Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 10595
Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 18 de septiembre de 2017 por la que se aprueba la ampliación de determinadas horas del profesorado de música para el Programa Integrado de Música del centro concertado Sant Josep Obrer II para el curso 2017-2018
El artículo 19.3 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, por el que se establecen los preceptos que tienen que regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2017-2018, establece que el director general de Planificación, Ordenación y Centros puede autorizar otros conceptos horarios puntuales diferentes de los fijados con carácter general en los párrafos anteriores a este punto del Decreto con el informe previo de la Comisión de Conciertos y a petición de los centros, que lo tienen que solicitar durante el mes de junio.
En fecha de 16 de junio de 2017 el centro concertado Sant Josep Obrer II registró una solicitud para la dotación de 32 horas para impartir la materia Lenguaje Musical del Programa Integrado de Música (enseñanzas elementales) desde el tercer curso al sexto de educación primaria o, en todo caso, para la dotación de 16 horas para extender el Programa Integrado de Música a todo el alumnado y evitar, en el marco del proyecto «Sonidos de barrio», una posible discriminación económica.
En el propio Decreto 3/2017 ya existe el precedente de la asignación de horas por este concepto en el caso del centro concertado Escolania de Lluc, como centro integrado de música.
En fecha de 14 de septiembre se informó a la Comisión de Conciertos de la propuesta de la Dirección General y no ha habido ninguna manifestación en contra.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Establecer una dotación puntual inicial de 12 horas de profesorado para impartir Lenguaje Musical en el centro concertado Sant Josep Obrer II dentro del Programa Integrado de Música (medio profesor).
Segundo
Disponer que esta Resolución entre en vigor con efectos económicos de 15 de septiembre.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, 18 de septiembre de 2017
El director general de Planificación, Ordenación y Centros
Antoni Morante Milla