Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA
Núm. 11569
Corrección de errores de la resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 4 de octubre de 2017 por la que se determinan las fechas de los domingos y otros festivos en que los comercios pueden permanecer abiertos als público en el año 2018
Hechos
Mediante Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 4 de octubre de 2017, publicada en el BOIB nº 125, de 12 de octubre de 2017, se determinaron las fechas de los domingos y otros festivos en que los comercios pueden permanecer abiertos al público en el año 2018.
Se han advertido errores materiales en las versiones en catalán y en castellano de la publicación de esta Resolución. Concretamente, se debe corregir donde se citan el 15 de agosto y el 12 de octubre de 2018 y se debe indicar que el 15 de agosto será miércoles y el 12 de octubre, viernes.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, establece que las administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en los actos y disposiciones administrativas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto o la disposición.
Per tot ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Rectificar los errores materiales observados en las versiones en catalán y en castellano de la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 4 de octubre de 2017, publicada en el BOIB nº 125, de 12 de octubre de 2017, y publicar que con la corrección especificada las fechas de los domingos y otros festivos en que los comercios pueden permanecer abiertos al público en el año 2018 son las siguientes:
7 de enero, domingo
29 de marzo, Jueves Santo
8 de julio, domingo
15 de agosto, miércoles, Asunción de María
2 de septiembre, domingo
12 de octubre, viernes, Fiesta Nacional
25 de noviembre, domingo
8 de diciembre, sábado, la Inmaculada Concepción
23 de diciembre, domingo
30 de diciembre, domingo
2. D’entre el total de estos días determinados, las dos fechas que pueden ser susceptibles de sustitución, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 18.4 de la Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears, son las siguientes:
8 de julio, domingo
15 de agosto, miércoles, Asunción de María
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Trabajo, Comercio e Industria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 16 de octubre de 2017
La directora general de Comercio y Empresa
Por delegación del consejero de Trabajo, Comercio e Industria (BOIB 105/2015)
María Pilar Sansó Fuster