Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 11983
Ejecución de títulos judiciales 227/2017
D/Dª BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000227 /2017 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª VANESSA VICTORIA VALERO SANCHEZ contra la empresa ALMOVA GE2012 SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo:
- Despachar la orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante VANESSA VICTORIA VALERO SANCHEZ frente a ALMOVA GE2012 SL.
- No ha lugar a despachar ejecución frente al administrador/liquidador FERNANDO ALONSO JENTOFT por no estar condenado en sentencia.
- No ha lugar a despachar ejecución por las cantidades que se relacionan en escrito de ejecución al no constar extinguida la relación laboral entre las partes, trámite previo al despacho de ejecución dineraria.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la/s infracción/es cometida/s en la resolución, cumplimiento o incumplimiento de presupuestos y requisitos procesales exigidos y/o oposición a la ejecución despachada en los términos previstos en el art. 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
EL/LA JUEZ EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/SRA D/Dª. BEGOÑA MARÍ RUIZ
En PALMA DE MALLORCA, a veintitrés de octubre de dos mil diecisiete.
VANESSA VICTORIA VALERO SANCHEZ solicita la ejecución de la sentencia frente a ALMOVA GE 2012 SL sin que le haya repuesto en su puesto de trabajo y manifiesta que la empresa esta liquidada, solicita que se proceda a la ejecución regular del fallo de conformidad con lo establecido en el art. 281 de la L.P.L. acuerdo:
Fijar el próximo día 30/11/2017 a las 10:00 horas para la celebración de la comparecencia en la Sala de Juicios nº 6 del Juzgado de lo Social nº uno de Palma, debiendo asistir con los medios de prueba de que intenten valerse.
- Sin perjuicio de citar a la empresa por medio de edictos.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a VANESSA VICTORIA VALERO SANCHEZ, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Baleares.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a veintitrés de octubre de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA