Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES
Núm. 11765
Bases reguladoras para la concesión de premios individuales a deportistas destacados de Alcúdia para el ejercicio 2017
En sesión extraordinaria celebrada el 23 de octubre de 2017, el Consejo de Administración del Patronato Municipal de Deportes de Alcudia ha aprobado las bases reguladoras para la concesión de premios individuales destacados del Alcudia.
De acuerdo con el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, por medio del presente edicto se publican las bases referidas al Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
De la misma manera, se inicia el periodo de presentación de solicitudes a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB durante los veinte (20) días hábiles posteriores.
Alcúdia, 24 de octubre de 2017
El Presidente delegado del Patronato Municipal de Deportes
Joaquín Cantalapiedra Aloy
“BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE PREMIOS INDIVIDUALES A DEPORTISTAS DESTACADOS DE ALCÚDIA PARA EL EJERCICIO 2017
1. ObjeTO DE LA CONVOCATORIA.
El objeto de estas bases es regular los premios que concede el Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Alcúdia con el objetivo de apoyar, motivar e incentivar a los deportistas de Alcúdia que hayan conseguido varios méritos deportivos. Además, mediante su participación en diferentes campeonatos o eventos promocionan el nombre de nuestro Municipio.
2. Destinatarios.
Los/las beneficiarios/-arias de este premio serán aquellos ciudadanos empadronados en Alcúdia que durante el año 2017 han obtenido un resultado destacado en algún campeonato deportivo.
3. Requisitos.
Para poder optar a un premio los/las beneficiarios/-arias tienen que cumplir con los siguientes requisitos.
4. Dotación presUPUEstaria.
Para esta finalidad existe crédito adecuado y suficiente de 7.000€ en la partida presupuestaria SE 341 489001 para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las subvenciones.
5. FORMA Y DOCUMENTACIÓN DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
Las personas interesadas que soliciten acogerse a la presente convocatoria tendrán que presentar la siguiente documentación:
a. Solicitud (Anexo 1).
b. Fotocopia del DNI o Pasaporte del solicitante.
c. Documento bancario en que consten los datos de la cuenta donde abonar el premio y el titular.
d. Autorización para la consulta de los datos de empadronamiento de la persona solicitante (Anexo 2).
e. Certificado o acreditación de la correspondiente Federación deportiva (Si contempla la modalidad deportiva en cuestión) o del órgano competente del acontecimiento deportivo, donde conste en su caso la participación, inscripción, marcas, lugares conseguidos, etc. de la temporada 2017.
f. Relación de ayudas y subvenciones concedidas por el mismo concepto (Annex 3)
g. Certificado de estar al corriente de las obligacions fiscales con
i. Hacienda
ii. Seguridad social
h. Autorización para la consulta de los datos de estar al corriente con las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Alcúdia (Anexo 4)
i. Declaración responsable del cumplimento de los requisitos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (Anexo 5)
j. Enviar fotografía practicando el deporte con el que opta al premio vía correo electrónico a patronat@alcudia.net
6. TERMINIO DE PRESENTACIÓN.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria en el BOIB.
7. CUANTÍA Y NÚMERO DE AYUDAS.
Se establece la cantidad global de 7.000 euros, que se distribuirá de forma individualizada para cada uno de los beneficiarios siguiendo los criterios detallados en el apartado siguiente. En cualquier caso un participante no podrá recibir más de 1.000 euros.
