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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 11731
Aprobación de la relación de puestos de trabajo de la policía local

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria de día 9 de octubre de 2017, adoptó el acuerdo que – a reserva de los términos definitivos que resulten de la aprobación del acta correspondiente – a continuación se transcribe:

“Propuesta de la delegada de Recursos Humanos de aprobación de la relación de puestos de trabajo de la Policía Local.

La Sra. Sansó Jaume justifica la propuesta, dictaminada previamente por la Comisión Informativa General y Especial de Cuentas en fecha 3 de octubre de 2017, de la delegada de Recursos Humanos de 27 de septiembre de 2017, que seguidamente se transcribe:

PROPUESTA DE APROBACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA POLICÍA LOCAL

Antecedentes

1. Acuerdo de la Comisión Técnica de la RPT de fecha 20 de septiembre de 2017, dado que se aprueba por mayoría elevar a la MGNC la Relación de Puestos de Trabajo de la policía local para su aprobación al Pleno.

2. Acuerdo de Mesa General Negociadora Común al personal funcionario y laboral, en la sesión extraordinaria urgente de 27 de septiembre de 2017.

3. Informe jurídico favorable de la Oficial Mayor, de 27 de septiembre de 2017.

4. Informe económico del interventor, de 27 de septiembre de 2017.

Fundamentos de derecho

- Artículo 90.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL.

- Artículo 126.4 del RDL 781/1986, de 18 de abril.

- Artículo 74 de la Ley 5/2015, de 30 de octubre, TREBEP.

- La competencia para aprobar la RPT de la policía local es el Pleno del Ayuntamiento, de acuerdo con el artículo 22,2y) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL.

Por todo esto, se propone que, previo dictamen de la Comisión Informativa General y Especial de Cuentas, al Pleno del Ayuntamiento el siguiente:

ACUERDO

Primero. Aprobar la Relación de Puestos de Trabajo de la Policía Local.

RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO

ÁREA: CATÁLOGO RPT

ÓRGANO: POLICÍA LOCAL POLICÍA LOCAL

UNIDAD: INTERIOR Data: 27/09/2017

 

PUESTO

DESCRIPCIÓN

TIT.

T.L

CD

CE

F.P

ADM.

GR.

T.J

T.H

ESCALA

PLAZAS -DESCRIP.

N.CAT.

65

INSPECTOR JEFE

1

S

26

24.430,1

LLD

AJT

A2

T

H1

AE

Subescala Servicios especiales

Policía local

B2

64

INSPECTOR SUBJEFE

1

NS

26

21.943,29

CG

AJT

A2

T

H1

AE

Subescala Servicios especiales

Policía local

B2

63

INSPECTOR POLICÍA

ADMINISTRAT.

1

S

26

20.484,54

CG

AJT

A2

N

H2

AE

Subescala Servicios especiales

Policía local

B2

62

SUBINSPECTOR

5

NS

24

16.233,67

CG

AJT

A2

T

H1

AE

Subescala Servicios especiales

Policía local

B2

61

OFICIAL

13

NS

21

14.534,69

CG

AJT

C1

T

H1

AE

Subescala Servicios especiales

Policía local

B2

60

AGENTE

81

NS

19

11.322,29

CG

AJT

C1

T

H1

AE

Subescala Servicios especiales

Policía local

B2

Complementos variables por jornada:

Nocturnidad de domingo a jueves de 22 h a 6 h, precio hora 4,00 €

Nocturnidad viernes, sábado y vigilia festivos de 22 h a 6 h, precio hora 6,00 €

Sábado de 6 h a 22 h, precio hora, 4,00 €

Domingos y festivo de 6 h a 22 h, precio hora 5,00 €, excepto los señalados en el punto siguiente:

Festivos precio hora 15,00 €:

- Navidad 25 diciembre: 22 h de día 24 a 22 h de día 25

- Sant Antoni: de las 14 h de día 16 a 20 h de día 17

- Año Nuevo 1 de enero: de 22 h de día 31 a 22 h de día 1.

Segundo. Aprobar como fechas de efectos económicos de esta RPT las siguientes:

a) La productividad que percibe el personal de la policía local quedará absorbida por el incremento del CD hasta el nivel reconocido, siempre que la cuantía de la productividad lo permita. Y el resto, hasta el total de la productividad, se integrará al CE si este se incrementa.

En el supuesto de que el complemento de productividad reconocido al funcionario no permita el incremento de nivel de CD, esta cuantía se integrará al CE.

Todo esto con efectos a la fecha de su aprobación en el Pleno del Ayuntamiento.

b) La diferencia de retribuciones hasta llegar a las reconocidas en la RPT de la Policía Local aprobada se abonará cuando se apruebe la relación de puestos de trabajo de todo el personal y con los efectos que esta prevenga.

c) La parte variable del CE se aplicará al personal de la Policía Local con efectos a 25 de julio de 2017.

Tercero. Publicar el contenido de este acuerdo en el BOIB.

Quart. Indicar las formas de impugnación, que son las siguientes:

«Contra este acuerdo - que pone fin a la vía administrativa – podéis interponer, de forma alternativa, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo en el BOIB, o recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a su publicación en el BOIB, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas».

Manacor, 27 de septiembre de 2017.- La delegada de Recursos Humanos.- Maria Antònia Sansó Jaume”.

Manacor, 16 de octubre de 2017

El Alcalde

Pedro Rosselló Cerdà