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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 11078
Extracto de la aprobación por decreto de alcaldía número 2078/2017, de la convocatoria de concesión de ayudas para adquisición de libros de texto de un máximo de 100,00 € cada una para alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia que en el curso 2017-18 curse 1º,2º,3ºo 4º de ESO

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Texto

BDNS (Identif:365156)

De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3.b) i 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de las convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas más arriba referidas. El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el BOIB nº 122, de 5 de octubre de 2017.

1. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA

La cuantía máxima de las ayudas que se podrá conceder en esta convocatoria es de 43.000,00 € con cargo a la partida 326480 33, financiada con fondos propios del Ayuntamiento.

2. REQUISITOS GENERALES

Podrá acogerse a esta convocatoria alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia que dentro del curso 2017-2018 curse 1º, 2º, 3º o 4º de ESO y no esté adherido al Programa de reutilización de libros de su centro. El alumnado que desee acogerse a esta convocatoria deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar empadronado de manera continuada en el municipio de Sant Josep de sa Talaia desde, como mínimo, antes del 01/01/2016.

b) Cursar, dentro del curso 2017-2018, 1º, 2º, 3º o 4º de ESO y no estar adherido al Programa de reutilización de su centro.

c) La unidad familiar de la que forman parte deberá haber tenido durante el año 2016, como máximo, los siguientes ingresos:

 

Número de hijos

Ingresos iguales o inferiores a

Uno o dos hijos

36.691,2 €

De tres a cuatro hijos

55.036,8 €

De cinco a seis hijos

73.382,4 €

De siete a ocho hijos

91.728,00 €

Nueve o más hijos

100.900,8 €

 

d) Hallarse el beneficiario al corriente de las obligaciones tributarias, con la seguridad social y con el mismo Ayuntamiento de Sant Josep.

e) No encontrarse el beneficiario incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplir los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

3. SOLICITUD, PLAZO DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN

6.1. Las instancias se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Sant Josep y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia o en la forma establecida en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En este caso se deberá pasar aviso por correo electrónico a la dirección: normalitzacio@santjosep.org.

6.2 Los solicitantes de la subvención deberán adjuntar a la solicitud (anexo I) la siguiente documentación (originales o fotocopias compulsadas):

a) Identificación de quien suscribe la solicitud y especificación del carácter con que lo hace, mediante fotocopia de su DNI, NIF u otro documento acreditativo.

b) Fotocopia del DNI, NIF u otro documento acreditativo del menor, en su caso, para el que se solicita la ayuda.

c) Original o fotocopia compulsada del Libro de Familia o documento que acredite:

- la relación de parentesco o de tutoría entre la persona que suscribe la petición y el menor, en su caso.

- el número de hermanos que conforman la unidad familiar.

d) A los efectos de acreditar los componentes de la unidad familiar en el caso de que los padres o tutores estén legalmente separados o divorciados, deberán adjuntarse a la solicitud las sentencias de separación / divorcio completas.

e) En el caso de que uno de los padres o tutores sea viudo deberán presentar la partida de defunción que lo acredite o el libro de familia con la inscripción del fallecimiento del cónyuge.

f) Aquellas unidades familiares en las que los progenitores o tutores legales no tengan regulada su separación deberán firmar declaración de responsabilidad relativa a los componentes de la unidad familiar (ver anexo II).

g) Para acreditar la renta de la unidad familiar: copia de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio fiscal 2016 del padre y de la madre o de los tutores del solicitante o autorización al Ayuntamiento de Sant Josep para acceder a la información fiscal de la persona o personas interesadas (véase anexo III). En los casos de nulidad matrimonial, separación o divorcio, se tendrá en cuenta la renta de quien tenga el ejercicio de la guardia y custodia, que se acreditará mediante sentencia judicial, libro de familia u otra documentación legal).

h) Declaración responsable de que el menor para el que se solicita la ayuda está empadronado de manera continuada en el municipio de Sant Josep de sa Talaia desde, como mínimo, antes del 01/01/16 (ver anexo I).

i) Declaración responsable del padre, madre o tutor/a legal del menor para el que se solicita la ayuda de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Sant Josep y autorización al Ayuntamiento para solicitar a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social los datos fiscales del solicitante, que sean necesarios (ver anexo IV).

j) Declaración responsable del padre, madre o tutor/a legal del menor para el que se solicita la ayuda, de no encontrarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplir los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (ver anexo IV).

k) Certificado del centro escolar en el que esté matriculado el alumno / a, que acredite el curso que está realizando el alumno/a dentro del período escolar 2017-2018 y que este/a alumno/a no está adherido/a al Programa de reutilización de su centro, en caso de que haya.

l) Factura original justificativa de haber abonado los libros de texto, con acreditación del pago según base 9. La factura, en caso de alumnado menor de edad, irá a nombre del padre, madre o tutor/a legal o a nombre del alumno/a.

m) Impreso de transferencia bancaria facilitado por el Ayuntamiento debidamente cumplimentado con los datos bancarios actualizados. En caso de haberlo presentado en otras ocasiones no será necesario volverlo a presentar.

n) Declaración de las subvenciones recibidas o solicitadas para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la entidad local, las que se obtengan en el futuro (anexo V).

Si los documentos exigidos en la solicitud ya se hubieran presentado en el Ayuntamiento en otra ocasión, la persona solicitante podrá acogerse a lo establecido en el artículo 53.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o emitidos.

La documentación presentada deberá estar escrita en una de las dos lenguas oficiales de las Islas Baleares (catalán o castellano) o deberá ir acompañada de la traducción en una de estas dos lenguas oficiales.

3. 3. Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOIB.

 

Sant Josep de sa Talaia, 5 de octubre de 2017

El alcalde
Josep Marí Ribas