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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 10325
Aprobación inicial de la Modificación Puntual num. 6 de PGOU de Inca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por el Ayuntamiento en Pleno en sesión ordinaria de día 7 de septiembre de 2017 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

"1.- APROBAR INICIALMENTE, la propuesta de Modificación Puntual núm. 6 de PGOU de Inca, que tiene como objeto la reordenación de las alineaciones en el ámbito de la UA-10, para adaptarlas a las alineaciones determinadas por el PGOU para la Avenida del Plan en el tramo situado entre las calles Menestrals y de Baltasar Tortella, en el polígono de Can Matzerí y de esta manera evitar el derribo innecesario de la vivienda sita en la Avenida General Luque, 169 y la modificación del ámbito de la UA-10, para ajustar la delimitación a la cartografía detallada y actualizada y para excluir el edificio situado en la Avenida General Luque, 169 mencionado; que ha sido redactada por el arquitecto, Sra. Lucía Burgos Galíndez.

2.- SOMETER a información pública por el plazo de 45 días, mediante anuncios que se publicarán en el boletín Oficial de las Islas Baleares, a un diario de mayor difusión de la Comunidad Autónoma y en la sede electrónica del Ayuntamiento, la propuesta de Modificación puntual; pueden examinar el expediente en el Área de Urbanismo de este Ayuntamiento para formular las sugerencias y alegaciones que se consideren oportunas.

3.- SUSPENDER el otorgamiento de licencias de parcelación, edificación y demolición en los casos que puedan contradecir las determinaciones previstas en la propuesta de Modificación Puntual.

4.- SOLICITAR a la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares que la presente propuesta de Modificación puntual quede no sujeto al procedimiento de evaluación ambiental estratégica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.5 de la Ley 12 / 2016, de 9 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares.

5.- SOLICITAR los informes correspondientes a las Administraciones Públicas que se puedan ver afectadas por la presente Modificación puntual de planeamiento y, en particular, el informe previo del Consejo de Mallorca, de acuerdo con lo previsto en el artículo 54.5 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso de suelo, el Consejo Insular de Mallorca y artículo 156 del Reglamento.

6.- NOTIFICAR, personalmente, el presente acuerdo a las personas y/o interesados ​​que como consecuencia de la nueva aprobación inicial puedan verse afectados como consecuencia de las modificaciones introducidas. "

Lo que se comunica, para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Inca, 8 de septiembre de 2017

El Alcalde-Presidente
Virgilio Moreno Sarrió