PLÁSTICAS PARA NIÑOS

16

55,00 €

MONOGRÁFICOS DE FOTOGRAFÍA

8

50,00 €

25,00 €

PATRONAJE Y CONFECCIÓN

80

135,00 €

67,50 €

PINTURA ADULTOS

50

90,00 €

45,00 €

SALSA, BAILE DE SALA, BAILE DE LÍNEA

25

50,00 €

25,00 €

SEVILLANAS

50

60,00 €

30,00 €

TEATRO INFANTIL Y JUVENIL

50

70,00 €

TEATRO ADULTOS

50

95,00 €

47,50 €

Para las persones que hayan participado en el Programa Via Fora organizado por el Ayuntamiento de Alcudia, en calidad de figurante del año en curso, los cursos de teatro serán gratuitos.

SEGUNDO.- El establecimiento de este texto regulador del precio público entrará en vigor y empezará a aplicarse a partir del día siguiente a la publicación del acuerdo en el BOIB.

TERCERO.- Publicar el presente acuerdo en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos previstos en el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Contra el presente acuerdo, como acto administrativo que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que dictó el acto.

Si no ama oportuna la interposición del recurso potestativo de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados en la misma forma ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo señalado en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Alcudia, 31 de octubre de 2017

El Alcalde,

Antonio Mir Llabrés