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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 11600
Notificación de deficiencias a los beneficiarios de las ayudas, exp. 02.311.408 de fecha 13 de junio de 2017, al amparo de la 3era Convocatoria de las ayudas LEADER (Eje 3 del PDR), correspondientes al año 2013

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Texto

Publicación de la Notificación de deficiencias a los beneficiarios de las ayudas, exp. 02.311.408 de fecha 13 de junio de 2017, al amparo de la 3era Convocatoria de las ayudas LEADER (Eje 3 del PDR), correspondientes al año 2013

De acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, ya que no se ha podido localizar al interesado, mediante este anuncio se notifica a (datos personales ocultos) en relación al expediente 02.311.408 de la línea de ayudas 3era Convocatoria LEADER (eje 3 del PDR), correspondientes al año 2013.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El jefe de servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA, con fecha 13 de junio de 2017, firmó la siguiente notificación:

 “Convocatoria  Ayudas para la implementación de las operaciones incluidas en las EDL

Notificación deficiencias

Solicitante: (datos personales ocultos)(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

Número expediente: 02.311.408

Vista la solicitud de ayuda presentada para acogerse a la convocatoria de referencia, se ha observado la falta de documentación de acuerdo a lo siguiente:

a)

b)

c)

d)

e)

f)

g)

h)

i)

j)

k)

M

M

M

(*)Leyenda

M: falta la documentación

  1. Solicitud de ayuda
  2. Proyecto o Memoria
  3. Proyecto técnico visado
  4. Presupuesto desglosado de la inversión. Facturas proforma (cuando la inversión suponga la adquisición de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica por un importe superior a 12.000 €; o para inversiones superiores a 30.000 € / proveedor)
  5. Obligaciones fiscales
  6. Permisos, inscripciones y registros, i/o cualquier otros requisitos que sean exigibles por la Comunidad Autónoma y / o Municipio, para el tipo de mejora o actividad de que se trate.
  7. Acreditación de la propiedad o capacidad legal de uso y disfrute de los bienes del proyecto con una duración mínima de 5 años.
  8. Documentación del beneficiario (si el solicitante es una persona física, el NIF. En caso de que sea una persona jurídica, la fotocopia del CIF junto con documentación justificativa de la personalidad jurídica, y documento en el que se delegue el poder de representación al representante de la persona jurídica junto con copia de su NIF).
  9. Otras ayudas: Declaración de las ayudas obtenidas y / o solicitadas de otros organismos o administraciones nacionales, autonómica o locales.
  10. Microempresas: Declaración de ser microempresa (ocupa menos de 10 personas y volumen de negocios anual o balance general anual no supera 2 millones de €).
  11. Ayuda de minimis.

Otra documentación a presentar

Autorización para FOGAIBA pueda solicitar y tramitar la obtención y comprobación del cumplimiento adecuado con todas las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social para poder completar la gestión administrativa del expediente (adjuntar los núm. De cuentas corrientes con IBAN de las que dispone el beneficiario).

Acta de no Inicio de la inversión LEADER (copia).

Por otra parte, vista la solicitud de pago presentada, se ha observado la falta de documentación de acuerdo a los siguientes:

a)

b)

c)

d)

e)

i

ii

iii

iv

f)

g)

h)

i)

M

M

M

M

M

(*)Leyenda

M: falta la documentación

  1. Acta Final
  2. Facturas originales de los gastos realizados objetos de subvención.
  3. Documentación justificativa del pago de las facturas presentadas, según lo establecido en la Resolución de convocatoria (extractos bancarios, transferencias i/o copias de los talones/pagarés nominativos).
  4. En el caso de pago de tasas: comprobante administrativo correspondiente.
  5. En el caso de la contratación laboral de personal, justificación mediante:
    1. Contrato laboral  suscrito con cada trabajador correctamente sellado por el órgano competente de empleo.
    2. Nóminas de los trabajadores
    3. Documentos TC1 i TC2 de todo el período del que se solicita el pago junto con un listado en el que figuren de forma detallada por mes y por trabajador, los importes correspondientes al total reportado en la nómina.
    4. Documentación justificativa del pago de los salarios efectuada a los trabajadores así como de las cuotas a la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
  6. Los permisos, inscripciones y registros exigibles para la puesta en marcha de la actividad.  
  7. Declaración de las actividades realizadas
  8. Desglose de los gastos realizados
  9. Dar publicidad al proyecto auxiliado de acuerdo con las características de la inversión (adjuntar fotografía).

Observaciones:

En cuanto a la solicitud de ayuda:

Apartado d, debe presentar facturas proformas dirigidas al beneficiario.

Apartado h, documento donde es delegue el poder de representación al representante de la persona.

En cuanto a la solicitud de pago:

Apartado b, debe detallar todas las facturas relacionadas con las obras de la reforma. Así como presentar todos los justificantes de pago de cada una de las facturas.

Apartado c, debe  presentar un extracto bancario donde  figuren todas las facturas presentadas.

Hay que tener en cuenta todos los documentos que figuran marcados como M en las tablas anteriores.

En consecuencia y de conformidad con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, se le requiere para que en el plazo de diez (10) días, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente, que subsane los defectos y / o aporte los documentos indicados, constatándose que si no lo hiciera así en el plazo señalado, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite, lo que dará lugar a la pérdida de la ayuda que le hubiera podido corresponder.

Palma, 18 de junio de 2017

El jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

Isidre Cañellas Simonet"

Palma, 13 de octubre de 2017

El director gerente de´FOGAIBA

Guillem Rosselló Alcina