8. Criterios de Valoración.
Los criterios de valoración de los premios serán los siguientes:
Resultado |
Campeonato |
Puntos |
|
---|---|---|---|
2n Clasificado |
Ct. Mallorca |
150 |
|
1er Clasificado |
Ct. Mallorca |
200 |
|
2n Clasificado |
Ct. Illes Balears |
300 |
|
1er Clasificado |
Ct. Illes Balears |
400 |
|
Participación |
Ct. España |
500 |
|
5è Clasificado |
Ct. España |
550 |
|
4rt Clasificado |
Ct. España |
600 |
|
3er Clasificado |
Ct. España |
650 |
|
2n Clasificado |
Ct. España |
700 |
|
1er Clasificado |
Ct. España |
750 |
|
Participación |
Programa deportistas CTIB |
800 |
|
Participación |
Programa deportistas CAR |
900 |
|
Participación |
Ct. Europeo o mundial |
1000 |
|
Destacado |
Ct. Europeo o mundial |
1200 |
|
Participación |
Ct. Preolímpico o Olímpico |
1500 |
|
|
|
|
|
Destacado ² |
Prueba internacional celebrada fuera de las Illes Balears |
400 |
|
|
|
|
|
¹ |
Obtener un resultado entre los 8 primeros clasificados |
||
² |
Obtener un resultado entre los 20 primeros clasificados |
El importe correspondiente a cada solicitante se calculará de la siguiente manera:
Qn= 7000€ x Punts participant
Σ Punts de tots els participants
En ningún caso se dará una cantidad superior a los 1.000 euros por solicitante
9. COMISIÓN DE VALORACIÓN.
La comisión de Valoración estará formada por los siguientes miembros:
Las funciones de la citada comisión serán los siguientes:
10. OTORGAMIENTO
En cuanto al proceso administrativo de concesión de los premios, el jurado atenderá los siguientes periodos:
Una vez finalizado el plazo de presentación i examinadas todas las solicitudes, esta comisión emitirá un informe-propuesta con la lista de admitidos y excluidos y los motivos de exclusión, que tiene que servir de base para elaborar la resolución provisional de admitidos y excluidos por parte del Presidente Delegado del Patronato Municipal de Deportes, de acuerdo con los criterios de valoración y los requisitos establecidos en estas bases. En caso de no haber excluidos se elevará la propuesta a definitiva de admitidos y excluidos.
Esta lista se expondrá en la página Web y al tablón de anuncios del Ayuntamiento y del Patronato Municipal de Deportes.
Los solicitantes podrán presentar, en el plazo de 3 días hábiles contados a partir del siguiente a la exposición de la resolución provisional, las oportunas reclamaciones acompañadas de la documentación que estimen conveniente, que tendrá que ser presentada en el registro de entrada del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Alcúdia en horario de atención al público. Finalizado este plazo, la comisión de valoración examinará la documentación presentada y elevará una nueva propuesta al Presidente del Patronato Municipal de deportes para elaborar la Resolución definitiva de Admitidos y Excluidos.
11. RESOLUCIÓN DE LA COVOCATORIA
Publicada la Resolución definitiva de Admitidos y Excluidos, la comisión evaluadora elevará la propuesta provisional de puntos al Presidente del Patronato municipal de Deportes para la elaboración de la Resolución Provisional de Puntos.
En el plazo de 3 días hábiles contados a partir del siguiente a la exposición de la Resolución Provisional de Puntos los solicitantes podrán presentar las enmiendas y alegaciones que consideren oportunas.
Una vez la Comisión Evaluadora haya analizado la documentación aportada para enmendar y a la vista de las alegaciones presentadas, elaborará un informe que tiene que servir de base para elaborar la Resolución Definitiva de concesión que expresará la lista de personas beneficiarias y la cantidad de la ayuda otorgada.
El Presidente delegado del Patronato Municipal de Deportes, en vista del informe, aprobará la resolución de la convocatoria, que será expuesta en los lugares de información señalados en las bases de esta convocatoria.
12. Pago de los premios
El pago de los premios se realizará mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada por el solicitante.
13. RETENCIONES
Estos premios están sujetos a retención que se aplicaran sobre la cuantía obtenida
14.RÉgiMEN DE RECURSOS.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes desde su publicación o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses.
El Presidente delegado del El técnico del Patronato
Patronato Municipal de Deportes Municipal de Deportes
Joaquin Cantalapiedra Aloy Rubén T. Alcalde Guevara
Registro de entrada |
ANEXO 1
SOLICITUD DE PREMIOS PARA DeportistAs DE ALCUDIA DESTACADOS DURANTE EL AÑO 2017.
