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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 17 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11849
Procedimiento Ordinario 904/2016. Notificación de sentencia

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Texto

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolucion del tenor literalsiguiente:

SENTENCIA Nº 182/2017

En Palma de Mallorca a dieciseis de octubre de dos mil diecisiete.

Visto por la Ilma. Sra. Dª MARGARITA ISABEL POVEDA BERNAL, MAGISTRADA titular del Juzgado de Primera Instancia Número Diecisiete de Palma de Mallorca los presentes autos de JUICIO ORDINARIO nº 904/2016 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Dª FRANCISCA LLANERAS FIOL, con Procurador Sr. Perello Oliver y Letrado Sr. Garau Obrador, y de otra, como demandados los DESCONOCIDOS HREDEROS DE Dª MARGARITA COLL ENSEÑAT, en situación de rebeldía procesal, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO DE UN INMUEBLE, se dicta la presente resolución en base a los siguientes:

MODO DE IMPUGNACIÓN: Notifiquese la presente resolución a las partes, haciendoles saber que, contra la misma cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, el cual se interpondrá por medio de escrito presentado ante este Juzgado dentro del plazo de VEINTE DÍAS, a partir del siguiente al de su notificación en  la forma establcida en el articulo 458 de la Ley 1/2000 de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Asimismo, adviertase a las partes que el recurso no se admitirá a trámite si no acreditan, al interponerlo, haber constituido, mediante su consignación en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, un deposito de 50 euros, de conformidad con lo establecido en la Disposicin Adicional Decimoquinta de la LOPJ introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la legislacion procesal para la implantacion de la nueva oficina judicial, así como el  importe de la tasa por el ejercicio de la potesta jurisdiccional en el orden jurisdiccional civil establecido por la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ambito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicologia y Ciencias Forenses (BOE num. 280, de 21 de noviembre de 2012), modificada por el Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ambito de la Administracion de Justicia y el sistema de asistencia juridica gratuita (BOE num. 47, de 23 de febrero de 2013), modifcada nuevamente por el articulo 11 del Real Derto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reduccion de carga financiera y otras medidas de orden social (BOE num. 51, de 28 de febrero de 2015).

EL TEXTO INTEGRO DE ESTA RESOLUCION SE ENCUENTRA EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO A DISPOSICION DE IGNORADOS HEREDEROS DE DÑA. MAGARITA COLL ENSEÑAT.

Por el presente, y en virtud de lo acordado en resolucion de esta fecha, y como consecuencia del ignorado paradero de IGNORADOS HEREDEROS DE MARGARITA COLL ENSEÑAT, se extiende la presente para que sirva de cedula de notificacion.

EN PALMA DE MALLORCA, a dieciseis de Octubre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA