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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 10721
Resolución del consejero de Educación y Universidad por la cual se establece un nuevo plazo de presentación de solicitudes y documentación adjunta de la convocatoria de ayudas económicas para la financiación del transporte escolar adaptado para los alumnos con necesidades educativas especiales para los curso escolar 2016-2017.

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Texto

En el BOIB nº. 79 de 29 de junio de 2017 se publicó la Resolución del consejero de Educación y Universidad por la cual se convocan ayudas económicas de la Consejería de Educación y Universidad para la financiación del transporte escolar adaptado para los alumnos con necesidades educativas especiales para el curso escolar 2016-2017. Esta convocatoria tiene un importe de 250.000 euros a cargo de la partida 13601.421K01.48000.00, de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2017.

Esta convocatoria está prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio de 2017, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de febrero de 2017.

El objeto de la convocatoria era establecer las ayudas económicas destinadas a financiar el transporte escolar adaptado de los usuarios con necesidades educativas especiales de centros de educación especial, ubicados en Mallorca, desde el domicilio en el centro que corresponda y viceversa, con la finalidad de promover la autonomía de las personas con discapacidad funcional para que puedan desarrollar una vida independiente y, en consecuencia, disfrutar de los mismos derechos que el resto de ciudadanos.

Esta convocatoria tiene un importe de 250.000 euros para el año 2017 y, una vez reunida la Comisión Evaluadora, se constata que hay crédito sobrante de 83538,46€.

En consecuencia, y en atención al interés general de los niños y niñas menores de las Illes Balears potenciales beneficiarios finales de esta subvención, se decide modificar la convocatoria y abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Por todo ello, a propuesta del director general de Innovación y Comunidad Educativa, emitido el informe preceptivo de la Dirección General de Presupuestos y Financiación y con la fiscalización previa de la Intervención General de Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto la siguiente:

RESOLUCIÓN

Primero

Aprobar abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes y documentación adjunta de la convocatoria de ayudas económicas para la financiación del transporte escolar adaptado para los alumnos con necesidades educativas especiales para los curso escolar 2016-2017, que será de diez días naturales contadores a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Segundo

Ampliar el plazo y  rendición de la cuenta justificativa (punto 17. 2)   de la convocatoria de ayudas económicas para la financiación del transporte escolar adaptado para los alumnos con necesidades educativas especiales para el curso escolar 2016-2017 hasta el día 2 de noviembre de 2017.

Tercero

Establecer que ninguna de las entidades que se han presentado en el primer plazo pueden volver a presentar documentación dado que es la misma convocatoria con un nuevo plazo de presentación.

Cuarto

Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y ordenar que entre en vigor al día siguiente de haberse publicado.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de publicarse, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Palma, 26 de septiembre de 2017

El consejero

Martí X. March Cerdà