Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 11940
Concesión de las ayudas del Consell Insular de Menorca a la formación y al asesoramiento del sector agrario del año 2017
Se hace público que el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en sesión ordinaria de día 9 de octubre de 2017, de conformidad con las bases aprobadas en fecha 29.05.2017 y publicadas en el BOIB núm. 95, de 03.08.2017 , adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.- Conceder las ayudas siguientes, por un importe total de 35.050,40 €, para participar en los gastos originados por las entidades relacionadas con la actividad agraria para la realización de acciones de formación y capacitación en el sector agrario de la isla de Menorca entre el 1 de enero y el 30 de noviembre del año de la convocatoria, con cargo a la partida 6.41230.4890000 del presupuesto del CIM para el año 2017:
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SOLICITANTE |
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COOP. MONTE TORO F07013196 |
COINGA F07016728 |
UNIÓ DE PAGESOS G07277171 |
APAEM G57207458 |
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Curso TIC |
Jornada |
Curso TIC |
Curso FITO |
Curso TIC |
Jornada |
Jornadas |
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COSTE ACCIÓN |
6.554,50 € |
2.000,90 € |
6.995,00 € |
3.500,00 € |
7.000,00 € |
5.000,00 € |
4.000,00 € |
Propuesta concesión |
8.555,40 € |
10.495,00 € |
12.000,00 € |
4.000,00 € |
Segundo.- El plazo para justificar los gastos que constituyen el objeto de la subvención finaliza día 30 de noviembre de 2017. Para justificarlas, se presentará la documentación que se indica en la base 12 de la convocatoria.
Interposición de recursos
Contra este acuerdo que no agota la via administrativa se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dia siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el articulo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares
El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
Maó, a 23 de octubre de 2017
El secretario del Consejo Ejecutivo
Octavi Pons Castejón