Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 11740
Bases de la convocatoria para proveer el puesto de trabajo vacante de libre designación, Director/a Técnico/a Movilidad, Vías y Obras y Mantenimiento
Decreto de Alcaldía
Vistas las necesidades organizativas de esta Corporación, se ha de proveer temporalmente el puesto de trabajo vacante de libre designación, Director/a Técnico/a Movilidad, Vías y Obras y Mantenimiento, mediante una comisión de servicios ordinaria voluntaria.
Es por eso que, esta Tenencia de Alcaldía, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 21.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, dispone la siguiente
Resolución
1. Aprobar las bases de la convocatoria para proveer temporalmente el puesto de trabajo vacante de libre designación, Director/a Técnico/a Movilidad, Vías y Obras y Mantenimiento.
BASES
Primera.-
El objeto de esta convocatoria es la provisión del puesto de trabajo que se especifica:
Denominación: Director/a Técnico/a Movilidad, Vías y Obras y Mantenimiento
Grupo: A1/A2
Nivel: 26
Complemento específico anual: 23.462,38 €
Número de lugares a proveer: uno
Provisión: libre designación
Dedicación: sí
Disponibilidad: sí
Exclusividad: sí
Funciones generales y específicas del puesto de trabajo:
- Coordinar, dirigir e impulsar las actuaciones relativas a las áreas de actividad de Movilidad, Vías y Obras y Mantenimiento, bajo la dirección del Gerente, siendo responsable de la coordinación, organización y gestión del conjunto de unidades administrativas que comprenden estas áreas.
Requisitos de las persones aspirantes:
a) Ser funcionario/a de carrera al servicio de una administración pública, encontrarse en la situación administrativa de servicio activo y ocupar plaza del grupo A, subgrupo A1 o A2.
b) Conocimientos de la lengua catalana, nivel C1, que se acreditará formalmente mediante el correspondiente certificado expedido por el Govern Balear o título, diploma o certificado equivalente según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013).
Tercera.-
El plazo para presentar la solicitud para formar parte en este proceso selectivo es de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de estas bases en el BOIB. Los sucesivos anuncios se publicarán únicamente en el tablón de anuncios de la Corporación y en la página web del Ayuntamiento www.calvia.com.
Las solicitudes de participación y la documentación que corresponda se tienen que presentar en el registro general de entrada, o en cualquier de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Junto con la instancia se ha de presentar:
- Fotocopia del D.N.I.
- Un currículum vitae, con los documentos justificativos de los requisitos exigidos así como de los méritos que se aleguen, mediante certificaciones o fotocopias. No serán valorados aquellos que no queden debidamente acreditados, en todos sus extremos, dentro del plazo de presentación de instancias.
Cuarta.-
Se ha de constituir una Comisión de Valoración compuesta por tres funcionarios, al objeto de examinar y determinar, de acuerdo con la documentación presentada por las persones aspirantes, la solicitud más idónea para ocupar el puesto de trabajo convocado.
Las persones aspirantes podrán ser convocadas, en caso de que se considere oportuno, para realizar una entrevista sobre cuestiones derivadas de su trayectoria profesional y cualesquier otros que el órgano competente considere necesarias.
Una vez finalizado el trabajo de la Comisión de Valoración, esta tiene que presentar una propuesta de nombramiento a la Tenencia de Alcaldía de Servicios Generales y Seguridad, quien procederá a resolver el nombramiento.
Quinta.-
La duración de la comisión de servicios será de un año, sin perjuicio que este plazo pueda ser prorrogado según el previsto en el artículo 88 ter de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la CAIB.
Sexta.-
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el que dispone el arte. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde día siguiente al de la recepción de esta notificación, y en este caso no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta.
El recurso de reposición se ha de presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias y medios a que se refiere el arte. 16.4 de la Ley 39/2015 antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se resuelva y notifique en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su interposición, caso en que quedará expedita la vía contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se ha de interponer directamente recurso contencioso administrativo, con arreglo a lo establecido en el artículo 123 anteriormente citado, y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, ante los juzgados contenciosos administrativos de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. Esto sin perjuicio de cualquiera otro recurso o acción que se considere pertinente.
2. Ordenar la publicación de esta resolución en el BOIB, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal.
Calviá, (Fecha firma electrónica: 23/10/17)
Teniente de Alcalde delegado de Servicios Generales y Seguridad
(Delegación por resolución de Alcaldía de fecha 9/2/2017)
Andrés Serra Martínez