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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

SINDICATURA DE CUENTAS

Núm. 10620
Acuerdo del Consejo de la Sindicatura por el cual se aprueba la oferta pública de empleo para el año 2017 correspondiente al personal funcionario al servicio de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears

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Texto

Hechos

1. En la Relación de puestos de trabajo de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears, aprobada por el Acuerdo del Consejo de la Sindicatura de 18 de julio de 2013 (BOIB n.º 113, de 13 de agosto de 2013), y modificada por los Acuerdos del Consejo de 28 de noviembre de 2014 (BOIB n.º 175, de 23 de diciembre de 2014), 8 de julio de 2015 (BOIB n.º 115, de 30 de julio de 2015) y 26 de mayo de 2017 (BOIB n.º 69, de 6 de junio de 2017), están previstos puestos de trabajo vacantes y dotados presupuestariamente.

2. A fin de que la SCIB lleve a cabo las tareas que el ordenamiento jurídico le encomienda, teniendo en cuenta el volumen de trabajo existente y las necesidades de recursos humanos detectadas, se hace necesaria la cobertura de determinados puestos de trabajo vacantes que proporcionen la máxima estabilidad a la institución.

3. La oferta pública de empleo fue objeto de debate en la sesión de 13 de septiembre de 2017 de la Mesa de Negociación de la SCIB.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 34.2 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears, dispone que los puestos de trabajo dotados presupuestariamente que no puedan ser cubiertos con el personal existente en la Sindicatura constituyen su oferta pública de empleo.

2. El artículo 28.2 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears, dispone que el personal al servicio de la Sindicatura se rige por lo que establecen esta Ley y el Reglamento de régimen interior, y en aquello que no se dispone en ellos, le es de aplicación el régimen establecido con carácter general para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El artículo 70.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, dispone que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de oferta pública de empleo, o mediante otro instrumento parecido de la gestión de la provisión de las necesidades de personal.

4. El artículo 47 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la oferta pública de empleo indicará el cuerpo, la escala y la especialidad o el nivel y la categoría profesional a la cual correspondan las plazas vacantes y la isla de destino.

5. El artículo 19 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de presupuestos generales del Estado para el año 2017, establece, entre otros aspectos, limitaciones en el sector público a la incorporación de nuevo personal; no obstante, las excepciones establecidas en el punto 2 del mencionado artículo permiten a algunos sectores y administraciones públicas una tasa de reposición de hasta un máximo del 100%. Destaca como excepción la letra E) «Administraciones Públicas respecto del control y lucha contra el fraude fiscal, laboral, de subvenciones públicas y en materia de Seguridad Social, y del control de la asignación eficiente de los recursos públicos», funciones que coinciden, en cuanto al control de las subvencionas públicas y de la asignación eficiente de los recursos públicos, con algunas de las funciones propias de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears de acuerdo con la Ley 4/2004.

6. El artículo 16.k de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears, dispone que corresponde al Consejo aprobar la oferta pública de empleo.

Por todo ello, el Consejo

Acuerda

1. Aprobar la oferta pública de empleo para el año 2017 correspondiente al personal funcionario al servicio de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears:

Turno libre:

Cuerpo

Subgrupo 

Puesto de trabajol

Número de plaza

Cuerpo de auditores 

A1 

Auditor/auditora

 3 (Mallorca)

Cuerpo de titulados superiore

A1

Cap de Secció I

 1 (Mallorca)

2.  Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

  

Palma,  15 de septiembre de 2017

El síndico mayor
Joan Rosselló Villalonga