Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY
Núm. 11429
Modificación de la Resolución de Alcaldía sobre creación de concejalías delegadas, nombramiento de concejales delegados, y delegación de competencias en los concejales delegados para el mandato 2015-2019
Vista la celebración de las elecciones municipales el día 24 de mayo de 2015, y habiéndose procedido el día 13 de junio de 2015 a la constitución de la nueva Corporación Local.
Vista la toma de posesión del Sr. Joan Torres Costa como concejal del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, en sesión plenaria de fecha 28 de septiembre de 2017.
Dada cuenta de la modificación de los concejales que tienen la condición de Teniente de Alcalde, de las concejalías delegadas, del nombramiento de los concejales delegados, y la delegación de las competencias en los concejales delegados, así como la designación de los miembros de la Junta de Gobierno Local y delegación de competencias, se hace necesaria la publicación del siguiente decreto de conformidad con los artículos 44.2 51.2 y 53.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Decreto núm. 2537 de fecha 29 de septiembre de 2017, sobre la modificación de la Resolución de Alcaldía sobre creación de concejalías delegadas, nombramiento de concejales delegados, y delegación de competencias en los concejales delegados para el mandato 2015-2019
Celebradas las elecciones locales el pasado día 24 de mayo de 2015, convocadas por Real Decreto 233/2015, de 30 de marzo, por el que se convocan elecciones locales y a las Asambleas de Ceuta y Melilla para el 24 de mayo de 2015, y vista la sesión constitutiva del Ayuntamiento de fecha 13 de junio de 2015.
Dada cuenta del Decreto núm. 941 de fecha 30 de junio de 2016, sobre creación de concejalías delegadas, nombramiento de concejales delegados, y delegación de competencias en los concejales delegados para el mandato 2015-2019, así como los Decretos núm. 1627 de fecha 13 de junio de 2016, núm. 2336 de fecha 25 de agosto de 2016, núm. 2741 de fecha 30 de septiembre de 2016, y núm. 2231 de fecha 31 de agosto de 2017 de modificación del mismo.
Atendida la toma de posesión del Sr. Joan Torres Costa como concejal del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany en sesión plenaria de fecha 28 de septiembre de 2017.
En uso de las facultades que me confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
RESUELVO
PRIMERO. Modificar el punto primero de la parte dispositiva del Decreto 941 de fecha 30 de junio de 2016, quedando con la siguiente redacción:
«Estructurar la organización de los servicios administrativos del ayuntamiento en las siguientes concejalías delegadas, en virtud de lo que establece la disposición adicional cuarta del Real Decreto 2568/1986.
A.- Concejalía delegada de Coordinación de concejalías, Gobernación, y Protección Civil, siendo la titular de la misma la Sra. Aída Alcaraz Martínez.
B.- Concejalía delegada de Deportes y Relaciones Institucionales, siendo el titular de la misma el Sr. Antonio Lorenzo Bustamante.
C.- Concejalía delegada de Servicios Sociales, Sanidad, y Limpieza de Edificios Públicos, siendo la titular de la misma la Sra. María Neus Marí Costa.
D.- Concejalía delegada de Turismo, siendo el titular de la misma el Sr. José Antonio Ferragut Arabí.
E.- Concejalía delegada de Equipamientos municipales e Infraestructuras, siendo la titular de la misma la Sra. Carolina Isabel Esperidón Brito.
F.- Concejalía delegada de Limpieza y Medio Ambiente, siendo el titular de la misma el Sr. Pablo Valdés Cardona.
G.- Concejalía delegada de Fiestas, Transparencia, Participación y Atención Ciudadana, siendo el titular de la misma el Sr. Raúl Díaz Guerrero.
H.- Concejalía delegada de Economía, Hacienda, Cultura, Educación, Patrimonio cultural y Nuevas Tecnologías, siendo el titular de la misma el Sr. Francisco Tienda Pachón.
I.- Concejalía delegada de Juventud y Bienestar Animal, siendo titular de la misma la Sra. Ainara Sánchez Criado.
J.- Concejalía delegada de Urbanismo y Actividades, Cultura y Fiestas Tradicionales, siendo el titular de la misma la Sra. Cristina María Ribas Mountford.
K.- Concejalía delegada de Comercio, Movilidad, Transporte Público, Vía Pública, Agricultura y Pesca, siendo la titular de la misma el Sr. Joan Torres Costa.
L.- Concejalía delegada de Obras, Mantenimiento de Infraestructuras y Cementerios, siendo el titular de la misma el Sr. Juan Costa Ramón».
SEGUNDO. Modificar el punto segundo de la parte dispositiva del Decreto 941 de fecha 30 de junio de 2016, quedando con la siguiente redacción:
«Considerar que a cada una de las concejalías indicadas, le corresponde la gestión de las competencias relacionadas con las siguientes materias.
A.- Concejalía delegada de Coordinación de concejalías, Gobernación, y Protección Civil.
Engloba las áreas siguientes:
1. Coordinación de todas las concejalías delegadas.
2. Secretaría y servicios jurídicos.
3. Policía local, tránsito, seguridad ciudadana.
4. Potestad sancionadora (cumplimiento de la legalidad vigente, incluido el cumplimiento de las ordenanzas municipales, menos las derivadas de la legalidad urbanística y de actividades, que corresponde a la Concejalía delegada de Urbanismo y Actividades).
5. Protección civil y bomberos.
B.- Concejalía delegada de Deportes y Relaciones Institucionales.
