Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 11989
Resolución del expediente de otorgamiento de las ayudas económicas para inversiones destinadas a la autorización y acreditación de los servicios y / o centros dirigidos a la atención de población del sistema de protección de menores y de inclusión del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, para el año 2017
Ref. Base de Datos Nacional de Subvenciones: 357427
El 24 de octubre de 2017, la presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales ha resuelto:
«Antecedentes:
1. El 24 de julio de 2017, la presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) aprobó el expediente de la convocatoria pública de ayudas económicas para inversiones destinadas a la autorización y acreditación de los servicios y / o centros dirigidos a la atención de población del sistema de protección de menores y de inclusión, para el año 2017. a esta resolución se autorizó el gasto derivado de este expediente por el importe total de setecientos sesenta mil euros (760.000,00 €), con cargo a la partida 00.23102.78001 del vigente presupuesto de gastos del IMAS (referencia contable Q // 2017/1545).
2. La convocatoria se publicó en el BOIB núm. 92, de 29 de julio de 2017.
3. Una vez revisadas las solicitudes admitidas y subsanadas, si era posible, las deficiencias que presentaban, la Comisión Evaluadora se reunió el 3 de octubre de 2017. Aplicados los criterios de valoración establecidos en las bases y la convocatoria, va formular la correspondiente propuesta de resolución.
4. Dado que la concesión de las ayudas es posterior a la fecha límite prevista para la presentación de la justificación intermedia, contemplada en el punto 11 (Pago y anticipos) de la convocatoria (La fecha límite para la presentación de esta justificación es 30 de septiembre de 2017.), y dado que esta situación se ha convertido de las circunstancias de la tramitación del procedimiento de resolución de la convocatoria, y no perjudica a terceros, es conveniente aprobar un nuevo plazo límite para la presentación de la justificación intermedia correspondiente al periodo del 1 de enero de 2016 hasta el 31 de agosto de 2017.
Consideraciones jurídicas:
1. El Pleno del Consejo de Mallorca, por acuerdo de fecha 13 de octubre de 2016, aprobó el Texto consolidado de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (BOIB núm. 140, de 5 de noviembre de 2016). Este organismo tiene como objeto fundamental, de acuerdo con el artículo 2.1 de sus Estatutos, el ejercicio, en forma directa y descentralizada, de las competencias atribuidas por cualquier título al Consejo de Mallorca en materia de servicios sociales y menores.
2. De acuerdo con el artículo 70.4 del Estatuto de Autonomía, son competencias propias de los consejos los servicios sociales y la asistencia social y la política de protección y atención a personas dependientes.
3. De acuerdo con el artículo 3 de los Estatutos del IMAS, este organismo tiene personalidad jurídica propia y la capacidad de obrar necesaria para cumplir sus fines. Entre sus facultades en el punto b) de este artículo 3 se encuentra la de otorgar subvenciones.
Por otro lado, el artículo 7.2 g de los Estatutos del IMAS establece que corresponde a la presidencia aprobar y resolver los procedimientos de ayudas y subvenciones.
4. De acuerdo con el art. 8 de la Ley 38/2003, general de subvenciones, con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión en los términos previstos en la Ley.
5. El Pleno del Consejo de Mallorca, en sesión de 23 de diciembre de 2016 aprobó la Ordenanza General de Subvenciones (BOIB núm. 21 de 18 de febrero de 2017). Ordenanza que de acuerdo con su artículo 1 tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por el Consejo Insular de Mallorca, los organismos autónomos dependientes y las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes que otorguen subvenciones dentro del ejercicio de potestades administrativas.
6. De acuerdo con la Ordenanza General de Subvenciones y con la convocatoria, el procedimiento de selección de las entidades beneficiarias se hará mediante concurrencia competitiva, en los términos previstos en el artículo 21 de la Ordenanza mencionada.
7. La Comisión Evaluadora constituida para esta convocatoria ha estudiado y comprobado todas las solicitudes presentadas, y ha emitido el informe que sirve de base al órgano instructor para elaborar la propuesta de resolución correspondiente.
8. En virtud del punto 9 de la resolución de aprobación de esta convocatoria de ayudas económicas, Las resoluciones de concesión de las ayudas se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 45.1 de la LPAC.
Las resoluciones de denegación de las ayudas se notificarán individualmente a las entidades interesadas.
