Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALAIOR
Núm. 11646
Homogeneización de las retribuciones de las plazas de conservación, mantenimiento y oficios, y personal de limpieza del Ayuntamiento de Alaior
El Pleno del Ayuntamiento de Alaior, en fecha 5 de octubre de 2017, ha adoptado el siguiente acuerdo:
"En presencia del expediente tramitado como consecuencia de la jubilación simultánea de dos trabajadoras de ayudante de conservación, mantenimiento y oficios, con la categoría de personal de limpieza; al haberse detectado que entre las seis trabajadoras ayudantes de conservación, mantenimiento y oficios, destinadas a personal de limpieza, que tienen todas la misma categoría, hay diferencias en las retribuciones que perciben; y que actualmente se pretende cubrir las dos vacantes de personal de limpieza, por lo que es necesario proceder a la regulización de esta situació y equiparar las retribuciones de las trabajadoras;
Considerando que no existe inconveniente jurídico para adecuar las retribuciones de los puestos de trabajo de la plantilla:
Código |
R. Puesto |
Destino |
Sueldo |
P. extras |
Residencia |
Total |
26 |
Ayudante CMO limpieza |
Adm. gral. Casa Consist. |
14.319 |
2490,81 |
625,88 |
17.435,69 |
27 |
Ayudante CMO limpieza |
Adm. gral. diversos |
13.885,86 |
2.418,68 |
625,88 |
16.930,36 |
28 |
Ayudante CMO limpieza |
Adm. gral. Casa Consist. |
13.654,61 |
2380,08 |
625,88 |
16.660,57 |
72 |
Ayudante CMO limpieza |
Col·legi Dr. Comas |
13.874,76 |
2416,77 |
625,88 |
16.917,41 |
77 |
Ayudante CMO limpieza |
Col·legi Dr. Comas |
13.874,76 |
2417,64 |
631,09 |
16.923,48 |
78 |
Ayudante CMO limpieza |
Col·legi Mestre Duran |
13.874,76 |
2417,64 |
631,09 |
16.923,48 |
Que la adecuación de las retribuciones de todos los puestos de trabajo de la misma categoría es una cuestión de igualdad, al no estar justificadas las diferencias existentes en la actualidad, esta propuesta está, en consecuencia, en consonancia con el convenio colectivo del sector, con la Ley de Presupuestos de este año y con las retribuciones de la plantilla municipal;
Coincidiendo con la jubilación de las trabajadoras titulares de los puestos de trabajo que a pesar de tener retribuciones más elevadas, a la Mesa Común de negociación PROPONGO:
Homogeneizar las retribuciones de los puestos de trabajo de la plantilla de ayudante de mantenimiento y oficios destinadas al servicio de limpieza, que quedan como sigue:
Informada la propuesta anterior y, en caso de que sea favorable, se adjuntará el acta del resultado de la negociación a la presente propuesta a efectes de la aprobación por el Pleno de la Corporación, previo dictamen de la Comisión Informativa correspondiente, los siguientes extremos:
Código |
R. Puesto |
Destino |
Sueldo |
P. Extras |
Residencia |
Total |
26 |
Ayudante CMO limpieza |
Adm. gral. Casa Consist. |
13.874,76 |
2417,64 |
631,09 |
16.923,49 |
27 |
Ayudante CMO limpieza |
Adm. gral. diversos |
13.874,76 |
2417,64 |
631,09 |
16.923,49 |
28 |
Ayudante CMO limpieza |
Adm. gral. Casa Consist. |
13.874,76 |
2417,64 |
631,09 |
16.923,49 |
72 |
Ayudante CMO limpieza |
Col·legi Dr. Comas |
13.874,76 |
2417,64 |
631,09 |
16.923,49 |
77 |
Ayudante CMO limpieza |
Col·legi Dr. Comas |
13.874,76 |
2417,64 |
631,09 |
16.923,49 |
78 |
Ayudante CMO limpieza |
Col·legi Mestre Duran |
13.874,76 |
2417,64 |
631,09 |
16.923,49 |
1. Aprobar la propuesta contenida en el acta de la negociación sindical, para la determinación de las retribuciones de los puestos de trabajo; se aprobará inicialmente por la corporación (art. 22 LRBRL 7/85).
2. Se expondrá al público, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia o, en su caso, en el de la Comunidad Autónoma uniprovincial, por 15 días, durante los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno.
3. El texto de la modificación se publicará en el tablón de anuncios y en el portal de transparencia para conocimiento general.
4. La modificación de la plantilla se considerará definitivamente aprobada si durante el citado período no se hubiesen presentado reclamaciones; de lo contrario, el Pleno tendrá el período de un mes para resolver.
5. Aprobada definitivamente, deberá publicarse la modificación aprobada para su entrada en vigor."
De conformidad con el artículo 126 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el cual se aprueba el Texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de régimen local, se somete este acuerdo a exposición pública, por un plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de publicación de este anuncio.
Dentro de este plazo cualquier interesado podrá formular las siguientes reclamaciones que considere pertinentes.
Alaior, 10 de octubre de 2017
La alcaldesa
Misericordia Sugrañes Barenys