Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 10594
Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 25 de septiembre de 2017 por la que se modifica el anexo 12 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, por el que se establecen los preceptos que tienen que regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2017-2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La disposición final segunda del Decreto 3/2017, de 13 de enero, por el que se establecen los preceptos que tienen que regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2017-2018, faculta al director general de Planificación, Ordenación y Centros para modificar anualmente los diferentes anexos, si procede, mediante una resolución.

Advertida la falta de algunas horas de los profesores licenciados o equivalentes en el segundo curso de la formación profesional, hay que modificar la distribución de las horas entre estos y los profesores técnicos (diplomados).

Por ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Modificar el anexo 12 del Decreto 3/2017 respecto a la distribución de las horas de los profesores técnicos (diplomados) y de los profesores licenciados o equivalentes de la formación profesional, que será, para el curso 2017-2018 y para los siguientes, como se indica a continuación:

Ciclo

Horas de los profesores técnicos (diplomados)

Horas de los profesores licenciados o equivalentes

Total de horas

FPB. Todos los ciclos

Primer curso

24

12

36

Segundo curso

22

14

36

Ciclos de grado medio

ADG21

Primer curso

27

15

42

Segundo curso

27

15

42

AFD21*

21

31

52

COM21

Primer curso

17

25

42

Segundo curso

28

14

42

ELE21

Primer curso

26

16

42

Segundo curso

30

12

42

ELE22

Primer curso

24

18

42

Segundo curso

32

10

42

IFC21

Primer curso

28

14

42

Segundo curso

20

22

42

SAN22

Primer curso

26

16

42

Segundo curso

33

9

42

SAN23*

38

14

52

SSC21

Primer curso

27

15

42

Segundo curso

32

10

42

Ciclos de grado superior

ADG31

Primer curso

16

28

44

Segundo curso

21

23

44

ADG32

Primer curso

16

28

44

Segundo curso

20

24

44

AFD31

Primer curso

0

44

44

Segundo curso

0

44

44

COM33

Primer curso

9

35

44

Segundo curso

30

14

44

IFC31

Primer curso

16

28

44

Segundo curso

21

23

44

IFC33

Primer curso

9

35

44

Segundo curso

28

16

44

* Incluye el primer trimestre del segundo curso para realizar la formación en centros de trabajo (FCT).

Segundo

Disponer que esta Resolución entre en vigor con efectos económicos de 1 de septiembre.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, 25 de septiembre de 2017

El director general de Planificación, Ordenación y Centros,

Antoni Morante Milla