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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 11144
Resolución del director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de anotación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la CAIB, de la prórroga tácita del contrato de arrendamiento de un inmueble ubicado en el camino viejo de Bunyola, 43, local 8 y aparcamientos 28,29,36,37, y 38, de Palma (PRO02 3795/2017) (DGTPFP 172/2017 PATRIM)

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Texto

Hechos 

1. El 16 de abril de 2012 se formalizó un contrato de arrendamiento de un inmueble para ubicar una oficina del SOIB y de 5 plazas de aparcamiento, situados en el camino viejo de Bunyola, 43 de Palma, por un plazo de 5 años, a partir del 16 de abril de 2012 hasta el 15 de abril de 2017, con la entidad propietaria "Locales y Oficinas en alquiler SLU", con CIF B79386298, como parte arrendadora y la CAIB como parte arrendataria. 

2. Este contrato prevé, en la cláusula tercera, la prórroga tácita anual si no hay un preaviso en sentido contrario comunicado por cualquiera de las dos partes firmantes del contrato con tres meses de antelación al vencimiento del contrato. 

3. Las referencias del Registro de la Propiedad de estos inmuebles, son las siguientes:

- Local número 8, destinado a despacho u oficinas inscrito en el Registro de la Propiedad número 7, finca 75.449, libro 1.325, folio 63 del tomo 3.921, con una superficie construida aproximada de 387m2. Referencia catastral: 2039505-DD7823G-0008-LZ.

- Aparcamiento número 28, inscrito en el Registro de la Propiedad número 7, finca 74.466 / 59, libro 1.421, folio 65 del tomo 4.018, con una superficie de 9.03 m2. Referencia catastral: 2039505-DD7823G-0055-TI.

- Aparcamiento número 29, inscrito en el Registro de la Propiedad número 7, finca 74.466 / 60, libro 1.421, folio 68 del tomo 4.018, con una superficie de 9.03 m2. Referencia catastral: 2039505-DD7823G-0056-YI.

- Aparcamiento número 36, inscrito en el Registro de la Propiedad número 7, finca 74.466 / 61, libro 1.421, folio 71 del tomo 4.018, con una superficie de 9.03 m2. Referencia catastral: 2039505-DD7823G-0063-PS.

- Aparcamiento número 37, inscrito en el Registro de la Propiedad número 7, finca 74.466 / 62, libro 1.421, folio 74 del tomo 4.018, con una superficie de 9.03 m2. Referencia catastral: 2039505-DD7823G-0064-AD.

- Aparcamiento 38, inscrito en el Registro de la Propiedad número 7, finca 74.466 / 63, libro 1.421, folio 77 del tomo 4.018, con una superficie de 9.03 m2. Referencia catastral: 2039505-DD7823G-0065-SF. 

4. El número de activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la CAIB es el 100000011763. 

5. El 23 de agosto de 2017, tuvo entrada en la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas un oficio del director del SOIB con la documentación relativa a la prórroga tácita del arrendamiento del inmueble mencionado, para el período comprendido entre el 16 de abril de 2017 y el 15 de abril de 2018, que es la siguiente: 

- La memoria justificativa sobre la necesidad y la conveniencia de prorrogar el arrendamiento, de 5 de abril de 2017.

- La propuesta de resolución del director general de Empleo y Economía por delegación de competencias, de 5 de abril de 2017, de propuesta de inicio del expediente de prórroga.

- El informe justificativo sobre la adecuación al mercado del precio de la prórroga del contrato de arrendamiento, de 4 de mayo de 2017.

- Documento RF de reserva de crédito.

- Informe de la Dirección General competente en materia de presupuestos.

- Documento acreditativo de la conformidad del propietario con la prórroga. 

6. Teniendo en cuenta la cantidad, este expediente requiere la fiscalización previa de la Intervención General. 

7. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de septiembre de 2017, por el que se enmienda la ausencia de fiscalización previa en aplicación del artículo 31 del Decreto 62/2006, de 7 de julio, por el que se regula el régimen de control interno que ha de ejercer la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

Fundamentos de derecho 

1. El artículo 65 y siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 49, de 24 de abril), el Reglamento que la despliega (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre de 2005) y demás disposiciones aplicables.

2. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 97, de 2 de julio).

3. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB núm. 97, de 2 de julio).

4. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 120, de 8 de agosto).

5. El Decreto 49/2016, de 22 de julio, de cese y nombramiento de altos cargos de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, en el que se nombra al director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administraciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 93, de 23 de julio).

6. El contrato principal de arrendamiento, suscrito el16 de abril de 2012.

Por todo ello, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 88 de la Ley 6/2001, dicto la siguiente:

Resolución

1. Anotar en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la prórroga tácita del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en el camino viejo de Bunyola, 43, local 8 y aparcamientos 28,29,36 , 37, y 38 de Palma, a contar desde el 16 de abril de 2017 y el 15 de abril de 2018, por una renta mensual de 3.754,05 €, incluido el IVA, lo que hace un gasto total de 45.048, 60 €, que debe ir a cargo de la partida pressupostària76101.322D01.20200.00, siempre que haya crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, con el objetivo de continuar alojando oficinas del SOIB. 

2. Notificar esta Resolución al SOIB, sin perjuicio de que se tenga que tramitar el correspondiente procedimiento económico financiero, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

  

Palma, 9 de octubre de 2017 

El director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio,

José Luis Gil Martín