Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 11154
Juicio inmediato sobre delitos leves 30/2017
D/D.ª MARIA NIEVES AFAN DE RIVERA JIMENEZ, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. INSTRUCCION N. 8 de PALMA DE MALLORCA.
POR EL PRESENTE HAGO CONSTAR: Que en los autos de JUICIO INMEDIATO SOBRE DELITOS LEVES 0000030 /2017 ha recaído Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal:
“En PALMA DE MALLORCA a veintitrés de mayo de dos mil diecisiete.
ANTONIO ROTGER CIFRE, MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO INMEDIATO SOBRE DELITOS LEVES 30/2017, seguida por un Delito Leve de HURTO INTENTADO, contra CATALINA BAUZA MASSET habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal, representado por Dª. Concepción Góméz.
F A L L O: CONDENO a CATALINA BAUZA MASSET, como autora responsable de un delito leve de HURTO intentado a la pena de VEINTINUEVE DIAS MULTA A RAZÓN DE SEIS EUROS DIARIOS; y al pago de las costas.
En caso de impago de la multa impuesta la misma queda sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
Notifíquese esta sentencia a las partes y a los ofendidos y perjudicados, aunque no se hayan mostrado parte en el procedimiento.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.”
Concuerda bien y fielmente con su original al que me remito y para que así conste, su publicación en el B.O.I. Y SIRVA DE NOTIFICACION A CATALINA BAUZA MASSOT extiendo y firmo el presente testimonio en PALMA DE MALLORCA, a cuatro de octubre de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA