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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11475
Despidos/Ceses en general 1031 /2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª MARIA ADELAIDA GARCIA GARCIA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001031 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JOSE LUIS BARREIRO SEVILLA contra la empresa DESGUACE BALEAR SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

PROVIDENCIA DEL ILMA SRA MAGISTRADA JUEZ

Dª HELENA ANIORTE CONESA

En PALMA DE MALLORCA, a uno de febrero de dos mil diecisiete. Dada cuenta de la documentación solicitada por medio del segundo otrosí en la demanda, por S.Sª. se acuerda:

Respecto recibos de salario de la demandante desde la fecha 1/01/2016 a la fecha de la celebración del juicio oral y los justificantes de pago de salario mensual desde la mensualidad de enero de 2016 a la fecha del juicio oral, no ha lugar a requerir a la empresa su aportación, al ser documentos que obran en poder de la propia parte actora.

Todo ello sin perjuicio de lo que se acuerde en su caso en el acto de la vista en la fase de proposición y admisión de prueba. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.2 LRJS, sin perjuicio del que por este motivo pueda interponerse en su día contra la sentencia.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO-JUEZ EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a DESGUACE BALEAR SL, en ignorado paradero, expido la presente para su publicación en el Tablón de Anuncios de este Juzgado .

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a tres de octubre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA