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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS

Núm. 10844
Convocatoria pública para cubrir las plazas de Juez de Paz i Juez de Paz sustituto del municipio de Sant Lluís

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Esta Alcaldía, en Resolución núm. 2017/892, de fecha 29.09.2017, ha acordado:

"El próximo día 13 de noviembre de 2017 finaliza el plazo por el cual fueron  nombradas la actual Jueza de Paz y su sustituta, tal como ha comunicado al Ayuntamiento la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares. Se hace necesario, por tanto, proceder a una nueva elección de estos cargos.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.2 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, y los arts. 101,102 y 103 de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial,

RESUELVO

Primero. Abrir la convocatoria pública para cubrir las plazas de juez/jueza de paz y juez/jueza de paz sustituto/a del municipio de Sant Lluís. De acuerdo con la normativa aplicable se requiere:

- Ser español

- Ser mayor de edad

- No encontrarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad que establecen el artículo 303 y 389 y ss. de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial.

Segundo. Publicar esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón de edictos y página web del Ayuntamiento, en el tablón de anuncios del Juzgado Decano del Partido Judicial y del Juzgado de Paz, y en el diario.

Tercero. Establecer un plazo de 15 días hábiles contados desde la publicación del anuncio en el BOIB para presentar solicitudes, que deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

- Instancia.

- Fotocopia del DNI

- Declaración jurada expresa de no encontrarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad que establecen el artículo 303, 389 y ss. de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial y 13 y 14 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

- Currículum vitae. "

En la página web municipal (www.ajsantlluis.org) se pueden consultar las normas y funciones del Juez de Paz y descargar el modelo de instancia.

 

Firmado en Sant Lluís en la fecha (2 de octubre de 2017)

LA ALCALDESA,

M. Montserrat Morlà Subirats