Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Núm. 10967
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la cual se autoriza la aceptación de la cesión de uso gratuita y temporal de unos espacios determinados en el edificio Can Oleo, situado en la calle de la Almudaina, 4 de Palma, propiedad de la Universidad de las Illes Balears, para ubicar la Dirección General de Cultura (DGTPFP 200/2017 PATRIM)
Hechos
1. El 27 de julio de 2017, tuvo entrada la solicitud de inicio del procedimiento de aceptación de la cesión de uso gratuita y temporal de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes, de varias dependencias en el inmueble Can Oleo, situado en la calle de la Almudaina, 4 de Palma, propiedad de la Universidad de las Illes Balears.
2. El informe justificativo, de fecha 21 de julio de 2017, del secretario general de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes sobre la necesidad de ubicar la Dirección General de Cultura en el edificio Can Oleo.
3., El certificado del vicesecretario general y el secretario general de la Universidad de las Islas Baleares, de 20 de julio de 2017, de aprobación de la distribución de los espacios de Can Oleo a repartir entre la UIB, el Consejo Social y la Consejería de Cultura, Participación y Deportes.
4.La documentación relativa a la entidad cesionaria.
5. La resolución del director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, de fecha 1 de agosto de 2017, por la que se autoriza el inicio del expediente para la aceptación de la cesión de uso gratuita y temporal de unos espacios determinados en el edificio Can Oleo, situado en la calle de la Almudaina, 4 de Palma, propiedad de la Universidad de las Illes Balears, para ubicar la Dirección General de Cultura.
5. El 25 de septiembre de 2017, tuvo entrada la documentación adicional solicitada al secretario general de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes, en fecha 1 de agosto de 2017, para poder continuar con la tramitación del procedimiento.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 63 y 64 de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. Los artículos 128,129 y 130 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 192, de 24 de diciembre)
3. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el Nombramiento de los Miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB nº 97, de 2 de julio).
4. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las Competencias y la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 120, de 8 de agosto).
5.El Decreto 49/2016, de 22 de julio, por el cual se nombra al director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 93, de 23 de julio).
Propuesta de resolución
Propongo a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Autorizar la aceptación de la cesión de uso gratuita y temporal de unos espacios determinados en el edificio Can Oleo, situado en la calle de la Almudaina, 4 de Palma, propiedad de la Universidad de las Illes Balears, para ubicar la Dirección General de Cultura. Los datos relativos al inmueble y los espacios objeto de la cesión son los siguientes:
Edificio Casa Oleo
Calle de la Almudaina, 4, 07001 Palma
Referencia Catastral: 9901602DD6890B0001QE
Planta baja: 43,40 m2
Planta entresuelo: 44,00 m2
Planta primera/altillo: 272,45 m2
Planta segunda: 278,00 m2
2. Disponer que la cesión de uso gratuita y temporal es por un periodo inicial de cinco años, prorrogable tácitamente en las mismas condiciones, a contar desde la fecha del acta de entrega y recepción.
No obstante lo anterior, las partes podrán revocar o renunciar a la cesión de uso gratuita y temporal con un preaviso de seis meses, anterior a la finalización de cada uno de los periodos.
3. Notificar esta Resolución a la Consejería de Cultura, Participación y Deportes y a la Universidad de las Illes Balears, a los efectos oportunos y para que dé traslado a las partes interesadas.
4. Anotar la cesión gratuita en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. Publicar la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso-contencioso administrativo delante de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 2 de octubre de 2017
El director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio
José Luis Gil Martín
Conforme con la propuesta. Dicto resolución.
La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
Catalina Cladera i Crespí