Por todo ello,
RESUELVO
Primero. OTORGAR las ayudas económicas a las siguientes entidades que llevan a cabo inversiones destinadas a la autorización y acreditación de los servicios y / o centros dirigidos a la atención de población del sistema de protección de menores y de inclusión del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, para el año 2017, por los conceptos y los importes que seguidamente se reseñan, así como DISPONER en su favor un gasto por un importe total de SETECIENTOS SESENTA MIL EUROS (760.000,00 €), con cargo a la partida 00.23102.78001 del vigente presupuesto de gastos del IMAS (documento contable D con núm. de relación Q / 2017/1545), de acuerdo con el siguiente detalle:
Anexo I
Segundo. DENEGAR las ayudas económicas derivadas de esta convocatoria a las siguientes entidades y por los motivos que se exponen en el siguiente cuadro:
Anexo II
Tercero. Modificar el punto 11 (Pago y anticipos) de la convocatoria que nos ocupa respecto a la fecha límite para la presentación de la justificación intermedia correspondiente al periodo del 1 de enero de 2016 hasta el 31 de agosto de 2017. Esta fecha límite será de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Cuarto. Ordenar la publicación de esta resolución en el tablón de edictos y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Quinto. Notificar esta resolución a las entidades relacionadas a las que se les han denegado las ayudas, el jefe de la Sección de Inserción Social, el Servicio de Gestión Económica y la Intervención Delegada del IMAS.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 27.1 del Texto consolidado de los Estatutos del IMAS aprobado por el Pleno del Consejo de Mallorca de fecha 13 de octubre de 2016 (BOIB núm. 140, de 5 de noviembre de 2016), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. »
Palma, 24 de octubre de 2017
La secretaria delegada
(BOIB núm. 109, de 5-09-2017)
Mª Ángeles Vanrell Julià
Anexo I
ENTIDAD |
CIF |
PROYECTO |
PRESUPUESTO TOTAL |
PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE |
TOTAL SOLICITADO ENTIDAD |
IMPORTE SUBVENCIÓN |
IMPORTE OBRAS |
IMPORTE MOBILIARIO |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
CREU ROJA ESPANYOLA ILLES BALEARS |
Q2866001-6 |
Adequació i millora de l'oficina reforma bany minusvàlids |
46.998,28 € |
46.998,28 € |
46.998,28 € |
42.848,99 € |
42.849,99 € |
0,00 € |
CARITAS DIOCESANA |
R0700067B |
obres de millora i dotació mobiliari a menjador-entrada cuina |
85.812,38 € |
75.000,00 € |
85.812,38 € |
68.378,54 € |
54.702,83 € |
13.675,71 € |
ASSOCIACIÓ PASTORAL PENITENCIARIA |
G57272619 |
Pis Acollida – pis de tots |
197.000,00 € |
60.000,00 € |
60.000,00 € |
54.702,83 € |
54.702,83 € |
|
ASSOCIACIÓ PASTORAL PENITENCIARIA |
G57272619 |
Dotació mobiliari i maquinària |
16.000,00 € |
15.000,00 € |
15.000,00 € |
13.675,71 € |
|
13.675,71 € |
FUNDACIÓ INSTITUT DE REINSERCIÓ SOCIAL (IRES) |
G64147184 |
Millora accessibilitat a planta soterrani |
30.461,00 € |
27.771,72 € |
30.461,00 € |
27.771,72 € |
27.771,72 € |
|
Fundación de Solidaridad AMARANTA Residència Juvenil Jorbalan. Programa A-10 |
G84913946 |
obres de millora i adequació de bany, cuina, climatització, il·luminació, dotació maquinària |
77.089,64 € |
68.378,54 € |
75.000,00 € |
68.378,54 € |
54.702,83 € |
13.675,71 € |
Fundación de SolidaridadAMARANTA CALIU. Pis d'acollidaper a mares amb fills/es a càrrec |
