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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ILLES BALEARS

SALA CONTENCIOSA-ADMINISTRATIVA

Núm. 11012
Procedimiento Ordinario 122-13

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En el recurso contencioso-administrativo que tramita esta Sala, interpuesto por MENANI, S .A. contra el AYUNTAMIENTO DE POLLENSA recurso al que ha correspondido el número PROCEDIMIENTO ORDINARIO 122/2013 y para dar cumplimiento a lo acordado en la Sentencia dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, Sección QUINTA y en la providencia de fecha 14 de julio de 2017 dictada por esta Sala, se ha acordado librar a Vd. el presente mediante el cual se interesa disponga lo necesario a fin de que se publique en ese Boletín Oficial el "texto" que a continuación se indica, debiendo comunicar a esta Sala la fecha y número del ejemplar donde quede publicado.

TEXTO

 F A L L O

“Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido Que ha lugar al recurso de casación interpuesto por la representación procesal del Ayuntamiento de Pollensa, contra la sentencia de quince de septiembre de dos mil quince, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el recurso nº 122/2013, sostenido contra la desestimación presunta de la solicitud de la mercantil MENANI, S.A. -de 25 de noviembre de 2011 en cuanto a la servidumbre de acceso al mar a través del Camino de Ternelles, que se casa y anula.

Que estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por MENANI SA, contra la desestimación presunta de la solicitud formulada el 25 de noviembre de 2011, sobre adaptación del PGOU de Pollensa, en cuanto a la servidumbre de acceso al mar a través del Camino de Ternelles, declarando la nulidad de la referida desestimación por ser contraria al ordenamiento jurídico y ordenando que por la administración competente se proceda a adaptar el PGOU de Pollensa, en las concretas determinaciones objeto del recurso a las prescripciones contenidas en el PORN de la Serra de la Tramontana, aprobado por Decreto 19/2007, de 16 de Marzo.

No se hace imposición de costas.

Notifíquese esta resolución a las partes interesadas en insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma.”

En PALMA DE MALLORCA, a catorce de julio de dos mil diecisiete.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

MARGARITA DE JUAN SALVA