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AYUNTAMIENTO DE PORRERES
Núm. 10857
Resolución de Alcaldía de Aprobación de la Cuarta Adenda al Proyecto de Reparcelación del Polígono Industrial Sector 1 la Creu
Mediante resolución de 22/11/2016 se aprobó definitivamente el Proyecto de Reparcelación del polígono del Sector 1 la Creu de Porreres, visado por el COAIB núm. 11/01929/16 de 16/3/2016 el cual fue publicado en el BOIB núm. 158 de 17/12/2016.
Mediante resolución de 7/3/2017 se aprueba la “Adenda y delimitación de las parcelas resultantes” con visado 11/01254/17 de fecha 20.02.2017 que completa la información contenida en el Proyecto de Reparcelación anterior a efectos de denominar los viales interiores del sector, sin que suponga modificación alguna del proyecto de reparcelación.
Mediante resolución de Alcaldía de fecha 3/7/2017 se aprueba la "Adenda al proyecto de reparcelación" con visado núm. 11/05188/17 de fecha 29/06/2017 que completa la información contenida en el Proyecto de Reparcelación anterior a efectos de completar las descripciones de las parcelas destinadas a espacios libres públicos y desglosar las que conforman el sistema viario y las zonas de aparcamiento, sin que suponga un alterne fundamental de la licencia previa, según informo técnico emitido el 30/6/2107.
Mediante escrito de 22/9/2017 con número de registro de entrada 2314 la Sra. Hinojosa, en representación de la Junta de Compensación del Polígono Industrial Sector I La Creu solicita que el Ayuntamiento apruebe la sustitución de la «Distribución de cuotas por unidades resultantes» del Proyecto de Reparcelación del Sector I La Creu anterior a efectos de corregir los errores detectados y permitir la inscripción del mismo al Registro de la Propiedad. En concreto el cuadro «Distribución de cuotas por unidades resultantes” no suma el 100% dado que a la Sra. Bover le corresponde por la finca 09.B una cuota de 0,834% del total y al Ayuntamiento de Porreres por la parcela 01.A le corresponde 0,693% del total de la cuota. Los servicios técnicos del Ayuntamiento han emitido el siguiente informe el 26/9/207:
«01.- La normativa de aplicación es la correspondiente a:
NNSS 98 A.D. 16/01/1998
MD Nº2/02 Arte 104 (densidad) y 116 (EQ-d) A.D. 28/07/2003
MD Nº1/02 Suelo Industrial, profundidad y alineaciones A.D. 07/04/2006
MD Sector Industrial A.D. 25/10/2013 Municipal
PTM y Modif 1/2– Normas aplicación llena y eficacia directiva A.D. 13/12/2004 y posteriores
Ley 2/2014 de Ordenación y uso del suelo . LOUS A.D. 25/03/2014
Reglamento general de la LOUS A.D. 16/04/2015 Autonómica
Sin perjuicio de cualquier otro normativa supramunicipal que le sea de aplicación y/o de cuántos informes previos sean necesarios y preceptivos
02.- Consta aprobado definitivamente por el Ayuntamiento de Porreres en fecha de 19 de noviembre de 2016 el Proyecto de Reparcelación del Sector Y “La Cruz”.
03.- Consta de fecha 07/03/2017 resolución municipal de aprobación de la “Adenda y delimitación de las parcelas resultantes” con visado 11/01254/17 de fecha 20.02.2017 que completa la información contenida en el Proyecto de Reparcelación aprobado definitivamente el 22/11/2016 y publicado en el BOIB núm. 158 con visado 11/01929/16 de fecha 16.03.2016 a efectos de denominar los viales interiores del sector, sin que suponga modificación alguna del proyecto de reparcelación.
04.- Se aportó con NRG 1257 de fecha 22/05/2017 documentación de 2ª Adenda con visado 11/03559/17 de fecha 16.05.2017, que contendía una serie de errores materiales que se ha rectificado con la 3ª Adenda con visado 11/05188/17 de fecha 29.06.2017.
05.- La 4ª Adenda se ha aportado sin registro de entrada y se entiende que la solicitud con NRG 1257 y el contenido de la instancia y declaraciones responsables aportadas se mantienen para la rectificación finalmente aportada.
06.- En la declaración responsable presentada con NRG 2314 de fecha 22/11/2017 por el representante de la Junta de Compensación y por el arquitecto redactor del Proyecto de Reparcelación, que tenemos que entender también asociada a la 4ª Adenda aportada, se afirma que no se altera ninguna característica (medidas, ubicación, límites y/o coeficientes de participación) de las parcelas resultantes ya aprobadas y que únicamente suponen enmendar un error material en la asignación de los porcentuales de las parcelas resultantes la suma de los cuales difería del 100% por un 0,021%, por lo cual se enmienda dicho errado
07. El arquitecto que subscribe ha revisado la documentación correspondiente a la 4a adenda con visado 11/07391/17 de fecha 19.09.2017 y ha verificado que únicamente se modifica el porcentual de la orden centesimal de la cuota de liquidación de las parcelas 01.A y 09.B para cuadrar el total al 100% y que, efectivamente, se ajusta al declarado por el representante de la Junta y por el Arquitecto redactor.
CONCLUSIÓN
1.- Se informa favorablemente la adenda 4 y descripción presentada porque no altera ningún elemento y/o circunstancia fundamental del otorgamiento de la licencia previa, suponiendo únicamente la rectificación de un error material de la orden de las centésimas en el porcentual de la cuota de liquidación de las parcelas resultantes.
2.- La Junta de Compensación tiene que dar traslado a los propietarios de las parcelas resultantes de la adenda 3 presentada.»
Por todo esto, incoado el expediente de aprobación del proyecto de urbanización del sector 1 La Creu de Porreres, vistos los informes que constan al expediente, en conformidad con los artículos 79 y siguientes de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo, los artículos 197, 200 y siguientes del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca, y el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, RESUELVO:
Primero. Aprobar la 4ª Adenda al Proyecto de reparcelación con visado 11/07391/17 de 19/9/2017 a efectos de corregir la «Distribución de cuotas por unidades resultantes» y permitir la inscripción al Registro de la Propiedad del proyecto de reparcelación del Sector 1 La Cruz de Porreres aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el 22/11/2016 y publicado en el BOIB núm. 158 de 17/12/2016, junto con las siguientes adendas aprobadas posteriormente.
Segundo. Publicar el presente Acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a la web municipal y en el tablero de edictos del Ayuntamiento.
Tercero. Notificar el presente a los interesados y, una vez firme en la vía administrativa, otórguese documento público que exprese su contenido, y a continuación inscríbase en el Registro de la Propiedad, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo, y con el artículo 113 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real decreto 3288/1978, de 25 de agosto.
Cuarto. Comunicar al órgano competente en materia de urbanismo de la Comunidad Autónoma la resolución recaída a efectos del artículo 111.2 del Real decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el cual se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
Porreres, 2/10/2017
La alcaldesa-presidenta
Francisca Mora Veny