Datos del Solicitante:
Nombre del solicitante:___________________________con DNI______________
Representado por_______________________________con DNI______________
Dirección______________________ Población_____________C.P:___________
Teléfono________________Correo electrónico____________________________
Máximo resultado obtenido durante la temporada:
Deporte:____________Campeonato:__________________Resultado:_____
EXPONGO:
Que estoy interesado en participar en los premios para deportistas destacados durante el 2017 que otorga el Patronat Municipal de deportes del Ayuntamiento de Alcudia.
Por esto, SOLICITO
Que se acepte a trámite esta solicitud para participar per en la convocatoria de PREMIOS PARA DEPORTISTAS DESTACADOS DE ALCUDIA DURANTE EL AÑO 2017
Firma
ANEXO 2
AUTORITZACIÓN DATOS DEL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES
Yo, con DNI
autorizo al Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Alcudia a consultar mis datos del padrón municipal de habitantes
I para que conste, a los efectos que correspondan, firmo la presente a,
Alcudia, de de 2017
Firma
ANEXO 3
RELACIÓN DE AYUDAS Y SUBVENCIONES CONCEDIDAS POR EL MISMO CONCEPTO
Yo, ........................................................................................................................ con DNI ....................................
Declaro que
Sí He solicitado otra ayuda para la misma finalidad en otra entidad pública.
- Entidad: ......................................... Importe: ..........................................
- Entidad: ......................................... Importe: ..........................................
No He solicitado otra ayuda para la misma finalidad en otra entidad pública.
I para que conste, a los efectos que corresponda, firmo la presente en
Alcúdia, ........... de ....................................... de 2017
ANEXO 4
AUTORITZACIÓN CONSULTA DE LAS OBLIGACIONES FISCALES CON EL AYUNTAMIENTO DE ALCUDIA.
Yo, con DNI
autorizo al Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Alcudia a consultar mis datos de estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Alcudia.
I para que conste, a los efectos que corresponda, firmo la presente a,
Alcudia, de de 2017
Firma
ANEXO 5
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES
(BOE núm. 276, de 18.11.2003)
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INSTITUCIÓN O ENTIDAD
Nombre de la institución, entidad o empresa NIF
Dirige/domicilio social Código postal
Población Teléfono/s
Dirección electrónica Fax
DATOS DE LA PERSONA QUE ACTÚA EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE LA ENTIDAD
NIF
Apellidos y nombre
Dirige Código postal
Población
DECLARACIÓN
La persona firmante declara que la persona jurídica que representa no se encuentra en cabeza de las circunstancias previstas en el artículo13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.1
Fecha
Sello de la institución, entidad o emprendida Firma del/de la representante legal
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Artículo 13.2. No pueden obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones que regula esta Ley las personas o las entidades en las cuales se dé alguna de las circunstancias siguientes, salvo que por la naturaleza de la subvención lo exceptúe la normativa reguladora: a) Haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, estar declarados en concurso, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados de acuerdo con la Ley concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado ala sentencia de calificación del concurso. c) Haber dado lugar, por una causa de la cual hayan sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato subscrito con la Administración. d) Que la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o los que tengan la representación legal otras personas jurídicas,estén incursos en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la Nación y de los altos cargos de la Administración General del Estado; de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, o que se trate de cualquier de los cargos electivos que regula la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, en los términos que establezca esta normativa o la normativa autonómica que regule estas materias. e) No estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o ante la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine por reglamento. f) Tener la residencia fiscal en un país o un territorio calificado por reglamento como paraíso fiscal. g) No estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que se determinen por reglamento. h) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley o la Ley general tributaria. No pueden acceder a la condición de beneficiarios las agrupaciones previstas en el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 11 de esta Ley cuando concurra alguna de las prohibiciones anteriores en cualquier de sus miembros. Artículo 13.3. En ningún caso no pueden obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones que regula esta Ley las asociaciones incurses en las causas de prohibición que prevén los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo,reguladora del derecho de asociación. Tampoco pueden obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las asociaciones respecto a las cuales se haya suspendido el procedimiento administrativo de inscripción porque se hayan encontrado indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo que dispone el artículo 30.4 de la Ley orgánica1/2002, mientras no recaiga resolución judicial firme en virtud de la cual se pueda practicar la inscripción al registro correspondiente.”