Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y COOPERACIÓN
Núm. 11698
Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación de 18 de octubre de 2017 de modificación de la Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación de 26 de abril de 2016 por la que se delegan diferentes competencias y la firma en determinados órganos directivos de la Consejería, y se establece el régimen de suplencia
Hechos
1. Mediante la Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación de 26 de abril de 2016, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears nº. 56, de 5 de mayo, se delegaron diferentes competencias y la firma en determinados órganos directivos de la Consejería y se estableció el régimen de suplencia, todo en el marco de la estructura organizativa de la Administración autonómica de conformidad con el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. Tras un tiempo de aplicación de esta Resolución, se ha visto la necesidad de modificar el punto 7 para incluir todas las facultades que prevé el artículo 32 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dentro del régimen previsto de suplencia.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 9, 12 y 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. Los artículos 25, 31, 32, 33 y 42 c de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 6/2017, de 7 de abril, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears.
5. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo eso, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Modificar el punto 7 de la Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación de 26 de abril de 2016 por la que se delegan diferentes competencias y la firma en determinados órganos directivos de la Consejería, y se establece el régimen de suplencia, que pasa a tener la redacción siguiente:
7. Fijar el régimen de suplencia de los órganos directivos de la Consejería en los términos siguientes:
a) En el supuesto de ausencia, enfermedad o vacante de la secretaria general de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación, la tendrán que suplir, por este orden de prelación, los órganos directivos siguientes:
b) En el supuesto de ausencia, enfermedad o vacante de algún director general, lo tendrá que suplir la secretaria general de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación o, en caso de ausencia, enfermedad o vacante de la secretaria general, el director general que corresponda de acuerdo con el orden de prelación indicado en el apartado anterior.
2. Disponer que esta Resolución tenga efecto desde el día que se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 18 de octubre de 2017
La consejera de Servicios Sociales y Cooperación
Fina Santiago i Rodríguez