Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES
Núm. 11633
Resolución de la directora general de Política Lingüística de día 3 de octubre de 2017 por la que se amplía la lista de personas que han resultado aptas en la convocatoria de pruebas de enero de 2017 publicada como anexo de la Resolución de la directora general de Política Lingüística de día 10 de mayo de 2017 por la que se hace pública la lista de personas que han resultado aptas en la convocatoria de pruebas de enero de 2017 para obtener los certificados de catalán de los niveles A2, B1, B2, C1, C2 y lenguaje administrativo que expide la Consejería de Cultura, Participación y Deportes
Hechos
1. El 28 de enero de 2017, el señor Jorge Salvador Picó de Almenara, con DNI 43144953N, se presentó a la prueba escrita del certificado de nivel C1 de la convocatoria de enero de 2017 y obtuvo la calificación de no apto.
2. El día 23 de febrero de 2017, el señor Picó solicitó la revisión de su prueba escrita.
3. El 11 de mayo de 2017, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears la Resolución de la presidenta del Tribunal del certificado de nivel C1 de 18 de abril de 2017 por la que se publica la relación de las personas que en el procedimiento de revisión de pruebas de la convocatoria de enero de 2017 han obtenido la calificación de apto (BOIB nº. 57, de 11 de mayo), en la que no figura el señor Jorge Salvador Picó de Almenara.
4. El 7 de junio de 2017, el señor Jorge Salvador Picó de Almenara presentó un recurso de alzada, con número de registro L19E9282/2017, contra la Resolución mencionada en que solicita que no se tenga en cuenta el límite de 150 palabras del ejercicio 3 del área 4, se le evalúe este ejercicio y, una vez superada la prueba escrita, se le incluya en la convocatoria de las pruebas orales de 9 de septiembre de 2017.
5. El 12 de julio de 2017, la presidenta del Tribunal de nivel C1 emite un informe favorable sobre las demandas del señor Jorge Salvador Picó de Almenara y propone que se le examine de la prueba oral el 9 de septiembre de 2017.
6. El 31 de julio de 2017, visto el informe del Tribunal de nivel C1, la directora general de Política Lingüística resolvió favorablemente este recurso de alzada interpuesto y convocó al señor Jorge Salvador Picó de Almenara a la prueba oral el 9 de septiembre de 2017.
7. El 9 de septiembre de 2017, el señor Jorge Salvador Picó de Almenara, con DNI 43 144 953-N, se presentó a la prueba oral del certificado de nivel C1 y obtuvo la calificación de apto.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según el cual las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.
3. El artículo único.2 del Decreto 9/2017, de 7 de abril, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, según el cual la Dirección General de Política Lingüística ejerce, entre otras competencias, la certificación de los conocimientos de lengua catalana de la población adulta fuera de la enseñanza reglada mediante la organización y la gestión de pruebas, y el reconocimiento de certificados equivalentes.
Por todo eso, dicto la siguiente
Resolución
1. Ampliar la lista de personas que han resultado aptas en la convocatoria de pruebas de enero de 2017 para obtener el certificado de nivel C1 que expide la Consejería de Cultura, Participación y Deportes, que se adjunta como anexo a esta Resolución.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la consejera de Cultura, Participación y Deportes en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, 3 de octubre de 2017
La directora general de Política Lingüística,
Marta Fuxà Vidal
ANEXO
Certificado de nivel C1
Nombre |
DNI |
Picó de Almenara, Jorge Salvador |
43144953N |