G84913946 |
Adequació de banys per accés discapacitats |
49.825,88 € |
45.426,95 € |
49.825,88 € |
45.426,95 € |
32.984,13 € |
12.442,82 € |
EL TEMPLE CONGREGACIÓ TRINITÀRIES |
R0700111H |
obres millora i adequació projecte elèctric , mobiliari cuina i dotació maquinaria |
74.620,00 € |
68.032,09 € |
74.620,00 € |
68.032,09 € |
54.702,83 € |
13.329,26 € |
NAZARET PISTA D'ATERRATGE |
G07038714 |
obres de millora i adequació de bany per a discapacitats |
24.113,55 € |
15.446,20 € |
15.446,20 € |
14.082,52 € |
10.227,02 € |
3.855,50 € |
NAZARET PER UN FUTUR |
G07038714 |
obres de millora i adequació banys, i cuina, millora habitacions |
24.283,16 € |
23.209,36 € |
24.283,16 € |
21.160,30 € |
17.350,38 € |
3.809,92 € |
NAZARET QUART CREIXENT |
G07038714 |
obres de millora i adequació per manteniment sala quart, d |
27.675,26 € |
17.393,31 € |
27.675,26 € |
15.857,72 € |
7.419,96 € |
8.437,76 € |
ASSOCIACIÓ AMÈS A-14 |
G57320012 |
dotació de mobiliari |
14.517,08 € |
13.235,42 € |
14.517,08 € |
13.235,42 € |
0,00 € |
13.235,42 € |
PADRE MONTALVO |
G07138027 |
dotació de mobiliari |
10.061,15 € |
9.172,89 € |
10.061,15 € |
9.172,89 € |
0,00 € |
9.172,89 € |
AMADIBA LLAR 3 “4X4 MANACOR” |
G07758667 |
OBRES de reforma llar 3 i mobiliari |
78.970,66 € |
67.934,27 € |
74.512,70 € |
67.934,27 € |
54.702,84 € |
13.231,43 € |
AMADIBA LLAR 2 “4X4 MANACOR” |
G07758668 |
OBRES de reforma llar 2 i mobiliari |
73.869,30 € |
67.347,67 € |
73.869,30 € |
67.347,67 € |
54.702,84 € |
12.644,83 € |
AMADIBA LLAR 1 “4X4 MANACOR” |
G07758669 |
OBRES de reforma i mobiliari |
79.042,84 € |
68.378,54 € |
75.000,00 € |
68.378,54 € |
54.702,83 € |
13.675,71 € |
AMADIBA Mejorando Tavernera |
G07758670 |
OBRES de reforma llar 1 i mobiliari |
79.705,34 € |
68.378,54 € |
75.000,00 € |
68.378,54 € |
54.702,83 € |
13.675,71 € |
FUNDACIÓ DEIXALLES |
G07255953 |
adequació instal·lacions Inca i Palma |
27.680,56 € |
25.236,76 € |
27.680,56 € |
25.236,76 € |
14,448,11 |
10,788,65 |
TOTAL |
|
|
|
|
|
760.000,00 € |
|
|
Annex II
ENTIDAD |
CIF |
PROYECTO |
PRESUPUESTO TOTAL |
PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE |
IMPORTE SOLICITADO |
BASE CONVOCATÒRIA |
---|---|---|---|---|---|---|
CENTRE MATER MISERICORDIAE |
R0700137C |
mejora infraestructura instalaciones y mobiliario |
76.114,02 € |
75.000,00 € |
75.000,00 € |
Primero, objeto convocatòria |
ASSOCIACIÓ A MES A12 |
G57320012 |
mobiliario |
12.904,82 € |
12.904,82 € |
12.904,82 € |
3 No disponer immueble |
ASSOCIACIÓ A MES A13 |
G57320012 |
mobiliario |
8.335,76 € |
8.335,76 € |
8,335,76 |
3 no disponer immueble |
FUNDACIÓ NATZARET |
G07038714 |
mobiliario |
11.078,49 € |
11.078,49 € |
11.078,49 € |
3 no disponer immueble |
FUNDACIÓ FORMACIÓ I RECERCA (FFR) |
G57433922 |
obras de mejora |
34.000,00 € |
34.000,00 € |
34.000,00 € |
3 no disponer immueble |
GRUPO DE EDUCADORES DE CALLE Y TRABAJO CON MENORES GREC |
G07267628 |
obras construcción Llar funcional de menores |
100.000,00 € |
60.000,00 € |
60.000,00 € |
Primero, objeto convocatoria |
GRUPO DE EDUCADORES DE CALLE Y TRABAJO CON MENORES GREC |
G07267628 |
obras eliminación barreras arquitectonicas |
28.490,09 € |
28.490,09 € |
28.490,09 € |
3 no disponer immueble |
GRUPO DE EDUCADORES DE CALLE Y TRABAJO CON MENORES GREC |
G07267628 |
mobiliario |
14.615,44 € |
14.615,44 € |
14.615,44 € |
3 no disponer immueble |