Engloba las áreas siguientes:
1. Deportes y Gerencia de deportes.
2. Instalaciones deportivas de uso público.
3. Asociaciones deportivas.
4. Relaciones institucionales. Incluye las funciones correspondientes al protocolo y todo lo relacionado con el Reglamento de Protocolo, Honores, Distinciones y Ceremonias municipales.
5. Empresa pública municipal OBRES I SERVEIS SANT ANTONI 2005, OSSAN.
C.- Concejalía delegada de Servicios Sociales, Sanidad y Limpieza de Edificios Públicos.
Engloba las áreas siguientes:
1. Servicios sociales y bienestar social (atención a las personas, servicios sociales públicos de asistencia primaria: mayores, inmigrantes, reinserción social, menores, trabajo social, etc.).
2. Sanidad.
3. Control de personal de limpieza y bedeles.
4. Formación, trabajo y desarrollo local
D.- Concejalía delegada de Turismo.
Engloba las áreas siguientes:
1. Turismo, en toda su amplitud, incluyendo la promoción turística del municipio y plan estratégico.
E.- Concejalía delegada de Equipamientos municipales e Infraestructuras.
Engloba las áreas siguientes:
1. Equipamientos municipales.
2. Gestión y ejecución de proyectos y obras municipales.
3. Sistemas municipales de agua, alcantarillado y alumbrado público
4. Infraestructuras.
F.- Concejalía delegada de Limpieza y Medio Ambiente.
Engloba las áreas siguientes:
1. Protección del Medio Ambiente en general.
2. Residuos urbanos, limpieza.
3. Control y prevención de la contaminación atmosférica, contaminación de aguas y contaminación edáfica.
4. Entorno natural y riesgos ambientales (prevención de incendios).
5. Playas.
6. Sanidad vegetal y control de plagas.
7. Jardinería y arbolado urbano.
8. Relación con las empresas concesionarias de limpieza del municipio.
9. Implantación de Sistemas de Gestión Ambiental (ISO, EMAS…).
G.- Concejalía delegada de Fiestas, Transparencia, Participación y Atención Ciudadana
Engloba las áreas siguientes:
1. Fiestas.
2. Transparencia.
3. Participación ciudadana (relación con asociaciones de vecinos, agrupaciones o asociaciones municipales), en su sentido más amplio.
4. Atención ciudadana y servicio de Atención al Ciudadano (OAC)
5. Centros cívicos del municipio (Ses Païsses, Can Bonet, Sant Rafel, Buscastell-Forada, Sant Mateu d'Aubarca y Santa Agnès de Corona).
H.- Concejalía delegada de Economía, Hacienda, Cultura, Educación, Patrimonio cultural y Nuevas Tecnologías.
Engloba las áreas siguientes:
1. Economía y Hacienda.
2. Educación: relación con el mundo educativo en el municipio, incluido el Consell Escolar Municipal.
3. Cultura.
4. Bibliotecas.
5. Espacios culturales y educativos
6. Patrimonio histórico y etnológico.
7. Archivo municipal
8. Servicio de información y nuevas tecnologías
9. Normalización lingüística del catalán
I.- Concejalía delegada de Juventud y Bienestar Animal.
Engloba las áreas siguientes:
1. Juventud.
2. Actividades de tiempo libre para jóvenes: “Espai jove” y escuelas de verano.
3. Centro de información juvenil.
4. Licencias sobre la tenencia de animales.
5. Sanidad animal.
J.- Concejalía delegada de Urbanismo y Actividades, Cultura y Fiestas Tradicionales.
Engloba las áreas siguientes:
1. Urbanismo y ordenación del territorio, incluido todo aquello relativo al planeamiento, a la gestión, disciplina urbanística y ordenación del territorio.
2. Actividades.
3. Potestad sancionadora en los ámbitos de urbanismo y actividades.
4. Permisos de vados.
5. Permisos y autorizaciones relacionadas con los usos, ocupación y actividades lúdicas a realizar en la vía pública relacionadas con la materia de obras y actividades.
6. Otorgamiento de licencias de publicidad dinámica, incluidos los títulos acreditativos.
7. Mundo asociativo relacionado con la cultura popular ibicenca. Collas de baile payés y otras entidades dedicadas a la tradición de la isla.
8. Actividades folclóricas singulares dentro de las fiestas patronales de cada pueblo u otras actividades de carácter tradicional dentro y fuera de las fiestas.
K.- Concejalía delegada de Comercio, Movilidad, Transporte Público, Vía Pública, Agricultura y Pesca.
Engloba las áreas siguientes:
1. Mercados artesanales y venta ambulante.
2. Relaciones con la cooperativa de agricultores y otras asociaciones relacionadas con la agricultura.
3. Relaciones con cofradía de pescadores y asociaciones relacionadas con la pesca.
4. Caminos rurales.
5. Transporte urbano, incluido todo aquello relacionado con los taxis.
6. Movilidad.
7. Conservación, mantenimiento y reparación del espacio urbano.
L.- Concejalía delegada de Obras, Mantenimiento de Infraestructuras y Cementerios.
Engloba las áreas siguientes:
1. Mantenimiento y obras en edificios e instalaciones municipales.
2. Brigada de obras.
3. Cementerios y servicios funerarios.
4. Mantenimiento de la vía pública.
…/...».
TERCERO. Publicar la presente resolución en Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día de la fecha del Decreto.
En Sant Antoni de Portmany, 16 de octubre de 2017
El Alcalde
José Tur Torres