Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 9486
Juicio Verbal 335/2016
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Palma de Mallorca, a 20 de febrero de 2017
Vistos por mí, D. Víctor Manuel Casaleiro Ríos, juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, los autos de Juicio Verbal con número 335/2016 a instancia del Procurador Don Miguel Socias Rossello, en nombre y representación de la entidad mercantil Grupo Royal Telecom S.L., contra la entidad mercantil Fidok Podólogos y Fisioterapeutas S.L. y Don Luis Casta Ruiz, ambos declarados en situación de rebeldía procesal, habiendo versado el presente procedimiento sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD Y RESPONSABILIDAD POR DEUDAS, dicto la presente sentencia.
FALLO
Que con ESTIMACIÓN ÍNTEGRA de la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Don Miguel Socias Rossello, en nombre y representación de la entidad mercantil Grupo Royal Telecom S.L., contra la entidad mercantil Fidok Podólogos y Fisioterapeutas S.L. y Don Luis Casta Ruiz DEBO DECLARAR Y DECLARO que la entidad mercantil Fidok Podólogos y Fisioterapeutas S.L. y Don Luis Casta Ruiz adeudan a la actora la cantidad de 4.907,32 euros y en consecuencia DEBO CONDENAR Y CONDENO a Fidok Podólogos y Fisioterapeutas S.L. y Don Luis Casta Ruiz conjunta y solidariamente a pagar a la actora la cantidad de 4.907,32 euros e intereses explicitados fundamento de derecho tercero, más la costas que se determinen en el procedimiento seguido antele Juzgado de Instancia.
Todo ello con expresa condena en costas procesales del presente procedimiento a la parte demandada.
Se extiende la presente para que sirva de notificación a los codemandados FIDOK PODOLOGOS Y FISIOTERAPEUTAS, S.L y LUIS CASTA RUIZ
PALMA DE MALLORCA a veintiocho de agosto de dos mil diecisiete.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,