Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 11864
Resolución del expediente de otorgamiento de las ayudas económicas para entidades que realizan actividades de apoyo a los servicios sociales de atención primaria y actividades de apoyo para personas en situación de exclusión social con problemas añadidos de salud, para el año 2017
Resolución del expediente de otorgamiento de las ayudas económicas para entidades que realizan actividades de apoyo a los servicios sociales de atención primaria y actividades de apoyo para personas en situación de exclusión social con problemas añadidos de salud, para el año 2017
Ref. Base de Datos Nacional de Subvenciones: 357429
El 24 de octubre de 2017, la presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales ha resuelto:
«(...)
Primero. OTORGAR las ayudas económicas a las siguientes entidades que llevan a cabo actividades de apoyo a los servicios sociales de atención primaria y actividades de apoyo para personas en situación de exclusión social con problemas añadidos de salud, para el año 2017, por los conceptos y por los importes que seguidamente se reseñan, así como DISPONER en su favor un gasto por un importe total de TRESCIENTOS OCHENTA y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA y SIETE EUROS cON SETENTA CÉNTIMOS (385.287,70 €), con cargo a la partida 30.23152.48000 del vigente presupuesto de gastos del IMAS (documento contable D con núm. de relación Q / 2017/1542), de acuerdo con el siguiente detalle:
ENTIDADES ATENCIÓN PRIMARIA |
CIF |
PROYECTO |
PRESUPUESTO TOTAL |
PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE |
IMPORTE SOLICITADO |
PUNTUACIÓN |
IMPORT SUBVENCIÓ |
Germanes de la Caritat San Vicens de Paul – Projecte Naüm |
R0700696H |
PROGRAMA DE ACOGIDA O ATENCIÓN PSICOSOCIAL NAÜM |
123425,23 |
39820,19 |
39.820,19 € |
30 |
21.720,10 € |
CARITAS |
R0700067B |
ATENCIÓN PRIMARIA-ACCIÓN DE BASE |
246.000,00 € |
246.000,00 € |
"210.218,18 €" |
47 |
210.218,18 € |
CREU ROJA ILLES BALEARS |
Q2866001-6 |
SAUS, ATENCIÓN A PERSONAS DE URGEÈNCIA SOCIAL |
141.686,77 € |
141.686,77 € |
141.686,77 € |
44 |
113.349,42 € |
ENTIDADES CON PROBLEMAS AÑADIDOS DE SALUD |
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CAN GAZÀ |
G57226086 |
PROGRAMA DE ATENCIÓN INTEGRAL A PERSONAS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL CON ENFERMEDADES DE DISTINTO GRADO QUE DIFICULTAN O IMPIDEN SU REINCORPORACIÓN AL MERCADO ORDINARIO |
97.196,92 € |
50.000,00 € |
50.000,00 € |
44 |
40.000,00 € |
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385.287,70 € |
Segundo. Cancelar el documento contable A obrante en el expediente por la diferencia (importe no adjudicado por un total de 14.712,30 €) (documento contable A / con núm. De relación Q / 2017/1542).
Tercero. Modificar el punto 14 (Justificación económica y pago de la subvención) de la convocatoria que nos ocupa respecto a la fecha límite para la presentación de la justificación intermedia correspondiente al periodo del 1 de enero hasta el 31 de agosto de 2017. esta fecha límite será de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Cuarto. Ordenar la publicación de esta resolución en el tablón de edictos y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Quinto. Notificar esta resolución a las entidades relacionadas, al Jefe de la Sección de Inserción Social, el Servicio de Gestión Económica y la Intervención Delegada del IMAS.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 27.1 del Texto consolidado de los Estatutos del IMAS aprobado por el Pleno del Consejo de Mallorca de fecha 13 de octubre de 2016 (BOIB núm. 140, de 5 de noviembre de 2016), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. »
Palma, 24 de octubre de 2017
La secretaria delegada,
(BOIB núm. 109, de 5-09-2017)
Mª Ángeles Vanrell Julià