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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 10599
Consejo Ejecutivo. Concesión de las ayudas de minimis del Consell Insular de Menorca para el fomento de la competitividad de la artesania de Menorca - 2017

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Texto

Se hace público que el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión ordinaria de día 4 de septiembre de 2017, de conformidad con las bases aprobadas en fecha 22 de mayo de 2017 i publicadas en el BOIB núm. 76, de 06.22.2017 , adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.- Conceder las ayudas de minimis del CIM siguientes, para el fomento de la competitividad de la artesanía de Menorca, de la partida 5.43910.4790000 del presupuesto del Consejo Insular de Menorca para el año 2017, para facilitar la asistencia de los artesanos de Menorca, como expositores, en las ferias profesionales y artesanas fuera de la isla y para apoyar las actuaciones de promoción de los productos artesanos elaborados en Menorca, a través de campañas publicitarias en medios de comunicación, realizadas entre los días 5 de noviembre de 2016 y día 4 de noviembre de 2017:

SOLICITANTE

NIF

ACTUACIONES

PRESUPUESTO PRESENTADO

CÁLCULO SEGUN PORCENTAJES APLICABLES A LAS ACTUACIONES

IMPORTE SUBVENCIONABLE (suma de las actuaciones aplicados los porcentajes 10% si aplica)

IMPORTE SUBVENCIÓN

IMPORTE TOTAL POR SOLICITANTE

Núria Deyà Molina

41501066G

1 Feria en España( 75%)

811,18

608,39

669,23

Stand 50%

786,50

393,25

432,58

Total Ferias

1.101,80

Promoción

321,75

289,58

318,53

1.318,53

Carolina Carreras Pons

41498549V

2 Feria en España( 75%)

508,00

381,00

Stand 50%

Total Ferias

381,00

381,00

Promoción

792,01

712,80

712,80

712,80

1.093,80

Santiago  Capó Capella

41734648K

1 Feria en España( 75%)

694,79

521,09

573,20

Stand 50%

681,00

340,50

374,55

Total Ferias

947,75

947,75

Promoción

947,75

TOTAL

3.360,08

3.360,08

Segundo.- Abonar el importe de la ayuda después de que los beneficiarios hayan justificado la realización de la actividad subvencionada de conformidad con lo establecido en las bases que rigen la convocatoria y siempre que la disponibilidad de tesorería lo permita.

El plazo para justificar acaba el 15 de noviembre de 2017.

Tercero.- Notificar esta resolución a cada una de las personas solicitantes, en la parte que les corresponda individualmente e informarles que la ayuda concedida tiene carácter de minimis y su concesión se rige por el Reglamento UE núm. 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (Diario Oficial de la Unión Europea núm. L352, de 24 de diciembre de 2013) y por el Reglamento UE núm. 1408/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola (Diario Oficial de la Unión Europea núm. L352, de 24 de diciembre de 2013), base 11.9.

Interposición de recursos

Contra este acuerdo que no agota la via administrativa se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dia siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el articulo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Maó, a 22 de septiembre de 2017

El secretario del Consejo Ejecutivo
Octavi Pons Castejón