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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA

Núm. 11125
Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria, de 4 de octubre de 2017 por la que se determinan las fechas de los domingos y otros festivos en que los comercios pueden permanecer abiertos al público en el año 2018

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Texto

Hechos

El 4 de octubre de 2017, en la sesión de la Comisión Interinsular Asesora de Comercio, se acordó, por mayoría, proponer al órgano competente en materia de comercio el calendario de los domingos y otros festivos en que los comercios pueden permanecer abiertos al público en el año 2018.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 7 de la Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de les Illes Balears, en el cual se crea la Comisión Interinsular Asesora de Comercio, adscrita a la consejería competente en materia de comercio, como órgano de participación en las materias reguladas en esta ley, a fin de promover la colaboración entre las distintas administraciones públicas y las asociaciones y los agentes económicos y sociales implicados en el sector para impulsar la actividad comercial de les Illes Balears.

2. El artículo 18 de la Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears, modificado por la Ley 17/2016, de 16 de diciembre, en el cual se establece que el número anual de domingos y otros festivos en que los comercios pueden permanecer abiertos al público es de diez, y que cada año se han de determinar las fechas de estos días mediante una resolución del órgano competente en materia de comercio. Asimismo se establece que la resolución señalará también las dos fechas que pueden ser susceptibles de sustitución de entre el total de días determinados, y que el ayuntamiento interesado ha de comunicar al órgano competente en materia de comercio el cambio que ha decidido efectuar antes del quince de noviembre; en caso contrario, se considerará que no quiere efectuar ningún cambio respecto de los días determinados.

3. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. La Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Determinar que las fechas de los domingos y otros festivos en que los comercios pueden permanecer abiertos al público en el año 2018 son las siguientes:

  • 7 de enero, domingo
  • 29 de marzo, Jueves Santo
  • 8 de julio, domingo
  • 15 de agosto, martes, Asunción de María
  • 2 de septiembre, domingo
  • 12 de octubre, domingo
  • 25 de noviembre, domingo
  • 8 de diciembre, sábado, la Inmaculada Concepción
  • 23 de diciembre, domingo
  • 30 de diciembre, domingo

2. De entre el total de estos días determinados, las dos fechas que pueden ser susceptibles de sustitución, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 18.4 de la Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears, son las siguientes:

  • 8 de julio, domingo
  • 15 de agosto, domingo

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Trabajo, Comercio e Industria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 4 de octubre de 2017

La directora general de Comercio y Empresa
María Pilar Sansó Fuster
Por delegación del consejero de Trabajo, Comercio e Industria
(BOIB 105/2015)