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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 10551
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se aprueba y se autoriza la contratación, de manera directa, del arrendamiento de un inmueble ubicado en la calle Plataner 3, bloque 2, planta baja, puerta 2, para destinarlo a las oficinas del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad (Exp. DGTPFP 197/2017 AMBDE 2017/2962)

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Texto

Hechos 

1. El 27 de junio de 2017, la secretaria general de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación firmó un informe en el que justifica la necesidad de arrendar un inmueble para alojar las oficinas del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad. 

2. El 17 de julio de 2017, tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio el oficio de la secretaria general de la Consejería de Servicios Sociales con la documentación para tramitar un expediente de arrendamiento por concertación directa de un inmueble para destinarlo a las oficinas del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad 

3. El 12 de junio de 2017, el jefe del Departamento de Arquitectura emitió un informe sobre el precio de mercado. 

4. El 27 de junio de 2017, la consejera de Servicios Social y Cooperación dictó la propuesta por la que se solicita el inicio del expediente de arrendamiento. 

5. La Propuesta de resolución de autorización y disposición del crédito, el documento RF 1700003356, y el informe de la dirección general competente en materia de presupuestos para constituir un gasto plurianual forman parte de la documentación presentada. 

6. El 13 de julio de 2017, el Servicio de Patrimonio envió un oficio de reclamación de la documentación necesaria para poder tramitar el expediente. 

7. El 17 de agosto de 2017, entró un oficio de la jefa de sección de contratación de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación, con la documentación necesaria requerida. 

8. Se considera, además, la documentación relativa al inmueble y su titularidad, la que consta en el archivo de la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, la relativa a las condiciones contractuales y la contable de rigor. 

9. El 23 de agosto de 2017, el director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, por delegación de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas, dictó la resolución de inicio del expediente de arrendamiento del referido local. 

10. Se considera, además, el informe favorable emitido por el personal técnico de la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio. 

11. Teniendo en cuenta la cantidad mencionada, este expediente requiere la fiscalización previa de la Intervención General. 

Fundamentos de Derecho  

1. El artículo 65 y siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que regulan los arrendamientos de inmuebles a favor de la Comunidad Autónoma, y el artículo 87 y, que atribuye al consejero competente en materia de patrimonio la tramitación y la aprobación de los arrendamientos de bienes inmuebles. 

2. Los artículos 131 y siguientes del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001. 

3. La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. 

4. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la Composición del Gobierno y se establece la Estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 97, de 2 de julio). 

5. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el Nombramiento de los Miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB nº 97, de 2 de julio). 

6. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las Competencias y la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 120, de 8 de agosto). 

7. El Decreto 49/2016, de 22 de julio, por el que se nombra al director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 93, de 23 de julio).

Resolución 

1. Aprobar y autorizar la contratación, de manera directa, del arrendamiento de un inmueble ubicado en la calle Plataner 3, bloque 2, planta baja, puerta 2, con el propietario, el Instituto Balear de la Vivienda de les Illes Baleares (IBAVI) con CIF Q5750001, como parte arrendadora, y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como parte arrendataria, para alojar las oficinas del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad. 

2. Establecer que el contrato tendrá efectos desde el 1 de octubre de 2017 hasta el 30 de setiembre del 2027 y se podrá prorrogar tácitamente por el mismo periodo que el contrato principal, si ninguna de las dos partes firmantes del contrato hace un preaviso en sentido contrario con dos meses de antelación cuando finalice o de las prórrogas respectivas. El plazo del contrato se establece de manera obligatoria para la arrendadora y potestativa para la arrendataria. 

3. Disponer que se pacta una renta de 482,79 € mensuales, con el IVA incluido, la cual no será objeto de revisión de precios a lo largo del contrato principal. 

4. Poner el local arrendado a disposición de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación. Para hacerlo, se tienen que adoptar todas las medidas que hagan falta con el fin de administrar y mantener el inmueble en condiciones de servir siempre a la finalidad a que se destina.  

5. Establecer que el gasto total previsto para este arrendamiento será de 57.934,80 € (IVA incluido), y, por lo tanto, está sujeto a la fiscalización previa favorable de la Intervención General; tiene carácter plurianual y, con respecto al año 2017, irá a cargo de la partida presupuestaria 17101 G313K01 20200. En cuanto a las anualidades siguientes, irá a la misma partida señalada, siempre que haya crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

6. Anotar las características de este arrendamiento en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

7. Notificar esta Resolución a las partes interesadas, sin perjuicio que se tenga que tramitar el correspondiente procedimiento económico-financiero y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears

  

Palma, 19 de setiembre de 2017 

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
Catalina Cladera i Crespí