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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 10995
Despido/Ceses en genral 562-2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000562 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MANUEL GONZALEZ MUÑOZ contra la empresa FORSUN BEACH, SL, sobre DESPIDO, se ha dictado AUTO DE ACLARACION DE LA SENTENCIA DICTADA EN LAS ACTUACIONES, cuya parte dispositiva se adjunta:

PARTE DISPOSITIVA

Ha lugar a la aclaración de la sentencia de 21.03.2017, solicitada por la parte demandada, debiendo ser el fallo, del siguiente tenor literal:

"Estimo sustancialmente la demanda origen de las presentes actuaciones y, en su consecuencia, declaro que, el 15.05.2016, el trabajador D. MANUEL GONZÁLEZ MUÑOZ, fue objeto de un despido improcedente por la empresa FORSUN BEACH, S.L., al tiempo que declaro extinguida a fecha de hoy, 21.03.2017, la relación laboral que ligó a ambas partes, y condeno a dicha empresa a abonar al demandante la suma de 3.724,93 euros, en concepto de indemnización por despido.

Condeno igualmente a la demandada FORSUN BEACH, S.L., a que abone al actor, D. MANUEL GONZÁLEZ MUÑOZ, un importe de 300 euros, en concepto de costas".

Contra esta resolución no cabe recurso alguno .

Lo manda y firma Guillermo Oteros Valcarce, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 1 de Eivissa, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a FORSUN BEACH, SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de las Islas Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En IBIZA/EIVISSA, a dos de octubre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA